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Miércoles 09 de Marzo de 2011 - 14:41 hs
La AFIP extendió el alcance de la Factura Electrónica a empresas con beneficios fiscales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el alcance de la factura electrónica a las empresas promovidas y particulares que gocen de beneficios fiscales, "con el fin de otorgar mayor transparencia a los patrocinios otorgados por el Estado", se indicó oficialmente.
A través de la resolución general 3056 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP estableció que las firmas que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial y sus modificatorias y complementarias deberán emitir comprobantes electrónicos originales a partir del primero de mayo próximo.
Los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las
Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases A y B.
Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por
actividad y proyecto.
"El objetivo de la AFIP es intensificar el uso de herramientas informáticas destinadas a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo", señaló el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
El funcionario aclaró además que "la obligatoriedad de utilizar el Régimen de Factura Electrónica para las empresas promovidas sólo abarca para sus operaciones de venta dentro del mercado interno.
Según explicó el administrador federal, esta medida "permitirá acotar el campo de acción de quienes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento temprano de los sujetos intervinientes en las transacciones".
A través de la resolución general 3056 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP estableció que las firmas que están alcanzadas por los beneficios de la Ley de Promoción Industrial y sus modificatorias y complementarias deberán emitir comprobantes electrónicos originales a partir del primero de mayo próximo.
Los comprobantes que se deben facturar electrónicamente son las
Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito clases A y B.
Además, tendrán que entregar comprobantes en forma separada por
actividad y proyecto.
"El objetivo de la AFIP es intensificar el uso de herramientas informáticas destinadas a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como optimizar las funciones de fiscalización de los gravámenes a su cargo", señaló el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
El funcionario aclaró además que "la obligatoriedad de utilizar el Régimen de Factura Electrónica para las empresas promovidas sólo abarca para sus operaciones de venta dentro del mercado interno.
Según explicó el administrador federal, esta medida "permitirá acotar el campo de acción de quienes operen con facturas apócrifas, como así también optimizar los procesos de control del cumplimiento de los proyectos promocionados y el conocimiento temprano de los sujetos intervinientes en las transacciones".
Fuente: na
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