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Miércoles 21 de Noviembre de 2012 - 17:35 hs
Primera medida del Gobierno tras el paro: interviene empresa Intercargo
El gobierno nacional dispuso la intervención de la empresa Intercargo, responsable del denominado servicio de rampa de todos los aeropuertos del país, por detectar que existe \\"riesgo en la prestación\\" del mismo.
Actualizado: Martes 08 de Marzo de 2016 - 15:26 hs
La resolución 113/2012, publicada hoy en el Boletín Oficial, determinó que la intervención será por el término de 90 días hábiles.
Intercargo presta el servicio público de atención en tierra a aeronaves -comúnmente denominado servicio de rampa- en el ámbito aeroportuario y engloba a las actividades realizadas en plataforma que sirven de nexo entre las aeronaves y las distintas terminales. Incluye, entre otras, carga y descarga de equipajes, correo y carga aérea; embarque, desembarque y transporte de pasajeros y tripulaciones; provisión de energía eléctrica, aire acondicionado y arranque neumático a las aeronaves en tierra; carga de agua potable y desagote de los baños; limpieza de aeronaves; y servicio de señalero en plataforma.
De acuerdo a la resolución, "el servicio público de rampa prestado por Intercargo ocupa un rol esencial de intermediación logística para posibilitar la operación aeronáutica y tiene incidencia directa en el normal funcionamiento del sistema aeroportuario nacional".
Asimismo, subrayó que "se han detectado diversas situaciones que hacen a la gestión societaria de la empresa, las cuales obstaculizan su normal proceder y desempeño", y aseguró que "tal situación conlleva peligros serios e inminentes que ponen en riesgo la propia prestación del servicio".
En consecuencia, concluyó, "corresponde relevar el estado de la infraestructura y logística de Intercargo a fin de asegurar tanto la calidad como la mejora de sus servicios, así como las condiciones de seguridad para los trabajadores y la protección del medio ambiente". La Procuración del Tesoro de la Nación ya había advertido la situación irregular de la concesionaria en cuanto a su conformación societaria.
Al respecto, destacó que la titularidad del capital accionario había quedado totalmente en cabeza del Estado, ya que los ministerios de Economía y de Defensa concentran la tenencia de la totalidad del capital accionario de la empresa, con 80 y 20 por ciento, respectivamente.
Pero como éstos carecen de personalidad jurídica propia por ser órganos del Estado Nacional, en consecuencia, Intercargo devino en una sociedad de un único socio, posibilidad vedada por la Ley 19.550, correspondiendo en consecuencia la regularización de su tipología legal.
Intercargo presta el servicio público de atención en tierra a aeronaves -comúnmente denominado servicio de rampa- en el ámbito aeroportuario y engloba a las actividades realizadas en plataforma que sirven de nexo entre las aeronaves y las distintas terminales. Incluye, entre otras, carga y descarga de equipajes, correo y carga aérea; embarque, desembarque y transporte de pasajeros y tripulaciones; provisión de energía eléctrica, aire acondicionado y arranque neumático a las aeronaves en tierra; carga de agua potable y desagote de los baños; limpieza de aeronaves; y servicio de señalero en plataforma.
De acuerdo a la resolución, "el servicio público de rampa prestado por Intercargo ocupa un rol esencial de intermediación logística para posibilitar la operación aeronáutica y tiene incidencia directa en el normal funcionamiento del sistema aeroportuario nacional".
Asimismo, subrayó que "se han detectado diversas situaciones que hacen a la gestión societaria de la empresa, las cuales obstaculizan su normal proceder y desempeño", y aseguró que "tal situación conlleva peligros serios e inminentes que ponen en riesgo la propia prestación del servicio".
En consecuencia, concluyó, "corresponde relevar el estado de la infraestructura y logística de Intercargo a fin de asegurar tanto la calidad como la mejora de sus servicios, así como las condiciones de seguridad para los trabajadores y la protección del medio ambiente". La Procuración del Tesoro de la Nación ya había advertido la situación irregular de la concesionaria en cuanto a su conformación societaria.
Al respecto, destacó que la titularidad del capital accionario había quedado totalmente en cabeza del Estado, ya que los ministerios de Economía y de Defensa concentran la tenencia de la totalidad del capital accionario de la empresa, con 80 y 20 por ciento, respectivamente.
Pero como éstos carecen de personalidad jurídica propia por ser órganos del Estado Nacional, en consecuencia, Intercargo devino en una sociedad de un único socio, posibilidad vedada por la Ley 19.550, correspondiendo en consecuencia la regularización de su tipología legal.
Fuente: ambitoweb.com
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