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Martes 12 de Julio de 2011 - 14:20 hs
Presentan amparo contra la prohibición del "rubro 59"
El diario Río Negro, que se distribuye en las provincias de Río Negro y Neuquén, promovió una acción de amparo contra el Gobierno nacional por considerar que el decreto 936 que prohibe la publicación de avisos de oferta sexual es "inconstitucional", "lesivo de la libertad de expresión" y "discriminatorio del libre ejercicio de una actividad lícita".
En el medio, la publicación de estos avisos se realiza a través del rubro 66.
Según la presentación efectuada ante la Justicia el viernes, la disposición presidencial "se enmarca en un paternalismo estatal intolerable en una sociedad moderna y democrática", ya que a su juicio "el Estado no puede imponer modelos de vida, ni incidir en la libre elección de nuestros consumos, sean éstos los que fueren".
La presentación del escrito, que solicitó la suspensión de la norma a través de una medida cautelar de "no innovar", se realizó ante el juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Nacional.
El decreto, cuya firma anunció la presidenta Cristina Fernández la semana pasada, comprende "todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas, resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades" vinculadas al comercio sexual.
Sin embargo, la acción judicial realizada por el periódico se defiende alegando que "en la República Argentina no se prohibe cobrar por sexo, si la decisión de quien ofrece el servicio es libre y consentida; por lo tanto, la publicidad de esos servicios es perfectamente lícita".
En el recurso, Río Negro sostuvo que "la trata de personas con fines sexuales es un delito aberrante", pero remarcó que la prohibición "no se revela como preventiva del delito que se pretende de ese modo combatir".
Añadió al respecto que porque los accidentes de tránsito vehicular son una de las principales causas de muerte en la Argentina, no por eso "debe prohibirse publicar avisos de venta de vehículos como mecanismo tendiente a la disminución de la comisión de delitos contra la vida e integridad de las personas".
Fuentes del diario Río Negro explicaron que ese medio "aplica restricciones" para evitar publicar avisos que encubran conductas de proxenetismo o trata de personas, como pedir documento de identidad a quien los ordena, que sea mayor de edad y acreditar la titularidad del anunciante de la línea de teléfono que incluye en el aviso, mientras que no se permite la publicación de avisos a terceros, en representación de otras personas.
Desde el medio señalaron que "el decreto refleja un error conceptual por parte del Gobierno, porque ejercer la prostitución no es un delito en la Argentina" y que por ese motivo se tomó la decisión de seguir publicando los avisos clasificados en el rubro 66. No obstante, en una nota publicada por el mismo medio, en donde detallan sus argumentaciones, los comentaristas y lectores critican con dureza la decisión.
En el medio, la publicación de estos avisos se realiza a través del rubro 66.
Según la presentación efectuada ante la Justicia el viernes, la disposición presidencial "se enmarca en un paternalismo estatal intolerable en una sociedad moderna y democrática", ya que a su juicio "el Estado no puede imponer modelos de vida, ni incidir en la libre elección de nuestros consumos, sean éstos los que fueren".
La presentación del escrito, que solicitó la suspensión de la norma a través de una medida cautelar de "no innovar", se realizó ante el juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Nacional.
El decreto, cuya firma anunció la presidenta Cristina Fernández la semana pasada, comprende "todos aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas, resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades" vinculadas al comercio sexual.
Sin embargo, la acción judicial realizada por el periódico se defiende alegando que "en la República Argentina no se prohibe cobrar por sexo, si la decisión de quien ofrece el servicio es libre y consentida; por lo tanto, la publicidad de esos servicios es perfectamente lícita".
En el recurso, Río Negro sostuvo que "la trata de personas con fines sexuales es un delito aberrante", pero remarcó que la prohibición "no se revela como preventiva del delito que se pretende de ese modo combatir".
Añadió al respecto que porque los accidentes de tránsito vehicular son una de las principales causas de muerte en la Argentina, no por eso "debe prohibirse publicar avisos de venta de vehículos como mecanismo tendiente a la disminución de la comisión de delitos contra la vida e integridad de las personas".
Fuentes del diario Río Negro explicaron que ese medio "aplica restricciones" para evitar publicar avisos que encubran conductas de proxenetismo o trata de personas, como pedir documento de identidad a quien los ordena, que sea mayor de edad y acreditar la titularidad del anunciante de la línea de teléfono que incluye en el aviso, mientras que no se permite la publicación de avisos a terceros, en representación de otras personas.
Desde el medio señalaron que "el decreto refleja un error conceptual por parte del Gobierno, porque ejercer la prostitución no es un delito en la Argentina" y que por ese motivo se tomó la decisión de seguir publicando los avisos clasificados en el rubro 66. No obstante, en una nota publicada por el mismo medio, en donde detallan sus argumentaciones, los comentaristas y lectores critican con dureza la decisión.
Fuente: perfil.com
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