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Jueves 28 de Junio de 2012 - 20:45 hs
Rubeo propone regular los despidos docentes
El presidente de la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, Luis Daniel Rubeo, ingresó un proyecto para que las escuelas privadas que reciben subsidio del Estado no puedan despedir a los trabajadores docentes sin invocación de causa.
El legislador expresó que “en la práctica el Servicio Provincial de Enseñanza Privada sólo se limita a exigir el cumplimiento del pago de las indemnizaciones ante el despido de un docente”, y explicó que la modificación propuesta de los artículos 30 y 31 de la Ley 6427 “intenta desalentar los despidos sin invocación de causa”.
El derecho a percibir el aporte estatal no es absoluto ni automático. La Ley 6427 establece parámetros que las entidades deben cumplir para acceder a sus beneficios y sanciona con la pérdida del mismo diversas acciones que configuran incumplimientos a lo normado.
En este sentido Rubeo sostuvo que “la nueva redacción del artículo 30 tiende a suprimir despidos injustos cuya fundamentación pueda evadirse mediante el pago de una indemnización indirectamente favorecida por la existencia del aporte estatal”, y en cuanto a la modificación del artículo 31 remarcó que allí “se actualizan las disposiciones normativas que en la redacción original hablaban de cesantías y que por imperio de la sanción de la Ley de Contrato de Trabajo habían quedado derogada en los hechos”.
El diputado también señaló que “esta normativa no altera ni cuestiona la potestad de los titulares de establecimientos educativos privados de administrar y dirigir los establecimientos de los que son parte como así tampoco se afecta el Presupuesto del Servicio Provincial del Enseñanza Privada”.
En la actualidad la educación privada en la provincia de Santa Fe contiene a 230.000 alumnos y 22.000 docentes titulares repartidos en 840 establecimientos de los cuales aproximadamente 630 reciben aportes del 100%.
Por último el presidente de la Cámara sostuvo que “lo planteado en esta iniciativa beneficia al interés general, mejora la calidad educativa, e impone una carga razonable a instituciones que reciben aportes para colaborar con su tarea educativa”.
El legislador expresó que “en la práctica el Servicio Provincial de Enseñanza Privada sólo se limita a exigir el cumplimiento del pago de las indemnizaciones ante el despido de un docente”, y explicó que la modificación propuesta de los artículos 30 y 31 de la Ley 6427 “intenta desalentar los despidos sin invocación de causa”.
El derecho a percibir el aporte estatal no es absoluto ni automático. La Ley 6427 establece parámetros que las entidades deben cumplir para acceder a sus beneficios y sanciona con la pérdida del mismo diversas acciones que configuran incumplimientos a lo normado.
En este sentido Rubeo sostuvo que “la nueva redacción del artículo 30 tiende a suprimir despidos injustos cuya fundamentación pueda evadirse mediante el pago de una indemnización indirectamente favorecida por la existencia del aporte estatal”, y en cuanto a la modificación del artículo 31 remarcó que allí “se actualizan las disposiciones normativas que en la redacción original hablaban de cesantías y que por imperio de la sanción de la Ley de Contrato de Trabajo habían quedado derogada en los hechos”.
El diputado también señaló que “esta normativa no altera ni cuestiona la potestad de los titulares de establecimientos educativos privados de administrar y dirigir los establecimientos de los que son parte como así tampoco se afecta el Presupuesto del Servicio Provincial del Enseñanza Privada”.
En la actualidad la educación privada en la provincia de Santa Fe contiene a 230.000 alumnos y 22.000 docentes titulares repartidos en 840 establecimientos de los cuales aproximadamente 630 reciben aportes del 100%.
Por último el presidente de la Cámara sostuvo que “lo planteado en esta iniciativa beneficia al interés general, mejora la calidad educativa, e impone una carga razonable a instituciones que reciben aportes para colaborar con su tarea educativa”.
Fuente: prensa Rubeo
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