LT10 - Publicado en el Boletín Oficial.

Miércoles 29 de Febrero de 2012 - 20:51 hs

Reglamentan la Ley de Tierras, que limita la compra a extranjeros

A través de la misma se limita al 15% del territorio nacional la venta a extranjeros, en tanto que las provincias deberán informar en los próximos 60 días la totalidad de los predios de titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras.

 Según se publica hoy en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta Cristina Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y los ministros de Agricultura, Norberto Yauhar, y de Justicia, Julio Alak, se aprobó la reglamentación de la ley 26.737, que establece el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierra Rurales.

La norma, que reglamenta la ley sancionada por el Congreso el 22 de diciembre pasado, estipula que en el plazo de 60 días, las provincias deberán comunicar fehacientemente a la autoridad de aplicación la superficie total de cada una de ellas, sus departamentos, municipios o divisiones políticas equivalentes, discriminando las correspondientes a tierras rurales y urbanas.

Titularidad

También deberán informar la totalidad de predios rurales de titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras, según surja de los organismos provinciales competentes.

En los casos en que se verifique la modificación de participaciones societarias que no sean informadas en tiempo y forma, el Registro Nacional de Tierras Rurales pondrá en conocimiento de la situación al organismo de registro societario competente, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), y a la Unidad de Información Financiera (U.I.F.), a los efectos de que investiguen si se encuentran cumplidas las obligaciones de registro, impositivas y de prevención de lavado de dinero relativas a las personas y bienes involucrados, se indicó.

Fuente: cronista