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LT10 - Iban tres personas en el vehículo
Miércoles 01 de Agosto de 2012 - 08:07 hs
Rechazan demanda porque la moto la conducía una menor de 14 años
La justicia rechazó el planteo de tres menores que se desplazaban en un rodado atropellado por un automovilista que tenía prioridad de paso en una esquina rosarina. Para el tribunal la escasa edad señala inmadurez e inexperiencia para conducir.
La Justicia rosarina rechazó la demanda iniciada por tres menores que iban en moto y fueron atropellados por un automovilista que tenía la prioridad de paso.
Una adolescente de 14 años conducía por calle Amenábar un ciclomotor Zanella y llevaba a sus dos hermanos que habían salido de la escuela. En la esquina de Necochea fueron embestidos por un Ford Sierra.
Al rechazar la demanda el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nª 6 destaca que “la escasa edad de la menor para manejar un ciclomotor señala la inmadurez e inexperiencia para conducir y tomar las decisiones correctas ante los avatares que se presentan en la circulación vehicular”.
La conductora de la Zanella circulaba sin carnet habilitante por su edad, transportaba a dos pasajeros en un ciclomotor y violó la prioridad de paso del automóvil.
Los jueces Mónica Klebcar, Horacio Allende Rubino y Juan Carlos Marchese afirman en la resolución que “el acto de circular una adolescente y dos niños sobre un ciclomotor constituyó un acto sumamente imprudente y negligente de los tres menores y también de los padres a cuyo cuidado estaban”.
Señalan que “el sólo hecho de circular tres personas a bordo de una moto es causal de atribución de responsabilidad”.
Agregan que “los daños sufridos por los menores se deben a la conducta culpable de sus padres, ya sea porque permitieron circular en el ciclomotor o no guardaron la debida vigilancia y control sobre los actos de sus hijos”.
Una adolescente de 14 años conducía por calle Amenábar un ciclomotor Zanella y llevaba a sus dos hermanos que habían salido de la escuela. En la esquina de Necochea fueron embestidos por un Ford Sierra.
Al rechazar la demanda el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nª 6 destaca que “la escasa edad de la menor para manejar un ciclomotor señala la inmadurez e inexperiencia para conducir y tomar las decisiones correctas ante los avatares que se presentan en la circulación vehicular”.
La conductora de la Zanella circulaba sin carnet habilitante por su edad, transportaba a dos pasajeros en un ciclomotor y violó la prioridad de paso del automóvil.
Los jueces Mónica Klebcar, Horacio Allende Rubino y Juan Carlos Marchese afirman en la resolución que “el acto de circular una adolescente y dos niños sobre un ciclomotor constituyó un acto sumamente imprudente y negligente de los tres menores y también de los padres a cuyo cuidado estaban”.
Señalan que “el sólo hecho de circular tres personas a bordo de una moto es causal de atribución de responsabilidad”.
Agregan que “los daños sufridos por los menores se deben a la conducta culpable de sus padres, ya sea porque permitieron circular en el ciclomotor o no guardaron la debida vigilancia y control sobre los actos de sus hijos”.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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