Jorge Baremberg, referente del Centro Comercial, decidió poner fin a la actividad de uno de los locales más emblemáticos de la ciudad. El cambio en los hábitos de consumo y la falta de relevo generacional fueron los factores determinantes.
LT10 - Reconocimiento a un sector
Jueves 17 de Marzo de 2011 - 00:16 hs
La Corte Suprema de Justicia ordenó subir sueldos y jubilaciones de militares
Lo hizo en un fallo a favor de un retirado. Pero su efecto puede llegar a todos los que hagan juicios. Se lo considera como un caso testigo, similar a 'Badaro' para el sector. El análisis de Ismael Bermúdez sobre las implicancias para 80 mil retirados.
La Corte Suprema ordenó al Gobierno que incorpore al sueldo del personal activo de las FF.AA. los suplementos y adicionales otorgados después de 2005 y que ajuste los haberes de los retirados y pensionados de acuerdo al nuevo valor remunerativo que surja del fallo.
Para los activos, implica una mejora que puede duplicar lo que están cobrando y para los retirados y pensionados puede hasta triplicar sus haberes actuales.
Si bien la sentencia beneficia sólo a los que hicieron el reclamo -“Pedro Salas y otros”-, el Tribunal aclara que dictó este fallo “de manera de poder fijar una doctrina susceptible de dar una cabal y concreta respuesta a la problemática planteada, la que se repite en una importante cantidad de causas en trámite ante esta Corte y en instancias anteriores”.
Si bien lo resuelto por la Corte beneficia en forma inmediata a los que hicieron este juicio, el fallo tiene un carácter general porque fija una doctrina que debe seguir la Justicia. Así impacta sobre más de 100.000 militares activos y 80.000 retirados y pensionados.
Buena parte de los activos y retirados ya tiene juicios iniciados, inclusive con sentencia de primera instancia favorables. Y el resto podría hacer el mismo reclamo, con la certidumbre que los jueces fallarán a favor por la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Según se detalla en la sentencia, entre 2006 y 2009 el personal en actividad recibió aumentos otorgados bajo la figura de “adicionales” que acumulados suman el 140,48%. En tanto, los retirados y pensionados recibieron otros adicionales, por porcentajes mucho más bajos, similares a los que percibieron los jubilados y pensionados de la ANSeS.
A su vez los adicionales al personal activo se otorgaron como “no remunerativos” y “no bonificables”, contrariando la ley del personal militar que “establece que cualquier asignación que se otorgue al personal en actividad, cuando revista carácter general, se acordará en todos los casos, en el concepto “sueldo” correspondiente a cada grado que se fija anualmente por la ley de Presupuesto”. A su vez, la misma norma fija que los haberes de los retirados y pensionados se deben calcular sobre el 100% del sueldo.
El abogado Sebastián Bonder le dijo a Clarín que del fallo se desprenden dos conclusiones:
Personal en actividad: implica una mejora que duplica los salarios actuales porque se debe retrotraer la situación salarial a 2005 y aplicar los porcentajes de aumento sobre el sueldo, lo que multiplica lo que deben cobrar sobre otros beneficios y adicionales.
Retirados y pensionados: como no se vieron beneficiados por esos aumentos y perciben haberes mucho más bajos que los activos, el fallo implica un aumento aproximado que podría hasta triplicar lo que están cobrando en la actualidad. Esto es así, porque ahora deberán cobrar el haber en proporción a un sueldo mucho más alto.
Por la magnitud de los aumentos en juego, la Corte precisa que los nuevos haberes de los retirados deberán guardar “la debida proporcionalidad” con los de actividad y “en ningún caso” podrá superar el sueldo que le hubiera correspondido de haber continuado en actividad, incluyendo los adicionales que fija la ley militar.
En tanto, los abogados Eduardo Porta y Esteban Gaubeca -en declaraciones a este diario- destacaron que “este fallo corrige la ilegitimidad de estos cinco años con varios decretos que violaron la proporcionalidad que debe existir entre el haber del retirado y el sueldo del personal en actividad. Y a su vez corrige la ilegitimidad de dar aumentos no remunerativos y no bonificables cuando la legislación militar lo prohíbe”.
Y los letrados aportaron otro dato no menor: en los casos de los retirados que corresponden a los mayores grados y con máxima antigüedad, el ajuste hasta puede quintuplicar los haberes que están cobrando.
Para los activos, implica una mejora que puede duplicar lo que están cobrando y para los retirados y pensionados puede hasta triplicar sus haberes actuales.
