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LT10 - Ante el tribunal oral
Domingo 27 de Noviembre de 2011 - 00:27 hs
Pidieron prisión perpetua para el represor José María González
Fue el primer interventor de la dictadura en Santa Fe, tras el golpe de marzo de 1976. Está acusado de la desaparición de Mario Osvaldo Marini y de la detención ilegítima de su entonces esposa, Ana María Cavadini.
Los abogados Guillermo Munné y Lucila Puyol, asesores letras de la familia Marini, y los fiscales intervinientes, Martín Ignacio Suárez Faisal y Patricio Longo pidieron la semana pasada la pena de prisión perpetua para el ex interventor de la dictadura en Santa Fe, José María González.
Tanto la querella como el Ministerio Público pidieron la pena más dura en los alegatos escuchados en la sala del TOF santafesino el jueves y viernes pasado. Los jueces que deberán condenar al ex militar son José María Escobar Cello (presidente), María Ivón Vella, Lilia Carnero (TOCF Paraná). El imputado, de 84 años, vive en Capital Federal y goza del beneficio de la prisión domiciliaria. Hoy, con rostro adusto y salud débil parece ser anciano más. Sin embargo, al momento de los hechos que le imputan –diciembre de 1975 – tenía un alto rango militar en la región y activa participación en el mundo castrense.
González fue Jefe del Comando de Artillería 121, Jefe de Guarnición de Ejército Santa Fe y Jefe del Área 212 de la Sub Zona 21 del Ejército Argentino, desde el día 7/12/74. El 24/03/1976 entró junto con otros militares a la casa de gobierno de Santa Fe y derrocó al gobernador Carlos Sylvestre Begnis, asumiendo como gobernador de facto de la provincia.
Los hechos que se le imputan
El 9 de diciembre de 1975, alrededor de las 19, personal del Área 212, actuando bajo control operacional del Ejército ingresó - 6 personas vestidas de civil, fuertemente armadas y sin exhibir orden de allanamiento ni identificación- al domicilio sito en calle Jujuy 3618 de Santa Fe, entonces habitado por “El Grillo” Marini, militante del peronismo, su esposa Ana María Cavadini y su hijo Germán de 45 días de edad. En ese momento estaban presentes los dos últimos nombrados. Esperaron a Marini con las luces apagadas y cuando entró fue reducido a golpes. Fueron secuestrados y trasladados, él a la Comisaría Cuarta. Desde entonces no se sabe nada de él. La mujer y su bebé fueron llevados a la Seccional Primera. -el bebé fue entregado después de unos días a sus abuelos maternos-. Según versiones de los testigos en la audiencia, Mario Marini habría muerto en las sesiones de tortura y su cuerpo fue hecho desaparecer por sus captores. La casa fue saqueada por el grupo de tareas y desaparecieron los muebles, electrodomésticos, ropas y demás pertenencias de la familia. La esposa de Marini estuvo presa 4 años y medio. Los hechos fueron denunciados en la Conadep en marzo de 1983 y en febrero de 1984. El padre del desaparecido y los padres de Cavadini presentaron recursos de Hábeas Corpus ante la justicia federal, ante el juez Cano, que no hizo nada por investigar el hecho.
Los alegatos
El jueves pasado los abogados de la parte querellante pidieron en los alegatos la pena de prisión perpetua, sostenida con argumentos sólidos que se extendieron por un plazo mayor a las dos horas. Un día después, se escuchó la acusación de los representantes del Ministerio Público Fiscal, Martín Suárez Faisal y Patricio Octavio Longo.
Luego de analizar los hechos probados en el juicio y de repasar el contexto histórico en el que se cometieron los mismos, la Fiscalía solicitó que se condene al imputado a la pena de prisión perpetua por la comisión de los delitos de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Ana María Cavadini y Mario Osvaldo Marini (agravado en el caso de este último) y de homicidio doblemente calificado por alevosía y por la intervención premeditada de más de dos personas, cometidos en perjuicio de Marini. Asimismo, solicitó la remisión a la justicia federal de cinco de los testimonios escuchados durante el juicio, a fin de que se instruya causa penal o se amplíen las investigaciones que se hallen en trámite.
