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Martes 18 de Septiembre de 2012 - 20:25 hs
La Cámara Federal rechazó tres amparos contra el cepo a la compra de dólares
La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidió no hacer lugar a tres acciones de particulares que pedían ser autorizados para comprar dólares “mientras se sustancian los respectivos procesos judiciales por imposibilidad de adquirir esa moneda extranjera”, indicó la agencia de noticias del Poder Judicial.
Se trata de recursos de apelación que ya habían recibido fallos en contra en primera instancia.
El tribunal – compuesto por los jueces Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogelio W. Vincenti – entendió que “el objeto de las medidas requeridas coinciden exactamente con el de las demandas y aceptarlas generaría, tanto en la órbita de los intereses que se pretenden proteger de los actores como en los de la parte demandada, las mismas consecuencias que en su caso traería aparejado que se hiciese lugar a las cautelares”.
En su sentencia, los magistrados subrayaron que esa situación determina el rechazo debido a que, según los resuelto por la Corte Suprema, “corresponde descalificar la medida cautelar que produce los mismos efectos que si se hubiese hecho lugar a la demanda, pues la finalidad de dichas decisiones es asegurar el cumplimiento de una eventual sentencia favorable mas no lograr el fin perseguido anticipadamente”, agregó.
“No puede soslayarse el carácter estrictamente patrimonial de la cuestión involucrada, que permitiría la reparación in natura del hipotético daño que pueda causarles a los actores el tiempo que insuma el dictado de una eventual sentencia favorable”, añadió.
Se trata de recursos de apelación que ya habían recibido fallos en contra en primera instancia.
El tribunal – compuesto por los jueces Marcelo Daniel Duffy, Jorge Eduardo Morán y Rogelio W. Vincenti – entendió que “el objeto de las medidas requeridas coinciden exactamente con el de las demandas y aceptarlas generaría, tanto en la órbita de los intereses que se pretenden proteger de los actores como en los de la parte demandada, las mismas consecuencias que en su caso traería aparejado que se hiciese lugar a las cautelares”.
En su sentencia, los magistrados subrayaron que esa situación determina el rechazo debido a que, según los resuelto por la Corte Suprema, “corresponde descalificar la medida cautelar que produce los mismos efectos que si se hubiese hecho lugar a la demanda, pues la finalidad de dichas decisiones es asegurar el cumplimiento de una eventual sentencia favorable mas no lograr el fin perseguido anticipadamente”, agregó.
“No puede soslayarse el carácter estrictamente patrimonial de la cuestión involucrada, que permitiría la reparación in natura del hipotético daño que pueda causarles a los actores el tiempo que insuma el dictado de una eventual sentencia favorable”, añadió.
Fuente: infobae
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