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Lunes 27 de Agosto de 2012 - 16:02 hs
Familiares de las víctimas de Cromañón apelaron las absoluciones del juicio
Una de las querellas que participó en el segundo juicio oral por la tragedia de Cromañón, ocurrida en diciembre de 2004, apeló hoy la condena al empresario Rafael Levy y la absolución de policías y ex funcionarios comunales.
Se trata del abogado José Iglesias, querellante y padre de una de las 194 víctimas fatales, quien presentó un "recurso de Casación" para que el máximo tribunal en materia penal revea la sentencia del Tribunal Oral en lo criminal 24 (TOC 24).
El 13 de julio último, ese tribunal absolvió a Levy por el delito de cohecho (sólo se le imputó el incendio culposo seguido de muerte) y al ex comisario Gabriel Ismael Sevald y al ex secretario de Seguridad Juan Carlos López.
El TOC 24 también absolvió a los ex funcionarios Enrique Carlos Carelli y Vicente Osvaldo Rizzo, pero esa parte de la sentencia no fue recurrida ante la Cámara Federal de Casación Penal.
El abogado querellante indicó en su escrito que las desvinculaciones de los policías y de Levy -por las coimas- obedecen a una “errónea aplicación de la ley y arbitrariedad en la fundamentación”.
Iglesias fustigó la absolución de Sevald y, al analizar el sobreseimiento de López, reclamó "ubicarse en el momento de los hechos (en realidad, a lo largo del 2004) y en esa época, más allá de las preocupaciones personales o `de agenda` del Ministro, la seguridad no era una función prioritaria”.
En el recurso, Iglesias recordó que, por el momento de los hechos, "la ciudad no contaba con una fuerza propia y la función era desplegada por la Policía Federal. En cambio, en materia de Poder de Policía, el rol de la ciudad era plenamente operativo e involucraba diversas manifestaciones de control", entre ellas la "habilitación y seguridad" de lugares públicos.
La tragedia ocurrió el 30 de diciembre de 2004, cuando la banda de rock Callejeros tocaba en Cromañón y un grupo de jóvenes nunca identificados arrojó bengalas que incendiaron el techo, lo que causó la muerte de 194 personas y miles de heridos.
Por el episodio, se realizó un primer juicio entre 2008 y 2009 en el que hubo condenas por "incendio doloso", aunque luego la Cámara de Casación Penal consideró que fue un hecho "culposo" y ordenó fijar penas menores.
Actualmente todos los condenados están libres, a pesar de las penas impuestas en el primer juicio.
El ex gerenciador de Cromañón, Omar Chabán, está condenado a ocho años de cárcel; el ex subcomisario de la seccional 7ma.,Rubén Carlos Díaz, a seis años; y Raúl Villarreal, ex mano derecha de Chabán, a la misma pena.
De la banda Callejeros, el cantante Patricio Santos Fontanet y el manager Diego Argañaraz fueron sentenciados a cinco años de prisión, el baterista Eduardo Vázquez a cuatro años y los ex funcionarios porteños Fabiana Fiszbin a cuatro años, Ana María Fernández a tres años y medio y Gustavo Torres a tres años y nueve meses.
En tanto, los jueces fijaron penas de prisión en suspenso para el resto de los integrantes de la banda: Juan Alberto Carbone (tres años), Christian Torrejón (tres años), Maximiliano Djerfy (dos años y medio), Elio Delgado (dos años y medio) y Daniel Cardell (dos años).
El 13 de julio último, ese tribunal absolvió a Levy por el delito de cohecho (sólo se le imputó el incendio culposo seguido de muerte) y al ex comisario Gabriel Ismael Sevald y al ex secretario de Seguridad Juan Carlos López.
El TOC 24 también absolvió a los ex funcionarios Enrique Carlos Carelli y Vicente Osvaldo Rizzo, pero esa parte de la sentencia no fue recurrida ante la Cámara Federal de Casación Penal.
El abogado querellante indicó en su escrito que las desvinculaciones de los policías y de Levy -por las coimas- obedecen a una “errónea aplicación de la ley y arbitrariedad en la fundamentación”.
Iglesias fustigó la absolución de Sevald y, al analizar el sobreseimiento de López, reclamó "ubicarse en el momento de los hechos (en realidad, a lo largo del 2004) y en esa época, más allá de las preocupaciones personales o `de agenda` del Ministro, la seguridad no era una función prioritaria”.
En el recurso, Iglesias recordó que, por el momento de los hechos, "la ciudad no contaba con una fuerza propia y la función era desplegada por la Policía Federal. En cambio, en materia de Poder de Policía, el rol de la ciudad era plenamente operativo e involucraba diversas manifestaciones de control", entre ellas la "habilitación y seguridad" de lugares públicos.
La tragedia ocurrió el 30 de diciembre de 2004, cuando la banda de rock Callejeros tocaba en Cromañón y un grupo de jóvenes nunca identificados arrojó bengalas que incendiaron el techo, lo que causó la muerte de 194 personas y miles de heridos.
Por el episodio, se realizó un primer juicio entre 2008 y 2009 en el que hubo condenas por "incendio doloso", aunque luego la Cámara de Casación Penal consideró que fue un hecho "culposo" y ordenó fijar penas menores.
Actualmente todos los condenados están libres, a pesar de las penas impuestas en el primer juicio.
El ex gerenciador de Cromañón, Omar Chabán, está condenado a ocho años de cárcel; el ex subcomisario de la seccional 7ma.,Rubén Carlos Díaz, a seis años; y Raúl Villarreal, ex mano derecha de Chabán, a la misma pena.
De la banda Callejeros, el cantante Patricio Santos Fontanet y el manager Diego Argañaraz fueron sentenciados a cinco años de prisión, el baterista Eduardo Vázquez a cuatro años y los ex funcionarios porteños Fabiana Fiszbin a cuatro años, Ana María Fernández a tres años y medio y Gustavo Torres a tres años y nueve meses.
En tanto, los jueces fijaron penas de prisión en suspenso para el resto de los integrantes de la banda: Juan Alberto Carbone (tres años), Christian Torrejón (tres años), Maximiliano Djerfy (dos años y medio), Elio Delgado (dos años y medio) y Daniel Cardell (dos años).
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