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Hoy - Fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social
Domingo 09 de Diciembre de 2012 - 00:33 hs
Por su estado de salud, ordenan pagarle ya el reajuste de la jubilación
Se trata de Zunilda Bourdaroux, una mujer enferma de 80 años. Lo dispuso la Justicia.
Actualizado: Lunes 14 de Marzo de 2016 - 18:18 hs
Zunilda Bourdaroux, de 80 años, con serios problemas de salud, planteó a los jueces de la Seguridad Social que no puede esperar los tiempos que demanda la resolución final de su juicio por el reajuste de haberes. Presentó entonces una “medida cautelar” para que les reajusten sus haberes en 30 días, mientras sigue el juicio. Y obtuvo una sentencia favorable.
Así, ahora la ANSeS debe aumentarle su pensión a cuenta de la decisión final en la causa . Si, tras las apelaciones, la sentencia resulta favorable, el reajuste queda firme y la beneficiaria cobra, además, la retroactividad. Y, si llegara a ser desfavorable, ANSeS queda autorizada a descontar de los haberes lo pagado a cuenta.
Así lo resolvió por mayoría la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en base al antecedente del caso “Capa, Néstor” de octubre de 2009, quienes además precisaron que la medida cautelar se aplica “en la persona del Sr. Jefe de la UDAI Viedma, quien será responsable del cumplimiento de la misma”, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal”, en caso de incumplimiento.
Uno de los motivos que llevaron a los jueces a aceptar la medida cautelar es que el reajuste de haberes es similar al del caso Badaro , el jubilado favorecido en 2007 por un fallo de la Corte Suprema que sentó jurisprudencia al ordenar ajustar los haberes en función de la evolución que habían tenido los salarios activos desde enero de 2002 a diciembre de 2006 (88,3% cuando en ese periodo la suba jubilatoria fue del 21%).
Pero lo que resultó determinante en la decisión judicial es el estado de salud y la edad de la demandante teniendo en cuenta que un juicio previsional, agravado por las apelaciones, puede durar varios años, superando la expectativa de vida de los jubilados.
Las sentencias llevan la firma de los jueces Luis Herrero y Emilio Fernández. El primero de ellos es el camarista que fue recusado en 10.000 juicios por la ANSeS, medida que fue desechada esta semana por la Corte Suprema.
Así, la doctrina “Capa” — que ya benefició a varios jubilados– se aplica cuando el jubilado es de avanzada edad o tiene serios problemas de salud.
Así, ahora la ANSeS debe aumentarle su pensión a cuenta de la decisión final en la causa . Si, tras las apelaciones, la sentencia resulta favorable, el reajuste queda firme y la beneficiaria cobra, además, la retroactividad. Y, si llegara a ser desfavorable, ANSeS queda autorizada a descontar de los haberes lo pagado a cuenta.
Así lo resolvió por mayoría la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en base al antecedente del caso “Capa, Néstor” de octubre de 2009, quienes además precisaron que la medida cautelar se aplica “en la persona del Sr. Jefe de la UDAI Viedma, quien será responsable del cumplimiento de la misma”, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal”, en caso de incumplimiento.
Uno de los motivos que llevaron a los jueces a aceptar la medida cautelar es que el reajuste de haberes es similar al del caso Badaro , el jubilado favorecido en 2007 por un fallo de la Corte Suprema que sentó jurisprudencia al ordenar ajustar los haberes en función de la evolución que habían tenido los salarios activos desde enero de 2002 a diciembre de 2006 (88,3% cuando en ese periodo la suba jubilatoria fue del 21%).
Pero lo que resultó determinante en la decisión judicial es el estado de salud y la edad de la demandante teniendo en cuenta que un juicio previsional, agravado por las apelaciones, puede durar varios años, superando la expectativa de vida de los jubilados.
Las sentencias llevan la firma de los jueces Luis Herrero y Emilio Fernández. El primero de ellos es el camarista que fue recusado en 10.000 juicios por la ANSeS, medida que fue desechada esta semana por la Corte Suprema.
Así, la doctrina “Capa” — que ya benefició a varios jubilados– se aplica cuando el jubilado es de avanzada edad o tiene serios problemas de salud.
Fuente: Clarín
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