Hoy - Lo abrió el municipio

Martes 13 de Noviembre de 2012 - 13:28 hs

Registro de transportistas para operar con residuos especiales

A partir del 7 de enero los establecimientos generadores de residuos de manejo especial deberán contratar un servicio de recolección y transporte, conforme lo establecido por la recientemente sancionada ordenanza 11917.

El municipio local informó que desde este lunes se inician las consultas para inscribirse en el Registro de Operadores de Residuos de Manejo Especial, que en una primera etapa estará destinado a las empresas que prestan el servicio de retiro, transporte, almacenamiento y disposición final de grandes volúmenes de desechos.

Los establecimientos generadores de este tipo de residuos deberán contar con un servicio especial a partir del 7 de enero, por lo que en esta primera etapa podrán inscribirse los interesados en realizar el transporte de los desechos.

De acuerdo a la ordenanza 11917, son residuos de manejo especial aquellos que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos, patológicos o como residuos sólidos urbanos domiciliarios y que por su escala merezcan un tratamiento especial. En ese sentido, se considerará como generador de tales residuos a todos aquellos que por su actividad los produzcan por un volumen superior a medio metro cúbico diario y, en caso de trabajos de poda, a dos metros cúbicos por día. También a los establecimientos gastronómicos, supermercados, hiper y megamercados, bancos, casas de cambios y entidades financieras.

En ese contexto, la nómina de transportistas del futuro Registro de Operadores de Residuos de Manejo Especial estará disponible para los generadores que deban contratar su servicio por no contar con vehículos propios para la disposición final de sus residuos.




Los transportistas que deberán inscribirse en el Registro y que se encargan de realizar el retiro y traslado de los Residuos de Manejo Especial desde el lugar físico donde se encuentran hasta su disposición final, se clasifican en cuatro tipos o categorías.

En primer lugar, los transportistas de tipo A son aquellas empresas que trasladan desechos tanto húmedos como secos y que cuentan con una o más unidades para la prestación del servicio. En tanto, los de tipo B incluyen a los recolectores informales inscriptos en el Registro de Emprendedores de la Subsecretaría de Empleo del Gobierno de la Ciudad que para la realización de esta actividad cuenten con vehículos o motovehículos, quedando prohibidos los de tracción a sangre.

Por su parte, la categoría C abarca a las empresas dedicadas al traslado y disposición final -en los predios exclusivos- de bentonitas y otras pastinas a través de camiones atmosféricos. Y, por último, el tipo D incluye a las firmas encargadas de transportar escombros, materiales y elementos de obras en construcción.



En los casos de las empresas transportistas de los tipos A, C y D, para inscribirse al Registro de Operadores de Residuos de Manejo Especial, en general deberán presentar una Declaración Jurada que contendrá nombre completo; razón social; nómina del directorio, socios gerentes, administradores, representantes y/o gestores; domicilio real y legal; teléfono de contacto y correo electrónico.

Igualmente, deberán contar con la Habilitación Municipal otorgada por la Dirección de Habilitación de Negocios y presentar una nómina actualizada de los vehículos, contenedores u otros medios de transporte con los que se realice la prestación del servicio, los cuales tendrán una identificación específica en cada caso. Asimismo, estarán obligados a contratar seguros que cubran la totalidad de los riesgos vinculados a la actividad y elevar los datos personales del profesional o técnico responsable.

En lo que refiere a la documentación requerida a los transportistas de tipo B, se destaca la presentación de una Declaración Jurada con el nombre completo; razón social; domicilio real y legal; teléfono de contacto y/o correo electrónico. Además, deberán presentar la inscripción en el Monotributo Social o ante la AFIP y contar con la Licencia para conducir vehículos y/o motovehículos, los cuales deberán portar una identificación claramente visible, cuyo formato y colocación será dispuesto por la Subsecretaría de Ambiente.

Del mismo modo, tendrán la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para el transporte que cubra mínimamente daños a terceros y presentar el Libre Multa del vehículo, extendido por la Justicia Administrativa de Faltas municipal.

Para obtener mayores detalles y conocer los requisitos específicos a cada caso, los interesados deberán dirigirse a la oficina de la Subsecretaría de Ambiente, ubicada en el noveno piso del Palacio Municipal (Salta 2951), de lunes a viernes en el horario de 9 a 11.


Fuente: municipalidad de santa fe

Seguí leyendo