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Hoy - Impacto en 4,1 millones de trabajadores
Domingo 24 de Junio de 2012 - 00:03 hs
Más asalariados pierden ingresos por Ganancias y el salario familiar
La no actualización del mínimo no imponible y de las escalas salariales sobre las que se calcula el impuesto les resta ingresos a 1,8 millón de trabajadores. Además, 2,3 millones perdieron en forma total o parcial la asignación familiar.
En 2001, 437.492 trabajadores en relación de dependencia –menos del 10% del total– estuvieron alcanzados por el impuesto a las Ganancias y casi ningún jubilado tributaba ese impuesto . Este año l os empleados que registran descuentos por Ganancias suman unos 1.850.000 , más del 20% del total. Y más de 200.000 jubilados. En tanto, la renta financiera sigue exenta.
Que se haya más que duplicado la proporción de los trabajadores alcanzados por Ganancias no se debe a que los ingresos de tanta gente hayan mejorado en términos reales con relación a 2001. La explicación es que durante varios años (2003, 2004, 2008, 2010) el Gobierno no subió el tope salarial (el hoy discutido “mínimo no imponible” o MNI ) a partir del cual el trabajador empieza a pagar Ganancias. Y en los años que lo aumentó, fue menos que la inflación.
Hoy pagan Ganancias los que, luego de los descuentos de jubilación y salud, ganan más de $ 5.782 y los casados con 2 hijos que cobran más de $ 7.998 mensuales.
Tanto o más grave es que no actualizaron las escalas salariales sobre las que se aplican las alícuotas: siguen congeladas en los valores del año 2000 . Eso lleva a que los trabajadores y jubilados pasen a pagar tasas crecientes. Hoy el primer tramo llega hasta los $ 10.000, a una tasa del 9%, cuando debería abarcar hasta los $ 45.000. Eso lleva a que rápidamente los trabajadores paguen tasas o alícuotas del 14%, 19%, 23% y hasta del 35%.
Un informe del Centro de investigación CIFRA, vinculado a la CTA oficialista de Hugo Yasky, señala que con relación a Ganancias, más trabajadores pasaron a pagar ese impuesto y muchos que no pagaban, fueron alcanzados por el impuesto. Lo dice así: “Para aquellos que ya pagaban el impuesto, el hecho de que el incremento del MNI haya sido inferior respecto del aumento de los salarios nominales tiene como resultado la existencia de una ganancia sujeta a impuesto mayor a la del periodo previo. De esta manera, al ser mayor la base sobre la cual se aplica el impuesto, la tributación al Fisco es superior”.
Los que por “percibir ingresos menores al MNI no tributaban Ganancias, dado que los salarios se incrementaron por encima del MNI, quedan alcanzados por el impuesto”.
Al no actualizar las escalas, “cada vez son más los asalariados que ingresan en la segunda o tercera escala y deben tributar más impuestos”. Con relación a este punto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas señala “que la falta de actualización genera una regresividad al sistema tal que produce un incremento de, aproximadamente, entre el 40 y 50% en la tasa efectiva del impuesto a ser ingresado”.
CIFRA calcula que para mantener los valores de 2008, el mínimo no imponible debería ser de $ 9.800 para el empleado sin cargas de familia y de $ 13.500 para los casados con 2 hijos. Y en lugar de $ 10.000, “la primera escala debería tener un tope de $ 45.000”.
En cambio, y según detalla el Consejo Profesional, “los individuos están hoy eximidos del pago del tributo cuando reciben intereses de depósitos bancarios, rentas derivadas de títulos públicos, de obligaciones negociables, de certificados de participación en fideicomisos, de fondos comunes de inversión, dividendos de acciones, resultados de la negociación de acciones, de moneda extranjera y de pases o cauciones bursátiles”.
Que se haya más que duplicado la proporción de los trabajadores alcanzados por Ganancias no se debe a que los ingresos de tanta gente hayan mejorado en términos reales con relación a 2001. La explicación es que durante varios años (2003, 2004, 2008, 2010) el Gobierno no subió el tope salarial (el hoy discutido “mínimo no imponible” o MNI ) a partir del cual el trabajador empieza a pagar Ganancias. Y en los años que lo aumentó, fue menos que la inflación.
Hoy pagan Ganancias los que, luego de los descuentos de jubilación y salud, ganan más de $ 5.782 y los casados con 2 hijos que cobran más de $ 7.998 mensuales.
Tanto o más grave es que no actualizaron las escalas salariales sobre las que se aplican las alícuotas: siguen congeladas en los valores del año 2000 . Eso lleva a que los trabajadores y jubilados pasen a pagar tasas crecientes. Hoy el primer tramo llega hasta los $ 10.000, a una tasa del 9%, cuando debería abarcar hasta los $ 45.000. Eso lleva a que rápidamente los trabajadores paguen tasas o alícuotas del 14%, 19%, 23% y hasta del 35%.
Un informe del Centro de investigación CIFRA, vinculado a la CTA oficialista de Hugo Yasky, señala que con relación a Ganancias, más trabajadores pasaron a pagar ese impuesto y muchos que no pagaban, fueron alcanzados por el impuesto. Lo dice así: “Para aquellos que ya pagaban el impuesto, el hecho de que el incremento del MNI haya sido inferior respecto del aumento de los salarios nominales tiene como resultado la existencia de una ganancia sujeta a impuesto mayor a la del periodo previo. De esta manera, al ser mayor la base sobre la cual se aplica el impuesto, la tributación al Fisco es superior”.
Los que por “percibir ingresos menores al MNI no tributaban Ganancias, dado que los salarios se incrementaron por encima del MNI, quedan alcanzados por el impuesto”.
Al no actualizar las escalas, “cada vez son más los asalariados que ingresan en la segunda o tercera escala y deben tributar más impuestos”. Con relación a este punto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas señala “que la falta de actualización genera una regresividad al sistema tal que produce un incremento de, aproximadamente, entre el 40 y 50% en la tasa efectiva del impuesto a ser ingresado”.
CIFRA calcula que para mantener los valores de 2008, el mínimo no imponible debería ser de $ 9.800 para el empleado sin cargas de familia y de $ 13.500 para los casados con 2 hijos. Y en lugar de $ 10.000, “la primera escala debería tener un tope de $ 45.000”.
En cambio, y según detalla el Consejo Profesional, “los individuos están hoy eximidos del pago del tributo cuando reciben intereses de depósitos bancarios, rentas derivadas de títulos públicos, de obligaciones negociables, de certificados de participación en fideicomisos, de fondos comunes de inversión, dividendos de acciones, resultados de la negociación de acciones, de moneda extranjera y de pases o cauciones bursátiles”.
Fuente: Clarín
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