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Jueves 22 de Noviembre de 2012 - 07:47 hs

Alvarez explicó el voto radical sobre mercado de valores

El diputado nacional Jorge Mario Álvarez (UCR – Santa Fe), informante del bloque UCR sobre la reforma del régimen de oferta pública de valores negociables, que trató la Cámara baja, afirmó que “en líneas generales se comparte la adecuación de las normas y la concentración de potestades en la Comisión Nacional de Valores (CNV), pero debemos rechazar las que son consideradas excesivas, discrecionales y especialmente por todo lo que queda librado para la reglamentación.

Por ello se propuso -sin éxito- crear una comisión interdisciplinaria redactora de la reglamentación con la participación todos los actores involucrados (oposición, mercados de valores)
 
"Con la esperanza que el bloque mayoritario luego de las reuniones de Comisión y de escuchar las voces de los actores involucrados, incorporaría modificaciones, firmé el dictamen en general, con disidencias en particular, lamentablemente una vez más queda demostrada la inflexión del oficialismo, perdiéndose la posibilidad de votar una buena ley con el consenso mayoritario" explicó el radical.

Después informó que "acompaño la eliminación de la autorregulación y la desmutualización de los mercados, aunque no queda claro como se implementará el proceso de desmutualización, ni como se vinculará a los agentes registrados en la CNV con los Mercados en donde operen. Considero importante la implementación de nuevas plataformas de negociación interconectadas. No es clara la clasificación de sujetos y no se adapta a lo que existe actualmente. Soy escéptico que la creación de agencias en el interior del país incremente las posibilidades de invertir y movilice el ahorro local, como lo dijeran los funcionarios nacionales, de igual forma no creo que tenga como objetivo un mayor federalismo, particularmente por la concepción que este gobierno tiene del federalismo".

"Descreo que solo por la sanción de una nueva ley se logre unir el ahorro con la inversión, máxime teniendo en cuenta que el argentino es uno de los mercados de capitales más chico de la región y menor aún del mundo según el PBI. Sr. Presidente, el problema de la Argentina hoy, es la falta de credibilidad en el gobierno, ninguna ley por si sola modifica el humor de gran parte de los argentinos, el descrédito de los números del INDEC, el cepo cambiario y podríamos seguir enumerando, son el principal escollo a la inversión".
 
"Dudo que el crecimiento en la estructura y el presupuesto de la CNV, tanto sea por lo asignado por partidas presupuestarias como por multas tenga relación directa con el mayor acceso y participación ciudadana en el mercado de capitales. Por ello en sintonía con lo planteado, considero que el personal (artículo 18), debe surgir de la refuncionalización de empleados actuales de la Administración Pública, pero siempre que se contemple en primer lugar el actual personal de las bolsas, que pueden ver afectados su fuente laboral por la sanción de la ley que estamos tratando. El artículo 8 prevé la integración de la C.N.V. a propuesta del P.E.N. sin garantizar la pluralidad y la participación de las distintas expresiones políticas, ante la negativa del oficialismo de dar participación a la oposición, implica que al menos se modifique el artículo 10 que establece el mandato en 5 años, determinándose que deben vencer con el mandato del Presidente de la Nación. Rechazo los incisos a) e i) del artículo 19, en lo concerniente a SANCIONAR SIN SUMARIO PREVIO, máxime atendiendo a las sanciones de que establece el artículo 132 y convencido que las pautas de graduación del artículo 133 no son suficientes. No se prevé la posibilidad de dejar algún mecanismo legal de defensa de los actores, lo que podría generar temor dentro de los participantes, por el hecho que se busque aplicar multas para obtener fondos, ya que éste es uno de los medios disponibles para su financiamiento. La ley debería asimilarse a la de entidades financieras, la que respeta el derecho de defensa y el debido proceso previo a la aplicación de una sanción. Sobre los artículos 30 REGISTRO y 51 INCUMPLIMIENTO, que disponen que los mercados y agentes registrados deben dejar de funcionar cuando incurran en cualquier incumplimiento, no puede omitirse incluir la intimación previa. El artículo 46 que se refiere al Tribunal Arbitral, debe incluir la facultad que los mercados puedan delegar la conformación a otras entidades calificadas, máxime existiendo en la actualidad el Tribunal Arbitral de la Bolsa de Comercio. El artículo 103, referido al DEBER DE COLABORACION, vulnera el derecho de defensa y el principio que nadie está obligado a declarar contra si mismo y su silencio no se podrá tener considerar como una presunción en su contra.El artículo 118 de ACCION DE RECUPERO, establece la prescripción a los tres años sin decir desde cuando, por lo cual debe agregarse que es a partir del momento que fue efectuada la operación, al igual que lo establecido en el Decreto 677/2001. El artículo 141 RIEGO SISTÉMICO, que establece que la CNV podrá interrumpir preventivamente la oferta pública, debe fijar un plazo máximo como lo hace el artículo 13 de la ley 17.811 (30 días) Rechazo el cambio de competencias en los procesos judiciales establecido en el Artículo 143 y los argumentos dados por los funcionarios del Ministerio de Economía, llevando a las Cámaras Federales de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal , en lugar de lo Comercial como es en la actualidad, fundado en su incumbencia directa con lo Comercial. Sr. Presidente, la reglamentación dentro de los ciento ochenta días para que los operadores actuales se adecuen a los plazos y condiciones, es necesario pero no suficiente para el resguardo de sus derechos y particularmente para que el patrimonio siga siendo afectado al actual destino”.

Fuente: prensa diputados ucr

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