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LT10 - Por operaciones de derivados
Viernes 11 de Enero de 2013 - 16:17 hs
Bolsas y mercados pidieron una audiencia a Echegaray
Las entidades pretenden analizar con el titular de la AFIP distintas alternativas que permitan cumplir con la Resolución General N° 3421. Esa resolución estableció el nuevo régimen de registración e información de operaciones con derivados.
Las Bolsas de Cereales y los Mercados a Término del país reiteraron un pedido de audiencia al Administrador Federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, con el objetivo de evaluar alternativas que permitan cumplir con los objetivos perseguidos de la Resolución General N°3421, publicada en el Boletín Oficial del 26-12-12, que incorpora un nuevo régimen de información y registración de las operaciones con instrumentos y contratos derivados.
En tal sentido, las Bolsas de Cereales de Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, Entre Ríos, las Bolsas de Comercio de Rosario y Santa Fe, junto con el Mercado a Término de Buenos Aires (MATBA) y el Mercado a Término de Rosario (ROFEX), efecturon este miércoles 9 de diciembre una presentación a la AFIP en la que además se solicita una prórroga de al menos 90 días para la entrada en vigencia del nuevo régimen.
Según advierten las entidades , el nuevo régimen “constituye una complicación importante para la operatoria de los mercados de futuro, institucionalizados y no institucionalizados, que puede impactar seriamente en su volumen de negocios”. Esta visión se funda en que los sujetos obligados por la norma son los propios contribuyentes del impuesto a las ganancias, en tanto que en otras actividades los agentes de información son intermediarios o prestadores de servicios (entidades financieras, agentes y sociedades de bolsa, administradoras de tarjeta de crédito, entidades autorizadas a operar en cambios, etc.).
Consideran las entidades que “muchos de los sujetos que realizan operaciones de futuro y opciones (productores agropecuarios, acopios, cooperativas, molinos, aceiteras, etc.), en particular cuando se trata de pequeñas y medianas empresas, no cuentan con una estructura y organización administrativa que les permita cumplir con la obligación de registrar cada operación, en forma directa a través de transferencia electrónica al sitio web del organismo mediante el uso de su clave fiscal”.
Asimismo, las entidades entienden que el objetivo de la AFIP de contar con datos respecto de los negocios de derivados podría lograrse a través de información suministrada por los propios Mercados u otros actores.
En relación a las operaciones de derivados llamadas “forward”, las Bolsas y Mercados a Término consideran que “es necesario aclarar que dentro de estas operaciones no se incluyen los contratos forwards de granos, ya que los mismos son operaciones estrictas de compraventa y no de cobertura, que desde el año 2009 ya se registran ante la AFIP conforme lo establece la RG 2596 y sus modificatorias”.
Por último, y atendiendo a que la normativa en cuestión ha sido publicada el 26 de diciembre pasado y entrado en vigencia a partir del 1° de enero, las entidades reiteraron el pedido de audiencia y solicitaron una prórroga de al menos 90 días para la entrada en vigencia del nuevo régimen. “En este lapso desearíamos contar con la posibilidad de plantear en una reunión de trabajo algunas alternativas que permitirían cumplir con los objetivos perseguidos de la resolución, sin los riesgos que su aplicación implica”, concluyen.
En tal sentido, las Bolsas de Cereales de Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, Entre Ríos, las Bolsas de Comercio de Rosario y Santa Fe, junto con el Mercado a Término de Buenos Aires (MATBA) y el Mercado a Término de Rosario (ROFEX), efecturon este miércoles 9 de diciembre una presentación a la AFIP en la que además se solicita una prórroga de al menos 90 días para la entrada en vigencia del nuevo régimen.
Según advierten las entidades , el nuevo régimen “constituye una complicación importante para la operatoria de los mercados de futuro, institucionalizados y no institucionalizados, que puede impactar seriamente en su volumen de negocios”. Esta visión se funda en que los sujetos obligados por la norma son los propios contribuyentes del impuesto a las ganancias, en tanto que en otras actividades los agentes de información son intermediarios o prestadores de servicios (entidades financieras, agentes y sociedades de bolsa, administradoras de tarjeta de crédito, entidades autorizadas a operar en cambios, etc.).
Consideran las entidades que “muchos de los sujetos que realizan operaciones de futuro y opciones (productores agropecuarios, acopios, cooperativas, molinos, aceiteras, etc.), en particular cuando se trata de pequeñas y medianas empresas, no cuentan con una estructura y organización administrativa que les permita cumplir con la obligación de registrar cada operación, en forma directa a través de transferencia electrónica al sitio web del organismo mediante el uso de su clave fiscal”.
Asimismo, las entidades entienden que el objetivo de la AFIP de contar con datos respecto de los negocios de derivados podría lograrse a través de información suministrada por los propios Mercados u otros actores.
En relación a las operaciones de derivados llamadas “forward”, las Bolsas y Mercados a Término consideran que “es necesario aclarar que dentro de estas operaciones no se incluyen los contratos forwards de granos, ya que los mismos son operaciones estrictas de compraventa y no de cobertura, que desde el año 2009 ya se registran ante la AFIP conforme lo establece la RG 2596 y sus modificatorias”.
Por último, y atendiendo a que la normativa en cuestión ha sido publicada el 26 de diciembre pasado y entrado en vigencia a partir del 1° de enero, las entidades reiteraron el pedido de audiencia y solicitaron una prórroga de al menos 90 días para la entrada en vigencia del nuevo régimen. “En este lapso desearíamos contar con la posibilidad de plantear en una reunión de trabajo algunas alternativas que permitirían cumplir con los objetivos perseguidos de la resolución, sin los riesgos que su aplicación implica”, concluyen.
Fuente: bcr
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