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Martes 11 de Marzo de 2014 - 13:30 hs
Buscarán regular la actividad de los carribares en la ciudad
Actualizado: Lunes 14 de Marzo de 2016 - 15:26 hs
El Ejecutivo local envió al Concejo un proyecto de ordenanza que pretende organizar y regular la actividad de los llamados “carribares” en la ciudad, que son puestos móviles a tracción mecánica utilizados para la preparación y venta de comidas rápidas (hamburguesas, sándwiches, frituras, etc.) para el consumo en la vía pública. Ya fue ingresado y será discutido en las comisiones del Deliberativo local, que empieza a sesionar el próximo jueves.
La iniciativa legislativa propone la creación de un registro de postulantes de permisos de uso de carribares; establece los alimentos que pueden venderse en estos puestos y delimita un zona de lugares permitidos; fija estrictos criterios estructurales, de seguridad sanitaria y de salubridad alimentaria en la manipulación y procesamiento de los productos que serán comercializados, como así también sanciones económicas para los titulares de los permisos que no cumplan con lo dispuesto por la ordenanza.
Quienes pretendan realizar una actividad económica en carribares, deberán gestionar ante el Ejecutivo y obtener un permiso de uso. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Control. Se otorgarán distintos permisos (con remoción de la parada del puesto y para eventos determinados, con días y horarios definidos). También se darán permisos sin remoción de parada, que tendrán un carácter personal e intransferible por un plazo máximo de un año, aunque podrán renovarse, indica el texto del proyecto.
No se permitirá la instalación de carribares dentro del perímetro comprendido por las calles Rivadavia, Bv. Gálvez, Bv. Pellegrini, Av. Freyre, J.J. Paso y Arturo Illia, con excepción de aquellos casos de permisos para eventos determinados. Tampoco, a la vera de la Ruta Nacional Nº 168. Además, se prohibirá la instalación de carribares en una distancia menor a 100 metros de negocios que vendan artículos análogos, o de lugares donde haya monumentos históricos, museos, centros culturales, accesos a reparticiones públicas, entidades bancarias, hospitales, y escuelas, etc.
Salubridad alimentaria
El proyecto indica que los carribares sólo tendrán permitido vender emparedados que contengan rellenos procesados a base cárnica; papas fritas; bebidas envasadas en origen, sin fraccionar y provenientes de fábricas debidamente registradas y habilitadas, y otros productos alimenticios envasados en origen y provenientes de fábricas habilitadas. A fin de acreditar la procedencia de los alimentos, el permisionario deberá presentar los remitos o facturas de compra.
El texto fija condiciones de seguridad higiénico-sanitarias. Por ejemplo, las caras exteriores de los carribares deberán estar revestidas con material duradero no corrosible, no poroso, de fácil higienizado y sanitizado, y las interiores con material impermeable, lavable y atóxico. “Cada uno de los puestos contará con energía eléctrica provista de manera reglamentaria. Se procurará la adecuada conservación de la cadena de frío para los alimentos que la requieran. Y el abastecimiento de agua potable”, señala la norma propuesta.
Prohibiciones
Estará prohibido el fraccionamiento de bebidas para la venta. También el fraccionamiento de aderezos, los cuales deberán ser de uso único e individual (no podrán usarse aderezos de elaboración casera en envases recargables). Para quienes no respeten la norma habrá multas económicas (en algunas infracciones, como no tener el permiso, serán muy elevadas) o clausuras de hasta 180 días.
La iniciativa legislativa propone la creación de un registro de postulantes de permisos de uso de carribares; establece los alimentos que pueden venderse en estos puestos y delimita un zona de lugares permitidos; fija estrictos criterios estructurales, de seguridad sanitaria y de salubridad alimentaria en la manipulación y procesamiento de los productos que serán comercializados, como así también sanciones económicas para los titulares de los permisos que no cumplan con lo dispuesto por la ordenanza.
Quienes pretendan realizar una actividad económica en carribares, deberán gestionar ante el Ejecutivo y obtener un permiso de uso. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Control. Se otorgarán distintos permisos (con remoción de la parada del puesto y para eventos determinados, con días y horarios definidos). También se darán permisos sin remoción de parada, que tendrán un carácter personal e intransferible por un plazo máximo de un año, aunque podrán renovarse, indica el texto del proyecto.
No se permitirá la instalación de carribares dentro del perímetro comprendido por las calles Rivadavia, Bv. Gálvez, Bv. Pellegrini, Av. Freyre, J.J. Paso y Arturo Illia, con excepción de aquellos casos de permisos para eventos determinados. Tampoco, a la vera de la Ruta Nacional Nº 168. Además, se prohibirá la instalación de carribares en una distancia menor a 100 metros de negocios que vendan artículos análogos, o de lugares donde haya monumentos históricos, museos, centros culturales, accesos a reparticiones públicas, entidades bancarias, hospitales, y escuelas, etc.
Salubridad alimentaria
El proyecto indica que los carribares sólo tendrán permitido vender emparedados que contengan rellenos procesados a base cárnica; papas fritas; bebidas envasadas en origen, sin fraccionar y provenientes de fábricas debidamente registradas y habilitadas, y otros productos alimenticios envasados en origen y provenientes de fábricas habilitadas. A fin de acreditar la procedencia de los alimentos, el permisionario deberá presentar los remitos o facturas de compra.
El texto fija condiciones de seguridad higiénico-sanitarias. Por ejemplo, las caras exteriores de los carribares deberán estar revestidas con material duradero no corrosible, no poroso, de fácil higienizado y sanitizado, y las interiores con material impermeable, lavable y atóxico. “Cada uno de los puestos contará con energía eléctrica provista de manera reglamentaria. Se procurará la adecuada conservación de la cadena de frío para los alimentos que la requieran. Y el abastecimiento de agua potable”, señala la norma propuesta.
Prohibiciones
Estará prohibido el fraccionamiento de bebidas para la venta. También el fraccionamiento de aderezos, los cuales deberán ser de uso único e individual (no podrán usarse aderezos de elaboración casera en envases recargables). Para quienes no respeten la norma habrá multas económicas (en algunas infracciones, como no tener el permiso, serán muy elevadas) o clausuras de hasta 180 días.
Fuente: El Litoral
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