El Senado de Santa Fe dio media sanción en su sesión de ayer al proyecto de ley del senador Danilo Capitani (PJ – San Jerónimo), quien fue acompañado en la iniciativa por el senador Ricardo Spinozzi, a partir de la cual se crea “el "PROGRAMA DE INCENTIVOS Y FORTALECIMIENTO AL SECTOR FRUTILLERO SANTAFESINO", por el término de cinco (5) años a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, el que dependerá del Ministerio de la Producción”.
En el texto aprobado por la Cámara Alta se dice que “el Programa que por el artículo 1 se crea, tendrá como principal objetivo lograr el fortalecimiento y la sustentabilidad del Sector Frutillero a través del apoyo y asistencia estatal a aquellos productores de frutilla de la Provincia, que cultiven hasta 10 hectáreas. El programa tendrá una duración de cinco (5) años a partir de la entrada en vigencia de la presente ley” y que “son objetivos específicos del Programa los siguientes:
a) La organización de los productores con fines estratégicos, la mejora de su competitividad, su capacitación y asistencia técnica;
b) La formalización del sector, siendo prioritaria la generación de trabajo registrado y la mejora cualitativa del mismo;
c) El financiamiento de proyectos sectoriales que resuelvan problemas de escala;
d) La vinculación de los productores con otros organismos y su asistencia en las
actividades de promoción”.
El proyecto que fue girado a la Cámara de Diputados expresa que “son beneficiarios de este programa las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la producción de frutilla en el territorio de la Provincia, que cultiven hasta 10 hectáreas” y que “el Poder Ejecutivo otorgará a cada productor frutillero de la Provincia, que reúna las condiciones previstas en el artículo 4 y que se encuentre inscripto en el Registro previsto en el artículo 9, un incentivo o aporte no reintegrable anual hasta el equivalente a nueve mil (9000) kg de frutilla por hectárea trabajada valorizada al precio promedio de la campaña anterior, de acuerdo a la siguiente escala:
a) Hasta 5 hectáreas: 100% del incentivo;
b) Más de 5 y hasta 7 hectáreas: 50% del incentivo;
c) Más de 7 y hasta 10 hectáreas: 25% del incentivo”.
La propuesta del senador Capitani indica que “la cantidad de hectáreas trabajadas serán las correspondientes a la campaña inmediata anterior y será tomada de los datos aportados por el productor en oportunidad de su inscripción anual ante el SENASA y de la inscripción en el registro previsto en el artículo 9. La Autoridad de Aplicación deberá instrumentar mecanismos de control para determinar la correcta parametrización” y que “es condición necesaria para acceder al beneficio estipulado en el artículo 5, acreditar ante la Autoridad de Aplicación los requisitos que se enumeran a continuación, cumplimentados al 31 de diciembre de cada año en que se encuentre vigente el Programa:
a) La debida inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios y en el Registro Provincial de Producciones Primarias.
b) La implementación gradual de Buenas Prácticas Agrícolas, conforme a un plan anual de adecuación, que deberá acreditarse mediante informes de avance emitidos por la autoridad provincial en la materia.
c) La asistencia y/o participación en las actividades de capacitación organizadas por el INTA para este sector. El porcentaje de asistencia y/o participación no podrá ser inferior al 70% y se acreditará mediante certificación extendida por la mencionada entidad.
d) El registro de los trabajadores permanentes y eventuales según los parámetros que establezca la reglamentación, pudiendo declarar hasta 4 familiares que presten colaboración en la explotación con motivo de la relación de parentesco, quedando comprendidos el cónyuge, el concubino/a y los descendientes y ascendientes hasta el primer grado de consanguinidad.
e)- El ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los diferentes regímenes sindicales y de la seguridad social. El incentivo será acreditado en la CBU del productor o de un proveedor que éste designe, a partir del 1 de abril de cada año, contra la presentación de la constancia de cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 6 en el año anterior.
Los fondos necesarios para la aplicación del Programa de incentivos y fortalecimiento al sector frutillero santafesino serán atendidos con:
a) Recursos de Rentas Generales, debiendo preverse una partida anual en el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, que para el ejercicio siguiente al de la aprobación de la presente ley no podrá ser inferior a pesos de $ 3.500.000. Esta partida asignada en el presupuesto provincial será de $ 3.850.000 para el segundo año; $ 4.300.000 para el tercer año; $ 4.650.000 para el cuarto año y $ 5.000.000 para el quinto año. Los fondos no aplicados serán destinados a financiar proyectos que apunten a mejorar la competitividad del sector.
b) Recursos provenientes del Estado Nacional.
Entre los fundamentos de la presentación, los senadores Capitani y Spinozzi destacan que “el sector frutillero de la provincia de Santa Fe, concentrado mayoritariamente en las localidades de Coronda, Desvío Arijón y Arocena se caracteriza por estar conformado de unos 100 productores, de los cuales el 80% trabaja menos de 10 hectáreas lo que representan un 70% de las has sembradas totales las cuales se estiman en 350. También en la zona de Arroyo leyes se radican unos 25 productores que trabajan alrededor de 80 has”.
“La atomización del sector y la escala de producción derivan en una serie de problemas sectoriales que ponen en riesgo a esta importante economía regional a saber: costos rígidos, precios fluctuantes, alta informalidad, formas de comercialización que los coloca en situación de tomadores de precios, dificultad de adoptar variables de diferenciación que les permita formar precios, dificultad para lograr asociatividad empresaria necesaria par obtener un mayor poder negociador en el mercado” expresa la iniciativa encabezada por Danilo Capitani.
El fortalecimiento de este eslabón de la cadena debe ser una responsabilidad del estado provincial. Todo lo antedicho justifica suficientemente la necesidad de crear el "PROGRAMA DE INCENTIVOS Y FORTALECIMIENTO AL SECTOR FRUTILLERO SANTAFESINO", por el término de cinco (5) años, destinado a asistir a los productores frutilleros de la provincia que cultiven hasta 10 hectáreas, mediante el otorgamiento de un aporte no reintegrable o incentivo anual hasta el equivalente a nueve mil (9000) kgs. de frutilla por hectárea trabajada, valorizada al precio promedio de la campaña anterior” finalizan los senadores del PJ
Sábado 02 de Julio de 2011 - 23:35 hs
El Senado votó un programa de apoyo al sector frutillero santafesino
Fuente: prensa senadores pj