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LT10 - Lesa humanidad
Sábado 28 de Julio de 2012 - 14:23 hs
Volvieron a procesar a Videla por el asesinato del obispo Enrique Angelelli
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la medida con prisión preventiva contra el ex presidente de facto y también contra el ex jefe del tercer cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y el ex ministro del Interior, Albano Harguindeguy
Fuentes judiciales informaron que la Sala “B” del mencionado tribunal además confirmó los procesamientos contra el ex segundo jefe del escuadrón de tropas en Chamical, Luis Estrella, y el ex comisario y por entonces jefe del Servicio de Informaciones de la Policía riojana, Juan Carlos "La Bruja" Romero.
Por mayoría, el tribunal les imputó a los acusados ser autores mediatos de los delitos de "homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, y asociación ilícita agravada en concurso real".
En la misma resolución, que tiene fecha del jueves pasado, los jueces ratificaron la resolución que le concedió la prisión domiciliaria a los imputados Romero, Menéndez y Harguindeguy.
En otro tramo, los magistrados le ordenaron al magistrado de 1ª instancia que profundice la investigación respecto a la supuesta participación en el hecho del suboficial mayor Nelson Garnica.
El hecho se produjo el 4 de agosto de 1976, cuando el monseñor Angelelli y el sacerdote Arturo Aído Pinto viajaban a bordo de una camioneta Fiat 125 Multicarga rumbo a la capital riojana, desde la ciudad de Chamical.
Según la investigación, llevaban consigo una carpeta con información que habría recopilado sobre los asesinatos de los sacerdotes Carlos de Dios Murias y Gabriel Longueville, ambos ocurridos en La Rioja el 18 de julio de 1976.
Si bien se constató que la camioneta estaba en buenas condiciones mecánicas, en la ruta y a unos seis kilómetros de la localidad de Punta de los Llanos, un vehículo que circulaba en la misma dirección encerró a la camioneta y provocó que volcara.
La causa por la muerte de Angelelli fue cerrada en 1976, en mismo día en que sucedió. Aunque luego fue reabierta en 1984, pero no siguió adelante por la vigencia de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
En 2010, la investigación volvió a abrirse y se estableció que el fallecimiento de Angelelli fue producto de un "accidente automovilístico provocado", que ocasionó la muerte del prelado riojano y dejó herido de gravedad a su acompañante.
En noviembre de 2011, el juez federal de La Rioja Daniel Herrera Piedrabuena procesó a Videla, Menéndez y Harguindeguy por el crimen, que caratuló "de lesa humanidad" tras determinar irregularidades en la investigación policial del hecho, la presencia de personal de inteligencia del Ejército y la Policía en el lugar del supuesto accidente, y la existencia de un sumario policial paralelo.
Se tuvieron en cuenta los homicidios de los sacerdotes Gabriel Longueville y Carlos de Dios Murias y del laico Wenceslao Pedernera en la localidad de Chamical, asesinatos que Angelelli intentaba desentrañar a través de denuncias y recopilación de información.
"Es preciso no perder de vista, pues, que los hechos ventilados en autos no serían ajenos a las violaciones de derechos humanos que han resultado condenadas en procesos judiciales similares relativos a tal período histórico -secuestros y/o traslados ilegales, torturas, desaparición de personas, fusilamientos y/o fusilamientos encubiertos, etcétera-", establecieron ahora los jueces de la Cámara Federal.
Para la Sala “B” de la Cámara, el homicidio del monseñor se cometió en el marco de "el plan sistemático de eliminación de personas desplegado por las Fuerzas Armadas", las cuales "a la época de los hechos ejercían el gobierno del país -en todos sus estamentos-, así como también de las fuerzas de seguridad".
Por mayoría, el tribunal les imputó a los acusados ser autores mediatos de los delitos de "homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, y asociación ilícita agravada en concurso real".
En la misma resolución, que tiene fecha del jueves pasado, los jueces ratificaron la resolución que le concedió la prisión domiciliaria a los imputados Romero, Menéndez y Harguindeguy.
En otro tramo, los magistrados le ordenaron al magistrado de 1ª instancia que profundice la investigación respecto a la supuesta participación en el hecho del suboficial mayor Nelson Garnica.
El hecho se produjo el 4 de agosto de 1976, cuando el monseñor Angelelli y el sacerdote Arturo Aído Pinto viajaban a bordo de una camioneta Fiat 125 Multicarga rumbo a la capital riojana, desde la ciudad de Chamical.
Según la investigación, llevaban consigo una carpeta con información que habría recopilado sobre los asesinatos de los sacerdotes Carlos de Dios Murias y Gabriel Longueville, ambos ocurridos en La Rioja el 18 de julio de 1976.
Si bien se constató que la camioneta estaba en buenas condiciones mecánicas, en la ruta y a unos seis kilómetros de la localidad de Punta de los Llanos, un vehículo que circulaba en la misma dirección encerró a la camioneta y provocó que volcara.
La causa por la muerte de Angelelli fue cerrada en 1976, en mismo día en que sucedió. Aunque luego fue reabierta en 1984, pero no siguió adelante por la vigencia de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida.
En 2010, la investigación volvió a abrirse y se estableció que el fallecimiento de Angelelli fue producto de un "accidente automovilístico provocado", que ocasionó la muerte del prelado riojano y dejó herido de gravedad a su acompañante.
En noviembre de 2011, el juez federal de La Rioja Daniel Herrera Piedrabuena procesó a Videla, Menéndez y Harguindeguy por el crimen, que caratuló "de lesa humanidad" tras determinar irregularidades en la investigación policial del hecho, la presencia de personal de inteligencia del Ejército y la Policía en el lugar del supuesto accidente, y la existencia de un sumario policial paralelo.
Se tuvieron en cuenta los homicidios de los sacerdotes Gabriel Longueville y Carlos de Dios Murias y del laico Wenceslao Pedernera en la localidad de Chamical, asesinatos que Angelelli intentaba desentrañar a través de denuncias y recopilación de información.
"Es preciso no perder de vista, pues, que los hechos ventilados en autos no serían ajenos a las violaciones de derechos humanos que han resultado condenadas en procesos judiciales similares relativos a tal período histórico -secuestros y/o traslados ilegales, torturas, desaparición de personas, fusilamientos y/o fusilamientos encubiertos, etcétera-", establecieron ahora los jueces de la Cámara Federal.
Para la Sala “B” de la Cámara, el homicidio del monseñor se cometió en el marco de "el plan sistemático de eliminación de personas desplegado por las Fuerzas Armadas", las cuales "a la época de los hechos ejercían el gobierno del país -en todos sus estamentos-, así como también de las fuerzas de seguridad".
Fuente: infobae
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