La Fiscalía basó su postura acusatoria fundamentalmente en las declaraciones testimoniales escuchadas en las diferentes audiencias y en la prueba documental colectada. En este sentido, durante el desarrollo del alegato, la Fiscalía efectuó un repaso de diferentes noticias periodísticas de la época, que revelan el importante grado de participación asumido por González en la denominada lucha contra la subversión y el absoluto control sobre todos los procedimientos que se realizaron en la región durante su mandato militar.
Del mismo modo, la Fiscalía tuvo por acreditado que el imputado tenía absoluto conocimiento acerca de los sucesos y de la identidad del desaparecido Mario Marini ya que en un trámite de hábeas corpus -reservado como prueba- aparece una contestación firmada de puño y letra por González ante un requerimiento efectuado por el juez federal Cano, en la manifestó que el caso Marini refería a “cuestiones de servicio que involucraban a la defensa nacional”, a pesar de que en su indagatoria negó conocer a las víctimas.
En este sentido, la Fiscalía, consideró que González -quien a la fecha de los hechos era el Jefe del Comando de Artillería 121, Jefe de Guarnición de Ejército Santa Fe y Jefe del Área 212 de la Sub Zona 21 del Ejército Argentino-, fue en nuestra zona el ejecutor del plan sistemático diseñado en la segunda mitad de la década de 1970 por las Fuerzas Armadas de nuestro país y señaló que, desde ese lugar, tomaba las decisiones trascendentes, dirigía a todo el personal de las fuerzas militares y policiales y controlaba desde esa importantísima posición que se cumplan los designios de ese plan.
Finalmente el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado se valió de los resultados de sus delitos para adquirir “prestigio”, lo que le sirvió para convertirse en el primer gobernador de facto de la provincia, a partir del 24 de marzo de 1976.
Las audiencias en la presente causa se reanudará el día viernes 2 de diciembre, oportunidad en la que formulará su alegato la defensa del imputado, quedando luego espacio para formular las eventuales réplicas y contrarréplicas.
Tanto la querella como el Ministerio Público pidieron la pena más dura en los alegatos escuchados en la sala del TOF santafesino el jueves y viernes pasado. Los jueces que deberán condenar al ex militar son José María Escobar Cello (presidente), María Ivón Vella, Lilia Carnero (TOCF Paraná). El imputado, de 84 años, vive en Capital Federal y goza del beneficio de la prisión domiciliaria. Hoy, con rostro adusto y salud débil parece ser anciano más. Sin embargo, al momento de los hechos que le imputan –diciembre de 1975 – tenía un alto rango militar en la región y activa participación en el mundo castrense.
González fue Jefe del Comando de Artillería 121, Jefe de Guarnición de Ejército Santa Fe y Jefe del Área 212 de la Sub Zona 21 del Ejército Argentino, desde el día 7/12/74. El 24/03/1976 entró junto con otros militares a la casa de gobierno de Santa Fe y derrocó al gobernador Carlos Sylvestre Begnis, asumiendo como gobernador de facto de la provincia.
