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LT10 - Otro recorte de poder
Lunes 13 de Agosto de 2012 - 11:41 hs
De Vido pierde el control de los bienes del Estado y se lo dan a Abal Medina
La Presidenta creó por decreto una agencia dedicada a su administración bajo la órbita de la jefatura de gabinete. Entre estos bienes están incluidos los ferroviarios.Es clave el área para la futura construcción de viviendas en lotes oficiales.
Sorpresivamente, la presidenta Cristina Kirchner hizo un nuevo movimiento de piezas en la estructura pública y volvió a quitarle poder al influyente ministro de Planificación Julio de Vido, creando un nuevo organismo descentralizado para administrar los bienes del Estado que ahora dependerá de la jefatura de gabinete, a cargo de Abal Medina.
La jefa del Estado dispuso mediante el decreto 1382/2012, publicado hoy en el Boletín Oficial, la creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, al cual describe como un "organismo descentralizado en el ámbito de la jefatura de gabinete de ministros, con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado".
Para ello, la jefa del Estado disolvió el Organismo Nacional de Administración de Bienes (ONAB), órgano que operaba en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a cargo de Julio de Vido. El ONAB había sido creado por decreto el 1º de junio de 2000.
Entre las funciones que deberá cumplir la nueva agencia figura la de "proponer las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes inmuebles del Estado Nacional", "coordinar la actividad inmobiliaria del Estado Nacional", "fiscalizar y controlar los bienes inmuebles asignados en uso a los organismos y entidades del Sector Público Nacional" y "contratar obras y servicios que hagan al cumplimiento de sus misiones y funciones de conformidad a la normativa vigente", entre otras.
Y en cuanto a su financiamiento, el decreto aclara que los recursos provendrán de "las partidas presupuestarias asignadas por la Ley de Presupuesto Nacional", como así también "leyes especiales, donaciones, aportes no reembolsables y legados que reciba y acepte". También podrá contar con "intereses y beneficios resultantes de la gestión de sus propios fondos y/o activos" y "todo otro ingreso no previsto proveniente de la gestión del organismo".
Asimismo, en la resolución del decreto, la Presidenta ordenó modificar el texto del artículo 3º, inciso a) de la Ley Nº 26.352. "La administración de la infraestructura ferroviaria, de los bienes necesarios para el cumplimiento de aquella, de los bienes ferroviarios concesionados a privados cuando por cualquier causa finalice la concesión, o de los bienes muebles que se resuelva desafectar de la explotación ferroviaria. La administración de los bienes inmuebles que se desafecten de la explotación ferroviaria estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, organismo descentralizado, en el ámbito de la jefatura de gabinete de ministros", dice el nuevo texto.
La jefa del Estado dispuso mediante el decreto 1382/2012, publicado hoy en el Boletín Oficial, la creación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, al cual describe como un "organismo descentralizado en el ámbito de la jefatura de gabinete de ministros, con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado".
Para ello, la jefa del Estado disolvió el Organismo Nacional de Administración de Bienes (ONAB), órgano que operaba en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a cargo de Julio de Vido. El ONAB había sido creado por decreto el 1º de junio de 2000.
Entre las funciones que deberá cumplir la nueva agencia figura la de "proponer las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y disposición de los bienes inmuebles del Estado Nacional", "coordinar la actividad inmobiliaria del Estado Nacional", "fiscalizar y controlar los bienes inmuebles asignados en uso a los organismos y entidades del Sector Público Nacional" y "contratar obras y servicios que hagan al cumplimiento de sus misiones y funciones de conformidad a la normativa vigente", entre otras.
Y en cuanto a su financiamiento, el decreto aclara que los recursos provendrán de "las partidas presupuestarias asignadas por la Ley de Presupuesto Nacional", como así también "leyes especiales, donaciones, aportes no reembolsables y legados que reciba y acepte". También podrá contar con "intereses y beneficios resultantes de la gestión de sus propios fondos y/o activos" y "todo otro ingreso no previsto proveniente de la gestión del organismo".
Asimismo, en la resolución del decreto, la Presidenta ordenó modificar el texto del artículo 3º, inciso a) de la Ley Nº 26.352. "La administración de la infraestructura ferroviaria, de los bienes necesarios para el cumplimiento de aquella, de los bienes ferroviarios concesionados a privados cuando por cualquier causa finalice la concesión, o de los bienes muebles que se resuelva desafectar de la explotación ferroviaria. La administración de los bienes inmuebles que se desafecten de la explotación ferroviaria estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, organismo descentralizado, en el ámbito de la jefatura de gabinete de ministros", dice el nuevo texto.
Fuente: La Nación
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