La Cámara de Apelaciones revocó el fallo de primera instancia y condenó a 12 años de prisión al profesor de Educación Física Juan Trigatti por el abuso sexual de cinco niñas en el jardín Ceferino Namuncurá.
El tribunal conformado por los jueces Jorge Andrés, Sebastián Creus y Alejandro Tizón anuló la absolución dispuesta en octubre de 2024 y consideró a Trigatti autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual simple agravados por ser el encargado de la educación de las víctimas.
En su resolución, la Cámara da por "probados los hechos cometidos en perjuicio de las niñas D.M.Q., M.A.R.,J.Y.A.,J.A.C. y M.L.B" y ordena "revocar parcialmente la sentencia de primera instancia en este aspecto, condenándose a Juan Francisco Trigatti por los hechos por los que fuera acusado", siendo estos hechos, concretamente, tocamientos en las partes íntimas de las menores del jardín durante supuestos 'juegos' en las clases de gimnasia.
Además, los magistrados hacen especial hincapié en "la función de educador que se encontraba cumpliendo el imputado con las niñas, que le permitió tener acceso a momentos donde pudo aprovecharse de ellas, violando de esta manera un deber especial positivo inherente a su cargo", y cuestionan fuertemente que los abusos "fueron llevados adelante a plena luz del día, frente a otros niños".
Para definir el monto de la pena, el tribunal consignó como atenuantes a favor de Trigatti que el docente no contaba con antecedentes condenatorios, "que no se ha podido comprobar la reiteración de hechos sobre una misma niña" y que cuenta con "arraigo familiar y laboral". Por ello, desoyó el pedido de las querellas y la Fiscalía de 25 años de prisión, y le otorgó 12 años.
