De cara a las próximas fiestas de fin de año, la Municipalidad de Santa Fe intensifica los controles que buscan garantizar el cumplimiento de la Ordenanza Nº 12.429/2017. Esta norma prohíbe en todo el ámbito del ejido municipal la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia o cohetería.
Los operativos son encabezados por personal de inspección de la Dirección de Control y la Brigada de Explosivos de la Policía de la Provincia de Santa Fe, quienes trabajan de manera coordinada en distintos puntos de la ciudad, realizando recorridos preventivos e intervenciones puntuales ante posibles infracciones.
Los controles incluyen locales comerciales, espacios públicos y ferias, con el objetivo de verificar la existencia de venta, distribución o uso de artefactos pirotécnicos prohibidos y actuar según lo establecido por la normativa vigente, pudiendo proceder al secuestro de la mercadería y la confección de las actas correspondientes.
La Municipalidad recuerda la importancia del cumplimiento de la ordenanza y llama a toda la comunidad a celebrar de manera segura y responsable. Asimismo, se recibirán y atenderán los reclamos efectuados por vecinos y vecinas a través de la línea gratuita habilitada para tal fin: 0800 777 5000, que funciona como canal directo para denunciar situaciones vinculadas al uso o comercialización de pirotecnia.
Territorio libre de pirotecnia
La Ordenanza N°12.429 fue sancionada en octubre de 2017 por el Concejo Municipal, declarando así a Santa Fe como “territorio libre de pirotecnia”. La norma define como artificio pirotécnico o de cohetería al “destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o accionen mediante el uso de mecha, combustión o fricción”. Las sanciones pueden ir desde la multa equivalente a un salario mínimo, vital y móvil y decomiso de mercadería hasta la multa de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de la mercadería y clausura del comercio de dos a cinco días.
Esta ordenanza, en plena vigencia desde 2019, tiene como fin proteger la calidad de vida de los santafesinos, cuidando a la salud, a los niños, ancianos, personas con distintas condiciones, animales, y al medioambiente.