El Tatengue visitará este sábado desde las 21.30 a Independiente Rivadavia en el Bautista Gargantini, por los octavos de final del Torneo Apertura. Transmitirá Diez en Deportes con los relatos de Fabián Mazzi y los comentarios de Eduardo González Riaño.
LT10 - Insiste con la capacidad contributiva
Jueves 22 de Noviembre de 2012 - 13:29 hs
Afip aclaró sobre la venta de moneda extranjera a viajeros argentinos
El organismo negó que esa transacción deba realizarse 24 horas antes del viaje. La capacidad contributiva se actualiza en forma permanente y es una base dinámica. Niega que se autoricen 30 dólares por día.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclara una vez más que el monto de moneda extranjera autoriza a los ciudadanos que viajan al exterior se relaciona con su capacidad contributiva y es desacertado que el organismo solo valida la compra de 30 dólares por día. Tampoco es cierto que esa transacción deba realizarse 24 horas antes del viaje.
Es importante aclarar que la capacidad contributiva de quienes cumplen con el pago de sus impuestos, se actualiza permanentemente, ya que conforma una base de datos dinámica que permite a la AFIP evaluar en tiempo real y determinar, en función de los datos aportados por el solicitante en su declaración jurada de viajes al exterior, el importe validado.
Como resulta de público conocimiento, la AFIP cuenta con valiosa información obtenida de diversas fuentes: bancos, tarjetas de créditos, colegios privados, expensas, entre otras, que permiten conocer cabalmente la capacidad contributiva de cada viajero. Asimismo, esa información se suma a las declaraciones efectuadas por los propios contribuyentes.
En ese sentido, es erróneo que el promedio de autorización sea 30 dólares por día, tal como informó, en su edición de hoy, el diario El Cronista. Además, es inexacto que se efectúe una única autorización por persona y que la validación resulte aplicable sólo 24 horas antes del viaje, situación que resultaría por demás de incómoda para el viajero.
Cabe destacar, que los volúmenes operados en el mercado de cambios por conceptos relacionados con viajes al exterior, resultan dentro de los parámetros habituales para la época del año y las autorizaciones efectuadas por AFIP presentan un comportamiento estable desde su implementación.
Finalmente, vale reiterar, que el Banco Central es el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera y que, en función a la Comunicación “A” 5318 de dicho Organismo, AFIP valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la capacidad contributiva de cada contribuyente en relación a la solicitud efectuada.
Es importante aclarar que la capacidad contributiva de quienes cumplen con el pago de sus impuestos, se actualiza permanentemente, ya que conforma una base de datos dinámica que permite a la AFIP evaluar en tiempo real y determinar, en función de los datos aportados por el solicitante en su declaración jurada de viajes al exterior, el importe validado.
Como resulta de público conocimiento, la AFIP cuenta con valiosa información obtenida de diversas fuentes: bancos, tarjetas de créditos, colegios privados, expensas, entre otras, que permiten conocer cabalmente la capacidad contributiva de cada viajero. Asimismo, esa información se suma a las declaraciones efectuadas por los propios contribuyentes.
En ese sentido, es erróneo que el promedio de autorización sea 30 dólares por día, tal como informó, en su edición de hoy, el diario El Cronista. Además, es inexacto que se efectúe una única autorización por persona y que la validación resulte aplicable sólo 24 horas antes del viaje, situación que resultaría por demás de incómoda para el viajero.
Cabe destacar, que los volúmenes operados en el mercado de cambios por conceptos relacionados con viajes al exterior, resultan dentro de los parámetros habituales para la época del año y las autorizaciones efectuadas por AFIP presentan un comportamiento estable desde su implementación.
Finalmente, vale reiterar, que el Banco Central es el organismo que autoriza la compra, o no, de moneda extranjera y que, en función a la Comunicación “A” 5318 de dicho Organismo, AFIP valida informática y sistémicamente las operaciones tomando como parámetro la capacidad contributiva de cada contribuyente en relación a la solicitud efectuada.
Fuente: afip
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