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Jueves 21 de Junio de 2012 - 13:30 hs
Vence el plazo para la declaración jurada anual por el DREI
El Derecho de Registro e Inspección (DReI) es un tributo municipal que se debe abonar por el ejercicio de cualquier comercio, industria, negocio o actividad a título oneroso, lucrativa o no, desarrollada dentro de la ciudad. Alcanza a unos 13 mil contribuyentes, que deben presentar la Declaración Jurada Anual.
El trámite se realiza vía Internet desde el año 2009, con lo que se facilita el cumplimiento de la obligación tributaria a los contribuyentes, sin necesidad de movilizarse, otorgando un servicio similar al utilizado por los otros organismos fiscales provinciales y nacionales. El Aplicativo para la presentación está disponible en la página web del Gobierno de la Ciudad (www.santafeciudad.gov.ar), ingresando al sitio DReI, en el apartado Declaración Jurada Anual.
Para un mejor funcionamiento del sistema, este año se fijaron diferentes plazos para cumplir con el trámite, de acuerdo con la terminación del CUIT del contribuyente. Así, aquellos cuyo número termina en 0 y 1, deberán realizar su presentación antes del 25 de junio. Para los que termina en 2 y 3, el vencimiento es el 27; y el 29 de junio para los finalizados en 4 y5. En tanto, el 2 de julio vence el plazo para los contribuyentes cuyo CUIT termina en 6 y 7; y el 4 de julio para los que finaliza en 8 y 9.
Para consultas, dirigirse a la Ventanilla de Atención a Empresas Planta Baja del Palacio Municipal o a los teléfonos 0342-4508029 y 4508074.
El trámite se realiza vía Internet desde el año 2009, con lo que se facilita el cumplimiento de la obligación tributaria a los contribuyentes, sin necesidad de movilizarse, otorgando un servicio similar al utilizado por los otros organismos fiscales provinciales y nacionales. El Aplicativo para la presentación está disponible en la página web del Gobierno de la Ciudad (www.santafeciudad.gov.ar), ingresando al sitio DReI, en el apartado Declaración Jurada Anual.
Para un mejor funcionamiento del sistema, este año se fijaron diferentes plazos para cumplir con el trámite, de acuerdo con la terminación del CUIT del contribuyente. Así, aquellos cuyo número termina en 0 y 1, deberán realizar su presentación antes del 25 de junio. Para los que termina en 2 y 3, el vencimiento es el 27; y el 29 de junio para los finalizados en 4 y5. En tanto, el 2 de julio vence el plazo para los contribuyentes cuyo CUIT termina en 6 y 7; y el 4 de julio para los que finaliza en 8 y 9.
Para consultas, dirigirse a la Ventanilla de Atención a Empresas Planta Baja del Palacio Municipal o a los teléfonos 0342-4508029 y 4508074.
Fuente: municipalidad de santa fe
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