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Jueves 18 de Octubre de 2012 - 00:49 hs

Denuncian por prevaricato al juez Bermúdez

El partido PARES respalda la denuncia presentada por un grupo de legisladores santafesinos contra el juez que dispuso suspender la aplicación del protocolo sobre interrupción voluntaria del embarazo en casos no punibles. La presentación fue realizada este miércoles en los tribunales de Santa Fe.



Los diputados provinciales Verónica Benas (PARES), Alicia Gutierrez (SI), Ricardo Olivera (PJ), Susana García (CC-ARI), Oscar Urruty (PPS), Marcela Aeberhard (100% Santafesino), Inés Bertero (PS), Joaquín Blanco (PS) y Nicolás Pullaro (UCR), presentaron este miércoles por la mañana una denuncia penal por prevaricato contra el juez Civil y Comercial santafesino Claudio Bermúdez, luego de que este magistrado resolviera suspender el protocolo que regula y garantiza el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en casos no punibles en el sistema de salud provincial.



“Venimos a promover la pertinente denuncia penal contra el magistrado Dr. Claudio Bermúdez a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 4ª nominación del Distrito Nº 1 –Santa Fe- por el delito de prevaricato tipificado por el art. 269 del código penal debido a su actuación en la causa “Partido Demócrata Cristiano c/ Provincia de Santa Fe s/ amparo - cautelar”, sostiene el escrito.



Los denunciantes, junto al abogado Domingo Rondina, sostienen que el juez Bermúdez violó la Constitución Nacional y los pactos internacionales incorporados, además de desconocer el fallo de la Corte Suprema del 13 de marzo de pasado, donde se interpretó el artículo 86 del Código Penal, señalando que toda mujer, no necesariamente "idiota o demente", tiene derecho a interrumpir su embarazo si es producto de una violación, y que para ello no necesita ninguna autorización judicial.



Asimismo, solicitan que el juez Claudio Bermúdez se inhiba de seguir actuando en la causa referenciada y que deje sin efecto la medida cautelar dictada.



El día 7 de septiembre pasado Bermúdez dictó una medida cautelar innovativa mediante la cual le ordenó al Gobierno de la Provincia de Santa Fe que suspendiera la aplicación de la Resolución del Ministerio de Salud Nº 612/12 en lo que respecta a los abortos solicitados en casos de violación o atentado al pudor. De este modo produjo una suspensión en todos los hospitales públicos de la Provincia de Santa Fe (no así en las clínicas privadas) el mecanismo por el cual se tramitaban estas prácticas no punibles, aclarando que no se suspende el protocolo en los casos de riesgo para la salud o la vida de la mujer.



Para los denunciantes, el titular del Juzgado Civil y Comercial de la 4ª nominación dictó una sentencia en clara violación de la ley vigente sin que pueda oponer ninguna causa de justificación por cuanto: desconoció expresamente la interpretación del Art. 86 inciso 2 del código penal realizada por la Corte Suprema de Justicia; desconoció expresamente la exhortación realizada por la Corte Suprema de Justicia de evitar judicializaciones improcedentes que atentan contra la dignidad y o discriminación de las mujeres; desconoció la Constitución argentina y los mandatos convencionales externos cuyo incumplimiento generan responsabilidad internacional del Estado argentino; violó las formas de producción del derecho en razón de su clara incompetencia; y finalmente impuso sus convicciones personales por encima de la Constitución y los Instrumentos Internacionales sobre derechos humanos sin invocar ninguna clase de argumento justificador de dicha conducta.

Fuente: pares

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