El Procurador ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Luis Santiago González Warcalde, firmó el pasado 21 de febrero un dictamen en el que recomienda al máximo órgano de justicia argentino que declare la competencia del Juzgado en lo Penal de Instrucción de la Segunda Nominación de los Tribunales de Rafaela para entender en la causa en la que se investiga el homicidio de la ex presa política Silvia Suppo. El dictamen – que no es vinculante – lo firmó un subalterno del Procurador y jefe de los fiscales de la nación Esteban Righi, por lo que se presume que tuvo el visto bueno del jefe de los fiscales. La Corte deberá poner a consideración la opinión del Ministerio Público en la reunión de ministros que debata sobre esta causa que, desde que se inició, se hamacó sobre rieles de impugnaciones, testigos de identidad reservada con dudosas versiones y críticas al accionar policial y judicial.
Silvia Suppo fue una presa política en la dictadura militar y sufrió un calvario que le dejó secuelas de dolor y espanto. Pudo reconstruir su vida, que se apagó el 29 de marzo del año pasado, cuando dos jóvenes entraron a su comercio –dedicado a la venta de indumentaria de cuero – y la mataron de varias puñaladas con el objetivo de robarle. Algunos días después dos hombres jóvenes, Rodrigo Sosa de 19 y Rodolfo Cóceres, primos entre sí, fueron detenidos por el crimen y actualmente cumplen prisión preventiva en el penal de Coronda. Reconocieron que “habían estado de caravana y que ingresaron con fines de robo” a robar al local de Suppo. Desconocían además que la mujer fue una de las testigos claves en el juicio oral que llevó al ex juez Víctor Brusa y a 5 policías más a la cárcel. de 2009.
La causa tuvo varios escollos, muchos de ellos planteados a partir de negligencias policiales y otros por estrategia dilatoria de los abogados querellantes que patrocinaron a los hijos de la víctima en la causa. Pero el real pantano en el que cayó el expediente que tramitó el juez Alejandro Mognaschi fue cuando en los primeros días de septiembre del pasado año los abogados de la querella metieron ruido en la causa con la incorporación de un testigo de identidad reservada, que vinculó el crimen de Suppo con el hijo de uno de los condenados por delitos de lesa humanidad. La versión –descabellada y fantástica – provocó un debate acerca de la competencia del expediente. Por un lado los abogados pretendían federalizar y por otro el magistrado natural completaba la instrucción. (ver Notas relacionadas)
Tras varios vaivenes, el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez consideró que no era competente en la investigación de una posible conexidad entre el crimen de Suppo y personas vinculadas directa o indirectamente ala represión ilegal durante la última dictadura.
La opinión del Procurador
El funcionario del Ministerio Público rescata los argumentos que tuvo el juez federal para declarar la incompetencia, sostenido en premisas claras: no se puede hablar de un delito de lesa humanidad y no puede establecerse conexidad entre el crimen y – por tanto - no puede precisarse un supuesto encargo. El Procurador ante la Corte señala que “en su opinión la declinatoria de la Cámara de Apelaciones en los Penal de Rafaela fue mal declarada, entre otras cosas, porque buscó una analogía entre esta causa y la de Julio López, en la que la Corte de la nación debió intervenir. Es lapidario el dictamen de Warcalde cuando señala que: “más allá de la similitud entre los casos considerados, no advierto cuáles serian las razones de una mejor administración de justicia que aconsejarían que esta causa continuara su trámite por ante la jurisdicción federal”. Fue en respuesta a uno insólito párrafo que el tribunal de alzada rafaelino incorporó en su fallo de diciembre de 2010.
Para Warcalde, no hay motivos para apartar a los tribunales rafaelinos de la investigación del crimen de Silvia Suppo. Señala en el dictamen, que fue firmado hace 9 días, que “no se puede admitir, como sostuvo la Cámara de Apelaciones de Rafaela que lo acontecido con Silvia Suppo haya obedecido al propósito de otorgar impunidad a personas imputadas por graves violaciones de los derechos humanos, es suficiente para suscitar la intervención del fuero de excepción, pues, si así fuere, la jurisdicción federal dejaría de ser excepcional para todas las causas iniciadas por hechos delictivos que afectaren la vida, la libertad o cualquier otro derecho fundamental de los testigos en causas, en cuanto nunca podría descartarse apriorísticamente la posibilidad de que se tratase de acciones dirigidas a eliminarlos o intimidarlos para que no hablen”.
LT10 - Lleva la firma de Esteban Righi
Miércoles 02 de Marzo de 2011 - 11:32 hs
Causa Suppo: aconsejan que se juzgue en Rafaela
El Procurador ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación aconsejó declarar competente a los Tribunales rafaelinos en la causa que investiga el crimen de la ex presa política. Aunque no es vinculante, se presume que la Corte hará suyo el dictamen.
Fuente: Notife