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Jueves 24 de Mayo de 2012 - 00:21 hs
Implementan el Programa de Sustitución de Lógicas Manicomiales
El Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) comenzó a implementar el Programa de Sustitución de Lógicas Manicomiales para la externación de pacientes crónicos que se encuentren en establecimientos de salud mental, públicos y privados, prestadores de la obra social.
Se firmaron convenios con el hospital Mira y López, Crecer, Red Integral de Asistencia Mental (Riam) y clínica Río de Santa Fe, y con la Colonia Psiquiátrica de Oliveros, clínica Avenida, sanatorio Alem, clínica Impar, sanatorio neuropático y clínica del Sur de Rosario.
También se hizo lo propio con las clínicas de la Costa, del Carmen, Mendoza, Sagrado Corazón de María de Rosario y Bramardo de La Gallareta, en el norte provincial
Respecto de los convenios rubricados, el titular del Iapos, Silvio González, remarcó que son “de suma importancia dado que damos cumplimiento a las normas nacional como provincial”.
“Se conformarán de este modo equipos terapéuticos en clínicas, sanatorios y efectores públicos para hacer un diagnóstico de las personas que están internados de manera crónica y así elaborar un abordaje terapéutico diferente, con dispositivos más de tipo ambulatorio, pensando en el tratamiento que contemple la garantía de los derechos de los ciudadanos y de su inserción familiar y social”, explicó González.
“De ese informe se concluirá qué tipo de dispositivo es el más adecuado para trabajar con cada paciente y entorno en particular. Esto está pensado, además, en el marco de que la obra social empiece a trabajar y a definir políticas de salud y de garante de las mismas y no sólo de financiador. El programa ha tenido una muy buena recepción en las clínicas y sanatorios”, concluyó el funcionario.
El Programa de Sustitución de Lógicas Manicomiales prevé un plazo máximo de ocho meses para la concreción de la externación y el cambio a un dispositivo de internación ambulatorio, siendo de cumplimiento obligatorio para los establecimientos prestadores de Iapos en internación psiquiátrica.
Es llevado a cabo en forma conjunta por los ministerios de Salud y de Justicia y Derechos Humanos y se estructuró en base a cuatro etapas. La primera de ellas consiste en la evaluación integral de cada afiliado internado; en la segunda, los equipos interdisciplinarios proponen un plan personalizado de egreso de la internación y reinserción socio-familiar; en la tercer, el egreso consiste en la puesta en marcha del plan personalizado diseñado particularmente para cada persona; y la cuarta, incluye el seguimiento y evaluación del proceso de reinserción.
Uno de los objetivos de este programa es ajustarse a la implementación de la política de salud mental establecida en la ley provincial de Salud Mental Nº 10.772 y su reglamentación, y en la nacional de Derecho a la Protección de la Salud Mental, Nº 26.657.
Entre las premisas de estas normativas se destacan que “entre las alternativas más idóneas, se evitarán aquellas que pudieran ocasionar algún daño a la salud, privilegiándose las que menos restrinjan la libertad y alejen del núcleo familiar y social. Que sólo se permitirá la internación en establecimientos de salud mental públicos y privados bajo los siguientes requisitos: que el propósito no sea otro que el tratamiento de la persona que padeciera sufrimientos por o en salud mental; que las circunstancias del caso no permitan el uso de otra alternativa menos restrictiva de la libertad; que el establecimiento donde tenga lugar la internación disponga y brinde un programa de tratamiento adecuado"
"El proceso de atención –añaden las normas– deberá realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales"
En ese marco, el Estado reconoce a las personas con padecimiento mental los derechos incluidos en el artículo 7, ley nacional 26.657, la posibilidad de “recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria; recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con pleno respecto de sus vida privada y libertad de comunicación; no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente y a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable”, según expresa la norma.
Se firmaron convenios con el hospital Mira y López, Crecer, Red Integral de Asistencia Mental (Riam) y clínica Río de Santa Fe, y con la Colonia Psiquiátrica de Oliveros, clínica Avenida, sanatorio Alem, clínica Impar, sanatorio neuropático y clínica del Sur de Rosario.
También se hizo lo propio con las clínicas de la Costa, del Carmen, Mendoza, Sagrado Corazón de María de Rosario y Bramardo de La Gallareta, en el norte provincial
Respecto de los convenios rubricados, el titular del Iapos, Silvio González, remarcó que son “de suma importancia dado que damos cumplimiento a las normas nacional como provincial”.
“Se conformarán de este modo equipos terapéuticos en clínicas, sanatorios y efectores públicos para hacer un diagnóstico de las personas que están internados de manera crónica y así elaborar un abordaje terapéutico diferente, con dispositivos más de tipo ambulatorio, pensando en el tratamiento que contemple la garantía de los derechos de los ciudadanos y de su inserción familiar y social”, explicó González.
“De ese informe se concluirá qué tipo de dispositivo es el más adecuado para trabajar con cada paciente y entorno en particular. Esto está pensado, además, en el marco de que la obra social empiece a trabajar y a definir políticas de salud y de garante de las mismas y no sólo de financiador. El programa ha tenido una muy buena recepción en las clínicas y sanatorios”, concluyó el funcionario.
El Programa de Sustitución de Lógicas Manicomiales prevé un plazo máximo de ocho meses para la concreción de la externación y el cambio a un dispositivo de internación ambulatorio, siendo de cumplimiento obligatorio para los establecimientos prestadores de Iapos en internación psiquiátrica.
Es llevado a cabo en forma conjunta por los ministerios de Salud y de Justicia y Derechos Humanos y se estructuró en base a cuatro etapas. La primera de ellas consiste en la evaluación integral de cada afiliado internado; en la segunda, los equipos interdisciplinarios proponen un plan personalizado de egreso de la internación y reinserción socio-familiar; en la tercer, el egreso consiste en la puesta en marcha del plan personalizado diseñado particularmente para cada persona; y la cuarta, incluye el seguimiento y evaluación del proceso de reinserción.
Uno de los objetivos de este programa es ajustarse a la implementación de la política de salud mental establecida en la ley provincial de Salud Mental Nº 10.772 y su reglamentación, y en la nacional de Derecho a la Protección de la Salud Mental, Nº 26.657.
Entre las premisas de estas normativas se destacan que “entre las alternativas más idóneas, se evitarán aquellas que pudieran ocasionar algún daño a la salud, privilegiándose las que menos restrinjan la libertad y alejen del núcleo familiar y social. Que sólo se permitirá la internación en establecimientos de salud mental públicos y privados bajo los siguientes requisitos: que el propósito no sea otro que el tratamiento de la persona que padeciera sufrimientos por o en salud mental; que las circunstancias del caso no permitan el uso de otra alternativa menos restrictiva de la libertad; que el establecimiento donde tenga lugar la internación disponga y brinde un programa de tratamiento adecuado"
"El proceso de atención –añaden las normas– deberá realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales"
En ese marco, el Estado reconoce a las personas con padecimiento mental los derechos incluidos en el artículo 7, ley nacional 26.657, la posibilidad de “recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria; recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con pleno respecto de sus vida privada y libertad de comunicación; no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente y a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable”, según expresa la norma.
Fuente: ministerio de salud
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