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Viernes 23 de Mayo de 2014 - 22:13 hs

La Assal prohibió y decomisó tres nuevos productos

Actualizado: Jueves 10 de Marzo de 2016 - 04:24 hs

 El Ministerio de salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), dispuso la prohibición en todo el territorio provincial y el decomiso de los productos Aceite de Oliva Extra Virgen “Nuestro Tiempo”, Queso Rallado “Rosalat” y Fideos al Huevo “Karimar”.

El primero de los productos, es fraccionado por la firma Nuestro Tiempo con domicilio en la provincia de San Juan, el queso rallado, es elaborado por Ceos SRL, emplazada en avenida Rosario 2461 de Rosario y los fideos al huevo con planta elaboradora en avenida Perón Nº 1305 de Vera.

En ese marco, el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, explicó que en el caso del Aceite de Oliva Extra Virgen “Nuestro Tiempo”, la autoridad sanitaria de San Juan informó que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) indicado en el rótulo “pertenece a otra firma la cual al día de la fecha se encuentra vencida y que no posee registrado el producto indicado”, en tanto que el Protocolo de Análisis Nº 011012 de la Agencia, concluyó “que el producto no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente (LAV) con motivo por carecer de registros”.

Respecto del queso rallado “Rosalat” precisó que el producto referido, –indicado en el RNE– correspondería a la jurisdicción de la provincia de Entre Ríos y que la autoridad sanitaria citada informó que “el registro no es válido porque no tiene certificación actualizada”.

En relación a los fideos al huevo “Karimar”, sostuvo el funcionario que el Protocolo de Análisis Nº 11.114 de la Assal, concluyó que el producto “no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente ya que el RNE se encuentra dado de baja careciendo asimismo, de producto inscripto”.

“En ese marco de situación –continuó Samitier– la falta de RNE no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”.

Cuando ello ocurre, se indicó que desde la agencia se debe “garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos” por cuanto se deben “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.

Finalmente se hizo hincapié en que todo lo expresado, configura “una infracción a lo establecido en Código Alimentario Argentino”.

Fuente: Prensa gobierno de Santa Fe

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