Si bien la sentencia beneficia sólo a los que hicieron el reclamo -“Pedro Salas y otros”-, el Tribunal aclara que dictó este fallo “de manera de poder fijar una doctrina susceptible de dar una cabal y concreta respuesta a la problemática planteada, la que se repite en una importante cantidad de causas en trámite ante esta Corte y en instancias anteriores”.
Si bien lo resuelto por la Corte beneficia en forma inmediata a los que hicieron este juicio, el fallo tiene un carácter general porque fija una doctrina que debe seguir la Justicia. Así impacta sobre más de 100.000 militares activos y 80.000 retirados y pensionados.
Buena parte de los activos y retirados ya tiene juicios iniciados, inclusive con sentencia de primera instancia favorables. Y el resto podría hacer el mismo reclamo, con la certidumbre que los jueces fallarán a favor por la jurisprudencia de la Corte Suprema.
Según se detalla en la sentencia, entre 2006 y 2009 el personal en actividad recibió aumentos otorgados bajo la figura de “adicionales” que acumulados suman el 140,48%. En tanto, los retirados y pensionados recibieron otros adicionales, por porcentajes mucho más bajos, similares a los que percibieron los jubilados y pensionados de la ANSeS.
A su vez los adicionales al personal activo se otorgaron como “no remunerativos” y “no bonificables”, contrariando la ley del personal militar que “establece que cualquier asignación que se otorgue al personal en actividad, cuando revista carácter general, se acordará en todos los casos, en el concepto “sueldo” correspondiente a cada grado que se fija anualmente por la ley de Presupuesto”. A su vez, la misma norma fija que los haberes de los retirados y pensionados se deben calcular sobre el 100% del sueldo.
El abogado Sebastián Bonder le dijo a Clarín que del fallo se desprenden dos conclusiones:
Personal en actividad: implica una mejora que duplica los salarios actuales porque se debe retrotraer la situación salarial a 2005 y aplicar los porcentajes de aumento sobre el sueldo, lo que multiplica lo que deben cobrar sobre otros beneficios y adicionales.
Retirados y pensionados: como no se vieron beneficiados por esos aumentos y perciben haberes mucho más bajos que los activos, el fallo implica un aumento aproximado que podría hasta triplicar lo que están cobrando en la actualidad. Esto es así, porque ahora deberán cobrar el haber en proporción a un sueldo mucho más alto.
Por la magnitud de los aumentos en juego, la Corte precisa que los nuevos haberes de los retirados deberán guardar “la debida proporcionalidad” con los de actividad y “en ningún caso” podrá superar el sueldo que le hubiera correspondido de haber continuado en actividad, incluyendo los adicionales que fija la ley militar.
En tanto, los abogados Eduardo Porta y Esteban Gaubeca -en declaraciones a este diario- destacaron que “este fallo corrige la ilegitimidad de estos cinco años con varios decretos que violaron la proporcionalidad que debe existir entre el haber del retirado y el sueldo del personal en actividad. Y a su vez corrige la ilegitimidad de dar aumentos no remunerativos y no bonificables cuando la legislación militar lo prohíbe”.
Y los letrados aportaron otro dato no menor: en los casos de los retirados que corresponden a los mayores grados y con máxima antigüedad, el ajuste hasta puede quintuplicar los haberes que están cobrando.
Fuente: clarin.com/lt10
Seguí leyendo
El Tatengue ya tiene prácticamente confirmada la sede para enfrentar al Rojo, aunque todavía resta oficializar el día del partido por los 16avos de final.
La implementación de la nueva normativa genera dudas entre los trabajadores que recibirán esta contraprestación el próximo mes.
El plan contempla tanto al sector público como al privado. El punto principal es la baja del límite que el banco puede retener de cada salario. Cómo acceder.
El mandatario santafesino recibió a Alfredo Cornejo, Ignacio Torres y Gustavo Valdés, en la antesala de la participación en el encuentro nacional de intendentes organizado por la Red de Innovación Local.
El histórico canal infantil anunció una transmisión especial para el próximo 25 de mayo, a casi 20 años de su salida del aire. El regreso despertó una ola de nostalgia en redes sociales.
El Canalla se impuso por 2-1 a la Academia en el alargue, en el Gigante de Arroyito. El VAR fue protagonista, hubo polémicas y el conjunto de Avellaneda sufrió dos expulsiones. Los rosarinos esperan por River o Gimnasia en la próxima instancia del Apertura.
El Sabalero se impuso 2-1 frente a Independiente Rivadavia por la fecha 13 de la Zona B. Jeremías Lastra e Iván Barbona marcaron los goles del equipo santafesino, que consiguió una valiosa victoria como visitante.