Yanina Latorre contó que la actriz negocia su regreso a Gran Hermano Generación Dorada y reveló el pedido que complicó las conversaciones con Telefe. La presencia de su hija Anna Chiara quedó en el centro de la discusión.
Viernes 13 de Julio de 2012 - 13:22 hs
Prohíben la comercialización de un lote de chacinados
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) dispuso, mediante Alerta Alimentaria N° 68, el decomiso y prohibió la comercialización en todas las presentaciones en que se encuentren de tres productos (Lote 34) de salame picado grueso, marca “Chacinado Juan Cruz”, elaborado en Chañar Ladeado, Alimento a base de miel y mezcla glucosa y fructosa “La Estancia” y Miel de Abeja Artesanal, elaborada en Arroyo Seco
El primero de los productos es elaborado por la firma Juan Domingo Maturán, con domicilio en San Martín 1888 de Chañar Ladeado y los dos restantes elaborados por Ángel Piegaio, afincado en 9 de Julio 890 de Arroyo Seco.
En ese marco, la Orden 57 precisa, respecto del Lote 34 de salame picado grueso, que el Protocolo de análisis Nº 4126 “en cuanto a los parámetros analizados y técnicas empleadas no cumple con la legislación alimentaria vigente, estableciéndose como un alimento contaminado”.
Teniendo en cuenta que el establecimiento Juan Domingo Maturán se notificó de la resolución sin solicitar en el plazo estipulado la pericia de control, se tuvo por válido “el protocolo de análisis”, considerándose “plena prueba a los fines de la continuidad de las actuaciones”
El establecimiento “no ha desarrollado ni implementado el manual de Buenas Prácticas de Manufacturas (BPM)”, constituyendo todo ello “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente – Ley 18.284-”, expresa el organismo.
La Assal destacó que “ejerce poder de policía en materia de seguridad de los alimentos en la provincia de Santa Fe, siendo competente para intervenir frente a las contravenciones, faltas e infracciones a la normativa vigente”
De igual modo, aseguró que la corresponde “velar por la aplicación y el cumplimiento de lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley Nº 18.284/69, Sistema Nacional de Control de Alimentos, Decreto Nº 815/99 y el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe, Ley Nº 2.998”
Por lo expuesto, el organismo dependiente del Ministerio de Salud santafesino estableció una sanción económica de 3.000 pesos a la citada firma, de acuerdo a lo especificado en el Digesto Normativo, Anexo II -De las sanciones y sus montos, Faltas contra la seguridad de los productos alimenticios y no alimenticios, De los productos, ítem 12”.
Además, intimó al establecimiento Juan Domingo Maturan a que “en el plazo de 30 días hábiles, desarrolle e implemente el Manual de Buenas Prácticas de Manufacturas (B.P.M.)”
Respecto de los dos restantes productos elaborados en Arroyo Seco, la Orden 059 de la Assal, puntualiza que tanto “el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Productos Alimenticios (Rnpa) expresado en los rótulos son inexistentes”
Finalmente, se puntualiza que “La falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos” y que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, razones que constituyen “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente -Ley N° 18.284”, por lo que se continúa“ con el procedimiento correspondiente a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.
El primero de los productos es elaborado por la firma Juan Domingo Maturán, con domicilio en San Martín 1888 de Chañar Ladeado y los dos restantes elaborados por Ángel Piegaio, afincado en 9 de Julio 890 de Arroyo Seco.
En ese marco, la Orden 57 precisa, respecto del Lote 34 de salame picado grueso, que el Protocolo de análisis Nº 4126 “en cuanto a los parámetros analizados y técnicas empleadas no cumple con la legislación alimentaria vigente, estableciéndose como un alimento contaminado”.
Teniendo en cuenta que el establecimiento Juan Domingo Maturán se notificó de la resolución sin solicitar en el plazo estipulado la pericia de control, se tuvo por válido “el protocolo de análisis”, considerándose “plena prueba a los fines de la continuidad de las actuaciones”
El establecimiento “no ha desarrollado ni implementado el manual de Buenas Prácticas de Manufacturas (BPM)”, constituyendo todo ello “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente – Ley 18.284-”, expresa el organismo.
La Assal destacó que “ejerce poder de policía en materia de seguridad de los alimentos en la provincia de Santa Fe, siendo competente para intervenir frente a las contravenciones, faltas e infracciones a la normativa vigente”
De igual modo, aseguró que la corresponde “velar por la aplicación y el cumplimiento de lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley Nº 18.284/69, Sistema Nacional de Control de Alimentos, Decreto Nº 815/99 y el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe, Ley Nº 2.998”
Por lo expuesto, el organismo dependiente del Ministerio de Salud santafesino estableció una sanción económica de 3.000 pesos a la citada firma, de acuerdo a lo especificado en el Digesto Normativo, Anexo II -De las sanciones y sus montos, Faltas contra la seguridad de los productos alimenticios y no alimenticios, De los productos, ítem 12”.
Además, intimó al establecimiento Juan Domingo Maturan a que “en el plazo de 30 días hábiles, desarrolle e implemente el Manual de Buenas Prácticas de Manufacturas (B.P.M.)”
Respecto de los dos restantes productos elaborados en Arroyo Seco, la Orden 059 de la Assal, puntualiza que tanto “el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Productos Alimenticios (Rnpa) expresado en los rótulos son inexistentes”
Finalmente, se puntualiza que “La falta de registros no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos” y que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”, razones que constituyen “infracciones a la Legislación Alimentaria Vigente -Ley N° 18.284”, por lo que se continúa“ con el procedimiento correspondiente a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.
Fuente: assa
Seguí leyendo
La cantante entrerriana presentó “Girl’s Girl”, una colaboración en inglés junto a Zara Larsson, y varias frases del tema despertaron especulaciones sobre una posible indirecta hacia Tini Stoessel. Las redes volvieron a encender la teoría de una rivalidad entre ambas artistas.
Una mujer escuchó ruidos en el patio de su casa, vio a un desconocido escalando el ingreso y llamó al 911. Minutos después, la policía detuvo al sospechoso mientras escapaba con una garrafa robada.
El prodigio argentino de 12 años venció este sábado al polaco Bartlomiej Niedbala y horas más tarde, tras conocer su rival del domingo, se garantizó la conquista de la última norma que le faltaba para alcanzar ese reconocimiento de la FIDE.
La violinista y flautista nacida en Rafaela, y que tuvo parte de su formación en el Instituto Superior de Música de la UNL, participó en uno de los escenarios musicales más influyentes del mundo. En diálogo con LT10, relató la experiencia que ya tiene repercusión internacional.
Los delincuentes ingresaron durante la madrugada, hicieron un boquete, forzaron una caja fuerte y escaparon con dinero, celulares y el sistema de videovigilancia.
El puntero superó a El Pozo por 4-1 para afirmarse en lo más alto del certamen. En tanto que Pucará sumó de a tres y se mantiene como único escolta.
El líder de la Zona A igualó 0-0 frente a Los Andes en el Nuevo Francisco Urbano y ahora el Sabalero tiene la gran chance de subirse a lo más alto si derrota este domingo a All Boys en el Brigadier López.