La jueza de la Investigación Penal Preparatoria Sandra Valenti dispuso la inconstitucionalidad del decreto firmado por el gobernador Miguel Lifschitz en noviembre de 2016, aunque lo hizo con respecto a “casos concretos y puntuales, debido a recursos interpuestos por abogados defensores con respecto a condenados en Coronda”, y no con referencia a la norma en sí misma.
Así lo aclaró por LT10 la magistrada, quien explicó que su resolución tiene como fundamento que la reglamentación de Lifschitz se intentó aplicar en forma retroactiva, lo cual “viola el principio de legalidad penal”.
Valenti dijo, no obstante, que en determinadas circunstancias el decreto podría tener validez para presos condenados, pero aclaró que “estas decisiones nunca pueden afectar normas de contenido general y dictadas por el Congreso. Son normas operativas para aplicar leyes, no para modificar sustancialmente su espíritu”.
Los casos
Uno de los casos que motivaron el fallo de Valenti es el de un preso llamado Walter R. que es un condenado por una amenaza con un arma de fuego, declarado reincidente. En determinado momento de su pena obtuvo salidas transitorias pero como incumplió el compromiso de retornar al ser capturado perdió el beneficio.
Pasado el tiempo estuvo en situación legal de pedir otra vez las salidas. Pero al hacerlo ya regía el decreto 4127/16 que indica en su artículo 127 que al reincidente se le baja el concepto, con lo cual el juez de Ejecución negará el egreso. Por eso a Walter R. le rechazaron el pedido pese a que no tenía ningún informe negativo en su contra.
La defensora pública rosarina Daniela Asinari dijo que tal cosa era inconstitucional y apeló en una audiencia en los Tribunales de Santa Fe. Señaló que la ley no hace ninguna distinción entre reincidente y no reincidente y que sólo establece en qué momento de la pena, con fines de rehabilitación, un condenado tiene derecho a requerir salidas.
También remarcó que su defendido había hecho un esfuerzo muy grande adentro de la cárcel para superarse y observar un buen comportamiento. La fiscal Guillermina Aiello estuvo de acuerdo en que el artículo 127 no podía ser aplicado a condenados por hechos anteriores al decreto de noviembre pasado.
Finalmente la jueza Sandra Valenti, tras escuchar a las partes, declaró inconstitucional el artículo 127 del decreto, con lo que pidió que se volviera a calificar la conducta de Walter R.
Para la jueza el decreto cambia líneas básicas de la política penitenciaria que repercute en forma sustancial en la ejecución de la pena de los internos. Y lo hace de manera cuestionable porque modifica las reglas de juego quitando derechos que el preso tenía de antemano.
La jueza Valenti entendió que no pueden con un decreto "excluirse o afectarse derechos de personas por su calidad o por haber cometido determinados delitos graves pues no sólo afecta el principio de resocialización sino el de igualdad".
El interno no tenía ningún reproche de conducta tras haber retornado a prisión pero perdió la posibilidad de salir porque la norma de noviembre le bajaba el concepto por ser reincidente. Ese obrar de parte de la institución penitenciaria fue, para la jueza, contraria a la lógica y por ello arbitraria. Con ello, para la magistrada, el Estado conspira contra la rehabilitación del interno, que para ello obtiene salidas, y por lo tanto termina segregando.
Extralimitado
Asinari, que es responsable de la Unidad de Defensa de Ejecución Penal de la Defensoría Regional de Rosario, destacó la solidez del fallo. "Lo que dijo la jueza tiene fundamentos que lo extienden a todos los casos de condenados que cumplen pena en la provincia y obligan al Servicio Penitenciario a no aplicar el decreto de noviembre pasado. El Poder Ejecutivo se extralimitó. En el sistema jurídico argentino la razón de ser de la pena es la resocialización de las personas. Un decreto como este conspira contra ese objetivo porque dificulta al máximo las nuevas oportunidades al reincidente o al que cometió delitos graves. Se inspira en conceptos peligrosistas que niegan la esperanza en el hombre generando incentivos perversos que alientan el no esfuerzo, el no cambio".