Para intentar controlar el delito cometido desde motocicletas, el Poder Ejecutivo lanzó una modificación al decreto reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito, con cambios que apuntan a los conductores de los más de 7 millones de birrodados en circulación en el país.
Los principales puntos de esta modificación son:
- Cada provincia podrá establecer restricciones de circulación de motovehículos con dos ocupantes en determinadas áreas y/o en determinados días y horarios.
- El conductor y el acompañante deberán contar con la identificación del número de patente en los cascos
- Será obligatorio el uso de chaleco reflectante con la identificación del número de patente sólo para el acompañante, "dado que la mayoría de estos delitos son cometidos por dos personas".
- Para cargar combustible en las estaciones de servicio, los motociclistas deberán cumplir con esas nuevas exigencias
- El incumplimiento al uso de casco y chaleco identificatorio será considerado falta grave en los términos de la Ley Nacional de Tránsito e implicará el inmediato secuestro del motovehículo.
- Si una moto secuestrada no es retirada por el titular dentro de los 60 días de su retención, será descontaminada y compactada, pudiendo destinarse a la utilidad pública.