Los hechos que se le imputan
El 9 de diciembre de 1975, alrededor de las 19, personal del Área 212, actuando bajo control operacional del Ejército ingresó - 6 personas vestidas de civil, fuertemente armadas y sin exhibir orden de allanamiento ni identificación- al domicilio sito en calle Jujuy 3618 de Santa Fe, entonces habitado por “El Grillo” Marini, militante del peronismo, su esposa Ana María Cavadini y su hijo Germán de 45 días de edad. En ese momento estaban presentes los dos últimos nombrados. Esperaron a Marini con las luces apagadas y cuando entró fue reducido a golpes. Fueron secuestrados y trasladados, él a la Comisaría Cuarta. Desde entonces no se sabe nada de él. La mujer y su bebé fueron llevados a la Seccional Primera. -el bebé fue entregado después de unos días a sus abuelos maternos-. Según versiones de los testigos en la audiencia, Mario Marini habría muerto en las sesiones de tortura y su cuerpo fue hecho desaparecer por sus captores. La casa fue saqueada por el grupo de tareas y desaparecieron los muebles, electrodomésticos, ropas y demás pertenencias de la familia. La esposa de Marini estuvo presa 4 años y medio. Los hechos fueron denunciados en la Conadep en marzo de 1983 y en febrero de 1984. El padre del desaparecido y los padres de Cavadini presentaron recursos de Hábeas Corpus ante la justicia federal, ante el juez Cano, que no hizo nada por investigar el hecho.
Los alegatos
El jueves pasado los abogados de la parte querellante pidieron en los alegatos la pena de prisión perpetua, sostenida con argumentos sólidos que se extendieron por un plazo mayor a las dos horas. Un día después, se escuchó la acusación de los representantes del Ministerio Público Fiscal, Martín Suárez Faisal y Patricio Octavio Longo.
Luego de analizar los hechos probados en el juicio y de repasar el contexto histórico en el que se cometieron los mismos, la Fiscalía solicitó que se condene al imputado a la pena de prisión perpetua por la comisión de los delitos de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad en perjuicio de Ana María Cavadini y Mario Osvaldo Marini (agravado en el caso de este último) y de homicidio doblemente calificado por alevosía y por la intervención premeditada de más de dos personas, cometidos en perjuicio de Marini. Asimismo, solicitó la remisión a la justicia federal de cinco de los testimonios escuchados durante el juicio, a fin de que se instruya causa penal o se amplíen las investigaciones que se hallen en trámite.
La Fiscalía basó su postura acusatoria fundamentalmente en las declaraciones testimoniales escuchadas en las diferentes audiencias y en la prueba documental colectada. En este sentido, durante el desarrollo del alegato, la Fiscalía efectuó un repaso de diferentes noticias periodísticas de la época, que revelan el importante grado de participación asumido por González en la denominada lucha contra la subversión y el absoluto control sobre todos los procedimientos que se realizaron en la región durante su mandato militar.
Del mismo modo, la Fiscalía tuvo por acreditado que el imputado tenía absoluto conocimiento acerca de los sucesos y de la identidad del desaparecido Mario Marini ya que en un trámite de hábeas corpus -reservado como prueba- aparece una contestación firmada de puño y letra por González ante un requerimiento efectuado por el juez federal Cano, en la manifestó que el caso Marini refería a “cuestiones de servicio que involucraban a la defensa nacional”, a pesar de que en su indagatoria negó conocer a las víctimas.
En este sentido, la Fiscalía, consideró que González -quien a la fecha de los hechos era el Jefe del Comando de Artillería 121, Jefe de Guarnición de Ejército Santa Fe y Jefe del Área 212 de la Sub Zona 21 del Ejército Argentino-, fue en nuestra zona el ejecutor del plan sistemático diseñado en la segunda mitad de la década de 1970 por las Fuerzas Armadas de nuestro país y señaló que, desde ese lugar, tomaba las decisiones trascendentes, dirigía a todo el personal de las fuerzas militares y policiales y controlaba desde esa importantísima posición que se cumplan los designios de ese plan.
Finalmente el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado se valió de los resultados de sus delitos para adquirir “prestigio”, lo que le sirvió para convertirse en el primer gobernador de facto de la provincia, a partir del 24 de marzo de 1976.
Las audiencias en la presente causa se reanudará el día viernes 2 de diciembre, oportunidad en la que formulará su alegato la defensa del imputado, quedando luego espacio para formular las eventuales réplicas y contrarréplicas.
Fuente: Notife
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