Ante la inminente aplicación de la portabilidad numérica en el sistema de telefonía celular, que permite a los usuarios migrar de empresa sin perder el numero de línea que posee, el diputado nacional Jorge Mario Alvarez (UCR - Santa Fe) manifestó la necesidad que se trate un proyecto de su autoría que obliga a las empresas a vender teléfonos desbloqueados. El pedido del legislador se funda en que para poder mudar de prestadora es necesario no poseer ningún tipo de deuda, incluso las generadas por los subsidios que las empresas otorgan por la compra de equipos y obliga a permanecer por un extenso lapso de tiempo sin modificaciones en las condiciones comerciales, caso contrario se deben pagar onerosos cargos.
Por otra parte Alvarez destaco la inacción del gobierno nacional, que en el 2000 dicto el Reglamentos de Licencias para Servicios de Telecomunicaciones, donde se disponía la aplicación de la portabilidad numérica y se demoro hasta la actualidad en darle operatividad.
En la actualidad las empresas de telefonía celular ofrecen a los consumidores la venta de equipos de comunicación en condiciones de ser utilizados únicamente en la red de su propiedad. Aquellos usuarios que quieren migrar a otra empresa se ven obligados a comprar un nuevo equipo o a desbloquearlos abonando cargos. En el mes de marzo va a ser operativa la ley de portabilidad y el primer inconveniente que los usuarios tendrán es que para poder acceder a este beneficio deberán estar al día con todos los cargos que la empresa les imponga, y uno de ellos, tal vez el mas oneroso, es la multa que se debe abonar por adquirir terminales con precios promocionales y no cumplir con los plazos de permanencia impuestos.
Es evidente que no podrá salvarse las situaciones de contratos firmados con anterioridad a la aprobación del presente proyecto, pero es necesario evitar que la empresa utilice condiciones comerciales de este tipo para retener a sus abonados.
Por otra parte, esta situación contribuye a que se vulnere el derecho consagrado en el artículo 42º de la Constitución Nacional, donde se expresa que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de sus "intereses económicos" y a la "libertad de elección". Agrega que "las autoridades proveerán a la protección de esos derechos", "a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos".
Evidentemente, la realidad actual en materia de venta de equipos de telefonía celular se da de bruces contra este máximo precepto instaurado por los constitucionalistas en la reforma de 1994, en lo que dieron en llamarse "Nuevos derechos y garantías".
Además, el artículo 22 del reglamento aludido en el párrafo anterior dicta que "será nula de pleno derecho y se tendrá por no escrita, toda cláusula o disposición incluida en los contratos que restrinjan, alteren o distorsionen la plena vigencia de una efectiva y libre competencia en la prestación de los Servicios de Comunicaciones Móviles". Es evidente que la venta de equipos que sólo se pueden utilizar en una sola prestadora está violando esta norma.
En otro sentido, el decreto 764/2000 del Poder Ejecutivo Nacional estableció la portabilidad numérica. Dicha norma, permite a los usuarios migrar de empresa sin perder su número. Esta disposición reglamentaria tiene su correlato lógico en la norma que aquí se propone: la situación actual limita la portabilidad numérica de hecho, ya que el consumidor tiene el derecho de mudarse de prestadora, pero podría sentirse sin posibilidades de concretarlo debido al costo que le originaría pagar los cargos de desbloqueo que las prestatarias cobran en la actualidad.
Asimismo, el Decreto 764 fue sancionado en el 2000 y recién ahora fue puesto en funcionamiento. Esta mora ha impedido a los usuarios gozar de este beneficio en forma directa, e indirectamente de otros que se derivan, como es la competitividad que deviene de la posibilidad de poder migrar entre empresas sin perder el propio numero, ocasionando, seguramente, mayores costos en los abonos que debieron pagar los usuarios.
Cabe destacar que hay antecedentes en la región que ya han avanzado en el sentido de esta norma. Es el caso de Brasil y Chile, que ya ha sancionado la portabilidad numérica y la obligatoriedad de venta de equipos liberados; esta disposición ha impactado favorablemente a favor de los consumidores y la competencia.
Lunes 06 de Febrero de 2012 - 00:08 hs
Solicitan agilizar un proyecto para obligar a las empresas a vender teléfonos desbloqueados
Fuente: prensa diputado alvarez