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Hoy - Más de un millón de pesos
Martes 29 de Marzo de 2011 - 13:10 hs
Condenan a dos médicos de Cañada de Gómez por la muerte de una mujer
Los profesionales se desempeñan en el hospital San José de esa ciudad. La mujer dio a luz y fue dada de alta al día siguiente y en el puerperio tardío comenzó a sufrir picos febriles. El fallo habla de negligencia de los médicos en el tratamiento.
Dos médicos del hospital "San José" de Cañada de Gómez fueron condenados a pagar más de 1.300.000 pesos por la muerte de una joven de 18 años.
Tras cursar un embarazo, la mujer se internó en ese centro asistencial y dio a luz a un bebé.
La madre fue dada de alta al día siguiente y transitando un puerperio tardío comenzó a sufrir picos febriles.
Fue asistida en el hospital en varias oportunidades porque persistía el cuadro febril y después de varios días le realizaron diversos estudios. Su estado de salud se complicó por lo que fue derivada a un sanatorio privado de Cañada de Gómez y luego al policlínico "Eva Perón" de Granadero Baigorria, donde fallece por un síndrome séptico.
En la resolución del Tribunal Colegiado Extracontractual Nro 1 se destaca que los médicos dieron un alta prematura a la paciente, no hubo seguimiento ni estudios adecuados y también ignoraron el cuadro puerperal.
El puerperio es el período que transcurre desde el parto hasta que los órganos genitales y el estado general de la mujer recuperan la situación que tenían antes del embarazo.- En el fallo judicial se puntualiza que "el médico posee todos los elementos para efectuar un diagnóstico y si lo hace con negligencia le quita al paciente chance de sobrevida".
Agrega que el error culpable de diagnóstico es de suma importancia y en este caso el error provino de negligencia porque no se tomaron las precauciones que el caso exigía.
Sostiene el Tribunal que quien recibe al paciente en situación de peligro asume el tratamiento y por lo tanto es responsable por la mala praxis al aplicar las medidas inadecuadas.
Considera que los médicos tuvieron una conducta negligente e imprudente.
Estos dos profesionales de la salud deberán pagarle a los padres de la joven fallecida y a su pareja 603.000 pesos, cifra que con los intereses supera el millón trescientos mil pesos.
Tras cursar un embarazo, la mujer se internó en ese centro asistencial y dio a luz a un bebé.
La madre fue dada de alta al día siguiente y transitando un puerperio tardío comenzó a sufrir picos febriles.
Fue asistida en el hospital en varias oportunidades porque persistía el cuadro febril y después de varios días le realizaron diversos estudios. Su estado de salud se complicó por lo que fue derivada a un sanatorio privado de Cañada de Gómez y luego al policlínico "Eva Perón" de Granadero Baigorria, donde fallece por un síndrome séptico.
En la resolución del Tribunal Colegiado Extracontractual Nro 1 se destaca que los médicos dieron un alta prematura a la paciente, no hubo seguimiento ni estudios adecuados y también ignoraron el cuadro puerperal.
El puerperio es el período que transcurre desde el parto hasta que los órganos genitales y el estado general de la mujer recuperan la situación que tenían antes del embarazo.- En el fallo judicial se puntualiza que "el médico posee todos los elementos para efectuar un diagnóstico y si lo hace con negligencia le quita al paciente chance de sobrevida".
Agrega que el error culpable de diagnóstico es de suma importancia y en este caso el error provino de negligencia porque no se tomaron las precauciones que el caso exigía.
Sostiene el Tribunal que quien recibe al paciente en situación de peligro asume el tratamiento y por lo tanto es responsable por la mala praxis al aplicar las medidas inadecuadas.
Considera que los médicos tuvieron una conducta negligente e imprudente.
Estos dos profesionales de la salud deberán pagarle a los padres de la joven fallecida y a su pareja 603.000 pesos, cifra que con los intereses supera el millón trescientos mil pesos.
Fuente: tiempodejusticia.com.ar
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