El Tatengue jugará en Córdoba, luego del gran golpe que dio en Mendoza al eliminar a Independiente Rivadavia, el mejor equipo de la fase regular.
Miércoles 10 de Octubre de 2012 - 21:32 hs
San Juan, el primer distrito en aprobar voto para mayores de 16 años
San Juan se transformará hoy en el primer distrito del país en aprobar el voto optativo y voluntario para mayores de 16 años. Así lo anunció el vicegobernador de la provincia y presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Uñac, al confirmar que el proyecto tenía despacho favorable de las respectivas comisiones.
El proyecto es autoría de cuatro legisladores del oficialismo, entre ellos Eduardo Bustelo, fundador de la oficina de UNICEF en Argentina.
Con esto, la provincia no hace más que aplicar el artículo 129, inciso 2 de la Constitución Provincial sancionada en 1986. Dicho artículo dice que "la ley reglamentará el derecho electoral con carácter uniforme para toda la provincia, de conformidad con las siguientes bases mínimas:."; en tanto que el inciso 2 señala que "los electores serán aquellos ciudadanos mayores de dieciocho años que se encuentren en las condiciones previstas en esta Constitución y la ley, la que podrá reducir la edad mínima hasta los dieciséis años, pero no incrementarla".
El diputado Eduardo Bustelo manifestó sentirse muy emocionado por lo que señaló como muy significativo que ocurriría mañana en que la provincia de San Juan será el primero de los Estados provinciales que otorgue el voto a los jóvenes de 16 años y destacó que "éste no es el triunfo de un bloque, sino de la sociedad toda de San Juan".
No es la primera vez que San Juan es pionera en el otorgamiento de Derechos Cívicos. En la Constitución de 1927 ya se otorgaba el derecho a voto para la mujer, lo que fue implementado 20 años después para todo el país por el gobierno de Juan Domingo Perón.
El proyecto es autoría de cuatro legisladores del oficialismo, entre ellos Eduardo Bustelo, fundador de la oficina de UNICEF en Argentina.
Con esto, la provincia no hace más que aplicar el artículo 129, inciso 2 de la Constitución Provincial sancionada en 1986. Dicho artículo dice que "la ley reglamentará el derecho electoral con carácter uniforme para toda la provincia, de conformidad con las siguientes bases mínimas:."; en tanto que el inciso 2 señala que "los electores serán aquellos ciudadanos mayores de dieciocho años que se encuentren en las condiciones previstas en esta Constitución y la ley, la que podrá reducir la edad mínima hasta los dieciséis años, pero no incrementarla".
El diputado Eduardo Bustelo manifestó sentirse muy emocionado por lo que señaló como muy significativo que ocurriría mañana en que la provincia de San Juan será el primero de los Estados provinciales que otorgue el voto a los jóvenes de 16 años y destacó que "éste no es el triunfo de un bloque, sino de la sociedad toda de San Juan".
No es la primera vez que San Juan es pionera en el otorgamiento de Derechos Cívicos. En la Constitución de 1927 ya se otorgaba el derecho a voto para la mujer, lo que fue implementado 20 años después para todo el país por el gobierno de Juan Domingo Perón.
Fuente: La Nación
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