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Viernes 21 de Septiembre de 2012 - 08:00 hs
El Banco Central aplicará encajes diferenciados para orientar el crédito
El directorio del Banco Central reglamentó cambios en la política de encajes o efectivo mínimo de los bancos con el fin de redireccionar el crédito. Tal como había adelantado El Cronista a fines de julio, habrá una readecuación de las exigencias a las entidades en función entre otras cosas del otorgamiento de créditos productivos. Según el BCRA, en la nueva normativa se atienden distintos objetivos contenidos en la Carta Orgánica, como el de orientar el crédito por medio de exigencias de reservas, establecer políticas diferenciales orientadas a Pymes y economías regionales y buscar ampliar la cobertura geográfica del sistema. En la práctica, habrá un sistema de premios y castigos.
La nueva disposición estableció que las entidades financieras deben constituir los encajes legales (porción del fondeo captado que deben inmovilizar) exclusivamente con cuentas corrientes en el BCRA. Antes de la reforma, los bancos también podían utilizar sus tenencias de efectivo para cubrir las obligaciones.
La readecuación de la normativa de efectivo mínimo contempla tres capítulos. Uno es la eliminación gradual, en tres etapas, de la deducción del efectivo computable (el efectivo que emplearon para cumplir con los encajes). Habrá una disminución progresiva, entre octubre y marzo próximos, de los coeficientes de exigencia de efectivo mínimo para los depósitos a la vista y plazos fijos, que será diferenciada en función de la zona en la que está radicada la sucursal del banco donde se realizó el depósito.
En la zona I (grandes centros urbanos y localidades con mayor grado de desarrollo y bancarización) el encaje sobre los depósitos a la vista será 2 puntos porcentuales inferior al actual (pasa de 19% a 17%), mientras que en el resto de las zonas será 4 puntos menor al actual (pasa de 19% a 15%).
Para los depósitos a plazo, los coeficientes serán 1 punto inferiores a los actuales en la zona I y 2 puntos menores en las otras zonas. Al respecto, el directorio del BCRA también aprobó un cambio en el régimen de zonificación para el sistema financiero, definiendo seis zonas en lugar de las cuatro actuales, en función de la infraestructura de servicios que poseen o que requieren, a los efectos de ampliar la cobertura geográfica del sistema y promover un mayor acceso a los servicios financieros.
Además, habrá una baja en la exigencia de efectivo mínimo para las entidades en función de la participación del crédito a micros, pequeñas y medianas empresas sobre el total de préstamos al sector privado. Se definió una escala según la cual las entidades que le presten a este sector más del 30% de su cartera de préstamos al sector privado podrán deducir un monto equivalente al 3% de sus depósitos. Esta medida regirá a partir de diciembre próximo.
La nueva disposición estableció que las entidades financieras deben constituir los encajes legales (porción del fondeo captado que deben inmovilizar) exclusivamente con cuentas corrientes en el BCRA. Antes de la reforma, los bancos también podían utilizar sus tenencias de efectivo para cubrir las obligaciones.
La readecuación de la normativa de efectivo mínimo contempla tres capítulos. Uno es la eliminación gradual, en tres etapas, de la deducción del efectivo computable (el efectivo que emplearon para cumplir con los encajes). Habrá una disminución progresiva, entre octubre y marzo próximos, de los coeficientes de exigencia de efectivo mínimo para los depósitos a la vista y plazos fijos, que será diferenciada en función de la zona en la que está radicada la sucursal del banco donde se realizó el depósito.
En la zona I (grandes centros urbanos y localidades con mayor grado de desarrollo y bancarización) el encaje sobre los depósitos a la vista será 2 puntos porcentuales inferior al actual (pasa de 19% a 17%), mientras que en el resto de las zonas será 4 puntos menor al actual (pasa de 19% a 15%).
Para los depósitos a plazo, los coeficientes serán 1 punto inferiores a los actuales en la zona I y 2 puntos menores en las otras zonas. Al respecto, el directorio del BCRA también aprobó un cambio en el régimen de zonificación para el sistema financiero, definiendo seis zonas en lugar de las cuatro actuales, en función de la infraestructura de servicios que poseen o que requieren, a los efectos de ampliar la cobertura geográfica del sistema y promover un mayor acceso a los servicios financieros.
Además, habrá una baja en la exigencia de efectivo mínimo para las entidades en función de la participación del crédito a micros, pequeñas y medianas empresas sobre el total de préstamos al sector privado. Se definió una escala según la cual las entidades que le presten a este sector más del 30% de su cartera de préstamos al sector privado podrán deducir un monto equivalente al 3% de sus depósitos. Esta medida regirá a partir de diciembre próximo.
Fuente: cronista.com
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