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Martes 13 de Marzo de 2012 - 20:10 hs
Lorenzetti advirtió que el fallo "no abre ninguna puerta" a la legalización
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, advirtió que el fallo respecto de los alcances del abortos no punibles "no está abriendo ninguna puerta" respecto de la legalización, que corresponde determinar al Congreso de la Nación.
Lorenzetti sostuvo que "no se está promocionando" el aborto, sino que el pronunciamiento se pone en sintonía con los establecido en la materia por las leyes internacionales, y para que "se deje de judicializar".
También aseguró que los numerosos casos de violaciones en todo el país y su judicialización llevaron a la Corte a intervenir con carácter de "gravedad institucional".
"La Corte -destacó- hizo lo máximo que tiene dentro de sus facultades para solucionar un problema práctico" respecto de "la judicialización" de este tipo de casos.
Al respecto abundó al reiterar, durante una conferencia de prensa con el periodismo acreditado, que "la despenalización o no (del aborto) la discute el Congreso".
"No se promueve la práctiva abortiva" sentenció el alto magistrado, quien dijo que el fallo de la Corte viene a poner luz sobre "una norma mal aplicada".
En relación con el artículo 86, inciso segundo, del Código Penal, Lorenzetti aclaró que durante la reforma de la Constitución de 1994 no se modificó esa norma, por lo que ratificó su vigencia.
"La Constitución no solo no prohibe sino que impide castigar a las víctimas de una violación" por lo que se "pone fin a una incertidumbre respecto de los alcances del artículo 86 del Código Penal", señaló.
Asimismo, indicó que si bien el caso de la menor, de 15 años, a la que en el expediente se la identifica como "AF", podía haberse considerado "abstracto", la Corte entendió que debía pronunciarse en virtud de los numerosos casos de violaciones que se repiten "a lo largo y ancho" de todo el pais, revistiendo carácter de "gravedad institucional"
Lorenzetti sostuvo que "no se está promocionando" el aborto, sino que el pronunciamiento se pone en sintonía con los establecido en la materia por las leyes internacionales, y para que "se deje de judicializar".
También aseguró que los numerosos casos de violaciones en todo el país y su judicialización llevaron a la Corte a intervenir con carácter de "gravedad institucional".
"La Corte -destacó- hizo lo máximo que tiene dentro de sus facultades para solucionar un problema práctico" respecto de "la judicialización" de este tipo de casos.
Al respecto abundó al reiterar, durante una conferencia de prensa con el periodismo acreditado, que "la despenalización o no (del aborto) la discute el Congreso".
"No se promueve la práctiva abortiva" sentenció el alto magistrado, quien dijo que el fallo de la Corte viene a poner luz sobre "una norma mal aplicada".
En relación con el artículo 86, inciso segundo, del Código Penal, Lorenzetti aclaró que durante la reforma de la Constitución de 1994 no se modificó esa norma, por lo que ratificó su vigencia.
"La Constitución no solo no prohibe sino que impide castigar a las víctimas de una violación" por lo que se "pone fin a una incertidumbre respecto de los alcances del artículo 86 del Código Penal", señaló.
Asimismo, indicó que si bien el caso de la menor, de 15 años, a la que en el expediente se la identifica como "AF", podía haberse considerado "abstracto", la Corte entendió que debía pronunciarse en virtud de los numerosos casos de violaciones que se repiten "a lo largo y ancho" de todo el pais, revistiendo carácter de "gravedad institucional"
Fuente: ambito
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