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LT10 - Santa Fe en alerta
Viernes 13 de Septiembre de 2013 - 18:25 hs
Declaran la emergencia agropecuaria en cuatro departamentos del norte
El decreto 2795 del Poder Ejecutivo incluye además a 12 distritos del departamento San Justo. La medida rige desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre de 2013.
Mediante el decreto Nº 2795 firmado por el gobernador Antonio Bonfatti, la provincia de Santa Fe declaró en situación de emergencia y/o desastre agropecuario desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre de 2013 a las explotaciones agropecuarias afectadas por prolongada sequía e intensas heladas, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los distritos de los departamentos 9 de Julio, San Cristóbal, Vera y General Obligado y a los distritos Colonia Dolores, Gobernador Crespo, La Camila, La Criolla, La Penca y Caraguatá, Marcelino de Escalada, Pedro Gómez Cello, Ramayón, San Justo, San Martín Norte, Colonia Silva, y Vera y Pintado del departamento San Justo.
El decreto detalla además que los productores comprendidos en dichas áreas geográficas deberán completar un formulario de declaración jurada en el municipio o comuna respectiva. Dicho formulario será tomado como base para la emisión del certificado que será extendido por el Ministerio de la Producción y a través del cual acreditarán su situación.
Por otra parte en el artículo 5° de dicho decreto se detalla que se suspende, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, inciso b) de la Ley N° 11297, por 180 días después de finalizado el período de emergencia agropecuaria, la iniciación y sustanciación de los juicios y acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.
Cabe recordar que la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria en su reunión del pasado 3 de setiembre había decidido recomendar al Poder Ejecutivo Provincial la adopción de medidas que contribuyen a superar las adversidades derivadas de esas situaciones de sequía y de fuertes heladas.
El decreto detalla además que los productores comprendidos en dichas áreas geográficas deberán completar un formulario de declaración jurada en el municipio o comuna respectiva. Dicho formulario será tomado como base para la emisión del certificado que será extendido por el Ministerio de la Producción y a través del cual acreditarán su situación.
Por otra parte en el artículo 5° de dicho decreto se detalla que se suspende, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, inciso b) de la Ley N° 11297, por 180 días después de finalizado el período de emergencia agropecuaria, la iniciación y sustanciación de los juicios y acciones administrativas iniciadas por el cobro de impuestos.
Cabe recordar que la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria en su reunión del pasado 3 de setiembre había decidido recomendar al Poder Ejecutivo Provincial la adopción de medidas que contribuyen a superar las adversidades derivadas de esas situaciones de sequía y de fuertes heladas.
Fuente: Prensa gobierno de Santa Fe
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