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Miércoles 31 de Agosto de 2011 - 08:58 hs
Un fallo limita en el Chaco las fumigaciones con agroquímicos
En una medida preventiva y precautoria dictada en dos sentencias, el Supremo Tribunal de Justicia de la provincia de Chaco confirmó una medida que les pone límites a las fumigaciones terrestres y aéreas con agroquímicos, que serán de 1000 metros de escuelas y viviendas, en el primer caso, y de 2000 metros, en el segundo.
La causa había sido iniciada con un recurso de amparo por vecinos de la localidad de La Leonesa contra las arroceras Cancha Larga y San Carlos, además del municipio local y el de Las Palmas, otra localidad cercana a La Leonesa. Los vecinos denunciaron el aumento de los casos de cáncer, malformaciones y leucemia, además de la contaminación del agua. Entre sus planteos pidieron restricciones para las pulverizaciones cercanas a sus hogares.
Los productos fitosanitarios en la mira son varios químicos, entre otros el herbicida glifosato y el endosulfán, este último recientemente prohibido para su comercialización desde julio de 2013 por parte del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
Para este caso, la Justicia, que en primera y segunda instancia ya se había pronunciado en favor del reclamo, actuó de manera preventiva y precautoria.
"Es una medida preventiva. Actuamos como órgano de última instancia y confirmamos que no se podrá hacer ninguna aplicación con herbicidas a esas distancias. Aplicamos el principio de que hay que evitar cualquier daño contra el medio ambiente, la salud y la vida", señaló a La Nacion Rolando Toledo, presidente de la Sala Civil, Comercial y Laboral del Supremo Tribunal de Justicia de Chaco. Toledo firmó las sentencias 313 y 314 junto a la otra integrante de la sala, la jueza María Luisa Lucas.
Para Toledo, si bien en principio la medida es para la arroceras, si puede "comprobarse determinada situación dañosa" también tendría aplicación para otros cultivos. Chaco produce tanto arroz como soja, maíz y girasol, por ejemplo.
El juez dijo que se tomaron en cuenta informes del Ministerio de Salud chaqueño y de la Comisión de Investigación de Contaminantes del Agua provincial. Toledo indicó que, según este último organismo, en la última década en La Leonesa se triplicaron los casos de cáncer en niños y subieron 400% las malformaciones en recién nacidos.
Pero el fallo cosechó críticas entre entidades vinculadas con la producción y la elaboración de agroquímicos. Para Gastón Fernández Palma, presidente de la Asociación de Productores en Siembra Directa (Aapresid), la medida judicial tiene "más connotaciones políticas que técnicas".
Agregó que no establece ninguna causa directa entre las patologías y las aplicaciones. "¿Qué fundamentos técnicos tiene [el fallo] ? Si se aplica el principio precautorio así, con ese criterio prohibamos los automóviles porque emiten gases tóxicos y el cigarrillo porque provoca cáncer", señaló Fernández Palma, que además de productor es médico desde hace décadas.
Desde la Cámara Argentina de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes, (Casafe), que agrupa a firmas productoras de agroquímicos, Juan Cruz Jaime, su director ejecutivo, opinó: "En Casafe no estamos de acuerdo en imponer distancias de fumigación sin sustento técnico-científico". El ejecutivo de la entidad agregó: "En Casafe queremos dejar en claro que los fitosanitarios que se usan en el país han pasado por las más rigurosas pruebas del Senasa, necesarias para darle seguridad a la población de que no estamos manipulando productos que dañen la salud".
Un productor chaqueño, que pidió reserva de su nombre, se mostró preocupado por una seguidilla de fallos que puedan limitar la producción. Y comentó: "Las arroceras no generan problemas al ambiente alrededor. De hecho, mucha gente va a pescar ahí y nunca hubo un problema por un pescado muerto o en mal estado o que haya causado alguna enfermedad".
Por último, el diputado chaqueño Carlos Martínez (Libres del Sur), que apoyó el reclamo de los vecinos, dijo que la medida es "auspiciosa, pone las cosas en su lugar y es un antecedente jurisprudencial importante".
La causa había sido iniciada con un recurso de amparo por vecinos de la localidad de La Leonesa contra las arroceras Cancha Larga y San Carlos, además del municipio local y el de Las Palmas, otra localidad cercana a La Leonesa. Los vecinos denunciaron el aumento de los casos de cáncer, malformaciones y leucemia, además de la contaminación del agua. Entre sus planteos pidieron restricciones para las pulverizaciones cercanas a sus hogares.
Los productos fitosanitarios en la mira son varios químicos, entre otros el herbicida glifosato y el endosulfán, este último recientemente prohibido para su comercialización desde julio de 2013 por parte del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
Para este caso, la Justicia, que en primera y segunda instancia ya se había pronunciado en favor del reclamo, actuó de manera preventiva y precautoria.
"Es una medida preventiva. Actuamos como órgano de última instancia y confirmamos que no se podrá hacer ninguna aplicación con herbicidas a esas distancias. Aplicamos el principio de que hay que evitar cualquier daño contra el medio ambiente, la salud y la vida", señaló a La Nacion Rolando Toledo, presidente de la Sala Civil, Comercial y Laboral del Supremo Tribunal de Justicia de Chaco. Toledo firmó las sentencias 313 y 314 junto a la otra integrante de la sala, la jueza María Luisa Lucas.
Para Toledo, si bien en principio la medida es para la arroceras, si puede "comprobarse determinada situación dañosa" también tendría aplicación para otros cultivos. Chaco produce tanto arroz como soja, maíz y girasol, por ejemplo.
El juez dijo que se tomaron en cuenta informes del Ministerio de Salud chaqueño y de la Comisión de Investigación de Contaminantes del Agua provincial. Toledo indicó que, según este último organismo, en la última década en La Leonesa se triplicaron los casos de cáncer en niños y subieron 400% las malformaciones en recién nacidos.
Pero el fallo cosechó críticas entre entidades vinculadas con la producción y la elaboración de agroquímicos. Para Gastón Fernández Palma, presidente de la Asociación de Productores en Siembra Directa (Aapresid), la medida judicial tiene "más connotaciones políticas que técnicas".
Agregó que no establece ninguna causa directa entre las patologías y las aplicaciones. "¿Qué fundamentos técnicos tiene [el fallo] ? Si se aplica el principio precautorio así, con ese criterio prohibamos los automóviles porque emiten gases tóxicos y el cigarrillo porque provoca cáncer", señaló Fernández Palma, que además de productor es médico desde hace décadas.
Desde la Cámara Argentina de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes, (Casafe), que agrupa a firmas productoras de agroquímicos, Juan Cruz Jaime, su director ejecutivo, opinó: "En Casafe no estamos de acuerdo en imponer distancias de fumigación sin sustento técnico-científico". El ejecutivo de la entidad agregó: "En Casafe queremos dejar en claro que los fitosanitarios que se usan en el país han pasado por las más rigurosas pruebas del Senasa, necesarias para darle seguridad a la población de que no estamos manipulando productos que dañen la salud".
Un productor chaqueño, que pidió reserva de su nombre, se mostró preocupado por una seguidilla de fallos que puedan limitar la producción. Y comentó: "Las arroceras no generan problemas al ambiente alrededor. De hecho, mucha gente va a pescar ahí y nunca hubo un problema por un pescado muerto o en mal estado o que haya causado alguna enfermedad".
Por último, el diputado chaqueño Carlos Martínez (Libres del Sur), que apoyó el reclamo de los vecinos, dijo que la medida es "auspiciosa, pone las cosas en su lugar y es un antecedente jurisprudencial importante".
Fuente: lanacion.com
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