El 10 de mayo de 1964 el Sabalero derrotó por 2-1 al poderoso elenco de Brasil, que venía ser bicampeón de América y del Mundo. A partir de ese momento el estadio se ganó el mote de Cementerio de los Elefantes
LT10 - A la Corte Suprema
Lunes 30 de Julio de 2012 - 16:03 hs
La Procuración aconseja rechazar el banco de células madres
El departamento de fiscales de la Nación giró al máximo tribunal de Justicia una resolución en la que rechaza la resolución del Incucai para crear un depósito con células que permitan en un futuro curar enfermedades.
La procuradora adjunta Laura Monti consideró que la resolución del instituto nacional de ablación e implantes, que establece la obligatoriedad de donar las células madre para asignarles un uso público, es "inválida" desde el punto de vista constitucional.
Según el dictamen, el Incucai incurrió en un "exceso de reglamentación" al establecer la obligatoriedad de la donación de las células que se extraen del cordón umbilical del bebé al momento del nacimiento, y que según la ciencia médica contribuiría a la cura de enfermedades como la diabetes y el Alzheimer.
La procuradora adjunta aconsejó a la Corte confirmar un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que hizo lugar a una acción de amparo planteada por una particular identificada como Marina Edith Calabró, oponiéndose a la donación obligatoria de las células madre.
La Cámara declaró la inconstitucionalidad de la resolución 69/09 del Incucai en tanto establece la obligatoriedad de la donación para "uso alogénico", es decir no excluyentemente para el bebé del cual se extraen.
No obstante, el dictamen deja abierta la posibilidad de que tal obligatoriedad pueda ser sancionada mediante una ley específica. En tal caso, debería plantearse nuevamente la situación para determinar si la donación obligatoria es o no válida constitucionalmente.
Según el dictamen, el Incucai incurrió en un "exceso de reglamentación" al establecer la obligatoriedad de la donación de las células que se extraen del cordón umbilical del bebé al momento del nacimiento, y que según la ciencia médica contribuiría a la cura de enfermedades como la diabetes y el Alzheimer.
La procuradora adjunta aconsejó a la Corte confirmar un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que hizo lugar a una acción de amparo planteada por una particular identificada como Marina Edith Calabró, oponiéndose a la donación obligatoria de las células madre.
La Cámara declaró la inconstitucionalidad de la resolución 69/09 del Incucai en tanto establece la obligatoriedad de la donación para "uso alogénico", es decir no excluyentemente para el bebé del cual se extraen.
No obstante, el dictamen deja abierta la posibilidad de que tal obligatoriedad pueda ser sancionada mediante una ley específica. En tal caso, debería plantearse nuevamente la situación para determinar si la donación obligatoria es o no válida constitucionalmente.
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