La reforma laboral volvió a entrar en vigencia tras el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 que dejó sin efecto la cautelar que frenaba la Ley de Modernización Laboral N°27.802. Entre los sectores alcanzados por los cambios aparece el régimen de empleada doméstica, uno de los más sensibles por el nivel de informalidad y por la dinámica particular de contratación que existe en las casas particulares.
Aunque las trabajadoras de casas particulares cuentan con un régimen específico distinto al de otros convenios laborales, la nueva normativa impacta directamente en cuestiones centrales de la relación laboral. Desde el ingreso al empleo hasta una eventual desvinculación, los cambios ya generan consultas tanto entre empleadores como entre especialistas en derecho laboral.
Uno de los puntos que más preocupa es la ampliación del período de prueba. Hasta ahora, el sistema diferenciaba entre personal con retiro y sin retiro. Para quienes dormían en el domicilio, el plazo era de 30 días corridos, mientras que para las trabajadoras con retiro se establecía un máximo de 15 días de trabajo efectivo dentro de un período de tres meses.
Se extiende el período de prueba y crece la incertidumbre
Con la nueva legislación, ese esquema desaparece y el período de prueba pasa a ser de seis meses calendario para cualquier modalidad de contratación. Esto implica que una empleada doméstica podrá ser despedida durante ese lapso sin derecho a indemnización ni preaviso.
Sin embargo, el empleador deberá cumplir igualmente con todas las obligaciones formales desde el primer día. Eso incluye registrar a la trabajadora en ARCA, abonar aportes y contribuciones y respetar las escalas salariales vigentes del régimen.
Para especialistas del sector, la extensión del período de prueba marca un cambio profundo en la estabilidad laboral. Durante medio año, la trabajadora permanecerá en una situación más vulnerable, ya que la continuidad del vínculo dependerá exclusivamente de la decisión del empleador.
Otro de los aspectos alcanzados por la reforma es el sistema de liquidación salarial para jornadas reducidas. Hasta el momento, el régimen establecía que quienes trabajaban hasta 24 horas semanales cobraban por hora, mientras que las jornadas superiores se liquidaban con un esquema mensual proporcional.
La nueva normativa introduce criterios más flexibles para los contratos de jornada parcial y elimina algunas referencias vinculadas a límites horarios que se utilizaban como parámetro de interpretación en casos intermedios. Esto abre la puerta a nuevas formas de liquidación y genera dudas sobre cómo deberán aplicarse algunos contratos ya vigentes.
Recibos digitales y nuevas obligaciones para los empleadores
La documentación de pagos también sufrirá modificaciones importantes. Hasta ahora, muchos empleadores continuaban utilizando recibos en papel para registrar el pago de salarios. Con la reforma, el recibo digital pasará a ser obligatorio para todo el régimen de casas particulares.
El comprobante deberá emitirse exclusivamente a través de la plataforma oficial de ARCA. El objetivo, según explican desde el sector, es reforzar la formalización y garantizar una mayor trazabilidad de los pagos realizados mensualmente.
La implementación del sistema digital también apunta a reducir futuros conflictos judiciales. En caso de reclamos laborales, los recibos electrónicos funcionarán como respaldo documental inmediato tanto para el empleador como para la trabajadora.
En paralelo, la reforma introduce cambios vinculados a la provisión de ropa de trabajo. La legislación anterior obligaba al empleador a entregar uniformes, calzado y elementos necesarios para realizar las tareas domésticas. Ahora se habilita una alternativa: reemplazar esa obligación mediante el pago de una suma no remunerativa.
Ese monto podrá abonarse una vez superado el período de prueba de seis meses y no integrará la base salarial ni generará aportes o contribuciones. La medida busca dar mayor flexibilidad en los acuerdos laborales, especialmente en casos de jornadas reducidas o empleos rotativos.
Cambios en las indemnizaciones y posibles conflictos judiciales
La reforma también modifica el cálculo indemnizatorio ante despidos sin causa. La base seguirá siendo el mejor salario mensual, normal y habitual, pero ahora quedarán excluidos algunos conceptos que históricamente generaban controversias judiciales.
Entre los ítems que ya no podrán incorporarse al cálculo aparecen el aguinaldo, las vacaciones no gozadas, las horas extras y las bonificaciones extraordinarias. En la práctica, esto podría reducir significativamente el monto final de la indemnización que perciba una empleada doméstica.
Hasta ahora, muchos tribunales consideraban ciertos pagos adicionales como parte habitual del salario cuando existía continuidad en su percepción. Con la nueva ley, ese criterio queda limitado expresamente por la normativa vigente.
Los especialistas anticipan que este será uno de los puntos con mayor nivel de litigiosidad en los próximos meses. Mientras el Gobierno sostiene que la medida busca “homogeneizar criterios y evitar distorsiones”, desde distintos sectores laborales advierten que la modificación implica una reducción concreta de derechos indemnizatorios para las trabajadoras de casas particulares.