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Hoy - Amplió la presentación
Miércoles 05 de Septiembre de 2012 - 13:47 hs
Carrió denunció a CFK y Echegaray por las resoluciones de la AFIP
La diputada los acusó de "abuso de poder, exacciones ilegales, administración fraudulenta y violación de deberes de funcionario público". Aseguró que "los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones".
Tras haber denunciado un mes a atrás a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y a otros funcionarios por el delito de abuso de la autoridad en cuanto al cepo al dólar, ahora la diputada nacional Elisa Carrió amplió sus denuncias. Acusó a la primera mandataria y al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray de "abuso de poder, exacciones ilegales, administración fraudulenta y violación de deberes de funcionario público".
La legisladora de la Coalición Cívica-ARI afirmó que "los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones”, al tiempo que sostuvo que “la AFIP pretende convertirse en una parodia de triple A persiguiendo a los ciudadanos”. Dijo esto al anunciar que debido a las últimas resoluciones de AFIP se presentará a la Justicia para ampliar su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Ricardo Echegaray.
"Los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones que ahora quieren usar a los niños para seguir robando”, sostuvo Carrió y acusó a la Presidente de la Nación de ser "la causante de estar quebrando la paz social controlando la vida personal de cada uno de los argentinos".
Carrió ampliará su denuncia penal a raíz de las resoluciones generales de la AFIP 3378 y 3379, "que violan los artículos 4, 14, 17, 28, 52, 75 inc. 2, 99 inc. 3 de la Constitución Nacional".
"La Constitución consagra en sus artículos 4, 52, 75 inc. 2, y 99 inc. 3 el principio de Legalidad Tributaria, es decir que todos los impuestos deben ser establecidos por el Congreso de la Nación y que toda norma de naturaleza tributaria es de su exclusiva competencia", explicó Carrió.
Y apuntó: "La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden".
"Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos".
La diputada nacional y ex candidata a presidenta señaló que "las resoluciones de la AFIP no pueden obligar el adelanto de posibles impuestos, ni establecer retención de dinero en concepto de pago de impuestos cuando no hay hecho imponible alguno que gravar". "Circunstancia que perjudica principalmente a los empleados en relación de dependencia y monotributistas que no tributan impuesto a las ganancias. Cualquiera de estas medidas, corresponden al Congreso de la Nación. Sumado a lo cual las medidas referidas podrían configurar la creación de un nuevo impuesto por obra de la exclusiva voluntad del titular de la AFIP y de la Presidente la Nación".
"Por otra parte, el artículo 14 de nuestra Constitución garantiza a todos los habitantes de la Nación el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino. Que mediante las disposiciones cuestionadas esta siendo limitado de manera arbitraria".
Los delitos acusados. "La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden. Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos", apuntó la diputada.
El 2 de agosto pasado, la diputada denunció ante la Justicia para que se investigue por el delito de abuso de autoridad a la Presidenta de la Nación, Cristina Kirchner y otros funcionarios por el cepo al acceso a los dólares. Esa causa tramita en el juzgado de Servini de Cubría y existe un requerimiento del Fiscal Stornelli en el que imputa a la Presidenta de la Nación y funcionarios de su gobierno por el cepo al dólar y la utilización de las reservas del Banco Central para financiar al Tesoro Nacional.
La legisladora de la Coalición Cívica-ARI afirmó que "los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones”, al tiempo que sostuvo que “la AFIP pretende convertirse en una parodia de triple A persiguiendo a los ciudadanos”. Dijo esto al anunciar que debido a las últimas resoluciones de AFIP se presentará a la Justicia para ampliar su denuncia contra Cristina Fernández de Kirchner y Ricardo Echegaray.
"Los argentinos estamos presos y los carceleros son los ladrones que ahora quieren usar a los niños para seguir robando”, sostuvo Carrió y acusó a la Presidente de la Nación de ser "la causante de estar quebrando la paz social controlando la vida personal de cada uno de los argentinos".
Carrió ampliará su denuncia penal a raíz de las resoluciones generales de la AFIP 3378 y 3379, "que violan los artículos 4, 14, 17, 28, 52, 75 inc. 2, 99 inc. 3 de la Constitución Nacional".
"La Constitución consagra en sus artículos 4, 52, 75 inc. 2, y 99 inc. 3 el principio de Legalidad Tributaria, es decir que todos los impuestos deben ser establecidos por el Congreso de la Nación y que toda norma de naturaleza tributaria es de su exclusiva competencia", explicó Carrió.
Y apuntó: "La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden".
"Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos".
La diputada nacional y ex candidata a presidenta señaló que "las resoluciones de la AFIP no pueden obligar el adelanto de posibles impuestos, ni establecer retención de dinero en concepto de pago de impuestos cuando no hay hecho imponible alguno que gravar". "Circunstancia que perjudica principalmente a los empleados en relación de dependencia y monotributistas que no tributan impuesto a las ganancias. Cualquiera de estas medidas, corresponden al Congreso de la Nación. Sumado a lo cual las medidas referidas podrían configurar la creación de un nuevo impuesto por obra de la exclusiva voluntad del titular de la AFIP y de la Presidente la Nación".
"Por otra parte, el artículo 14 de nuestra Constitución garantiza a todos los habitantes de la Nación el derecho de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino. Que mediante las disposiciones cuestionadas esta siendo limitado de manera arbitraria".
Los delitos acusados. "La conducta de Cristina Kirchner y Echegaray podría configurar los ilícitos previstos por los arts. 266, que reprime por exacciones ilegales, a aquel funcionario público que, abusando de su cargo, solicitare, exigiere o hiciere pagar o entregar indebidamente, por sí o por interpuesta persona, una contribución, un derecho o una dádiva o cobrase mayores derechos que los que corresponden. Así como por el delito de administración fraudulenta, tipificado por el 173 inc. 7 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de hasta seis años, a quien por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos", apuntó la diputada.
El 2 de agosto pasado, la diputada denunció ante la Justicia para que se investigue por el delito de abuso de autoridad a la Presidenta de la Nación, Cristina Kirchner y otros funcionarios por el cepo al acceso a los dólares. Esa causa tramita en el juzgado de Servini de Cubría y existe un requerimiento del Fiscal Stornelli en el que imputa a la Presidenta de la Nación y funcionarios de su gobierno por el cepo al dólar y la utilización de las reservas del Banco Central para financiar al Tesoro Nacional.
Fuente: perfil.com
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