La Cámara del Crimen porteña consideró que no hubo delito porque el ilícito no llegó a concretarse, ya que "el acusado decidió libremente no apoderarse del elemento"
Un hombre que obligó a otra persona a darle su celular y, como no le gustó, se lo devolvió fue sobreseído por la Cámara del Crimen porteña, que consideró que no hubo delito porque, sostuvo, el ilícito no se concretó.
El tribunal sostuvo que "el acusado decidió libremente no apoderarse" del celular y así no consumó el robo, por lo que entonces quedó eximido, ya que el Código Penal no prevé penas para las personas que voluntariamente desistan de cometer un delito, informaron a DyN fuentes judiciales.
La víctima denunció que un hombre lo interceptó en la calle y le pidió su celular, ante lo cual, al verse intimidado, lo entregó voluntariamente. Pero cuando el presunto delincuente vio el teléfono, no le gustó y se lo devolvió para luego espetarle: "Date vuelta y no digas nada".
El fiscal de instrucción pidió que el acusado sea citado a declarar en indagatoria, pero en primera instancia rechazaron el planteo, y entonces apeló la decisión a la Cámara por considerar que había elementos para procesar al acusado.
"El acusado decidió libremente no apoderarse del elemento sustraído y no consumar la conducta dañosa, pese a que esta era susceptible de conclusión, máxime cuando la víctima no opuso resistencia alguna", sostuvieron los jueces de la Sala V, María Laura Garrigós de Rébori, Rodolfo Pociello Argerich y Mirta López González.
Los camaristas agregaron que se trató de una tentativa de robo no consumada. El artículo 43 del Código Penal establece que "el autor de tentativa no estará sujeto a pena cuando desistiere voluntariamente del delito".
Lunes 28 de Febrero de 2011 - 20:44 hs