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Martes 04 de Diciembre de 2012 - 19:34 hs
Confirman a otra jueza que debe resolver una demanda del Grupo Clarín
La Cámara rechazó hoy –con la firma de Guillermo Antelo y Susana Najurieta– la recusación del Gobierno contra la camarista Graciela Medina, quien integrará la sala en la que se tramita un pedido del Grupo Clarín para extender la medida cautelar en el caso por la Ley de Medios.
De esta forma, la Sala I quedó integrada por Medina, Najurieta y Ricardo Guarinoni, quien se encuentra actualmente de licencia, informaron fuentes judiciales.
Ahora el tribunal deberá resolver una recusación presentada por el Gobierno contra el camarista Ricardo Recondo, antes de formar la integración definitiva de la sala que debe resolver contrarreloj si extiende o no la cautelar más allá del 7 de diciembre.
La Cámara consideró “extemporánea” la recusación contra Medina por supuesta falta de objetividad planteada por el Gobierno y desestimó como causal de recusación el hecho de que un magistrado falle en contra del Estado en algún expediente en el que éste sea parte.
“El resultado adverso para el Estado nacional de una causa no es suficiente para generar sospechas y mucho menos para constituir prueba sobre la falta de objetividad de un magistrado de un fuero federal", dice el fallo.
Ayer, la misma sala de la Cámara pero con otra integración, ya que firmaron dos jueces del fuero en lo Contencioso Administrativo, rechazó las excusaciones y recusaciones de Guarinoni y Guillermo Antelo.
De esta forma, la Sala I quedó integrada por Medina, Najurieta y Ricardo Guarinoni, quien se encuentra actualmente de licencia, informaron fuentes judiciales.
Ahora el tribunal deberá resolver una recusación presentada por el Gobierno contra el camarista Ricardo Recondo, antes de formar la integración definitiva de la sala que debe resolver contrarreloj si extiende o no la cautelar más allá del 7 de diciembre.
La Cámara consideró “extemporánea” la recusación contra Medina por supuesta falta de objetividad planteada por el Gobierno y desestimó como causal de recusación el hecho de que un magistrado falle en contra del Estado en algún expediente en el que éste sea parte.
“El resultado adverso para el Estado nacional de una causa no es suficiente para generar sospechas y mucho menos para constituir prueba sobre la falta de objetividad de un magistrado de un fuero federal", dice el fallo.
Ayer, la misma sala de la Cámara pero con otra integración, ya que firmaron dos jueces del fuero en lo Contencioso Administrativo, rechazó las excusaciones y recusaciones de Guarinoni y Guillermo Antelo.
Fuente: infobae
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