Economía - aumento

Miércoles 21 de Noviembre de 2018 - 09:07 hs

Ganancias y Monotributo: ¿qué cambia desde enero?

En estas semanas se procederá a actualizar los parámetros actuales. En ambos casos los ajustes son muy inferiores a la inflación.

Actualizado: Miércoles 21 de Noviembre de 2018 - 11:36 hs

Desde que se viene dando una rápida aceleración de la inflación del tercer trimestre del 2018 se dispuso ajustar los salarios en paritarias y un bono general para los que estén fuera de comvenio

Por otro lado poco se habla sobre los autónomos inscriptos en el Régimen General de Impuestos, y de los que están enrolados en el Régimen Simplificado (Monotributo).

Monotributo: los cambios que se vienen para el 2019

En el primer caso lo que más preocupa es la actualización del mínimo no imponible de Ganancias, porque sus ingresos se determinan unilateralmente por la variación de la inflación y la demanda de sus productos y servicios; en tanto en los segundos las inquietudes se centran en no pasarse de categoría, para no tributar más por el mero fenómeno de la inflación.

En los dos casos los parámetros de tributación van a coincidir por única vez en el año tras la actulización de enero pero sobre bases que son distintas. Igual coincidirán por única vez en el año en la actualización a partir de enero próximo, aunque sobre bases distintas: Ganancias por la variación del RIPTE, Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, registrado por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) entre octubre de 2017 e igual mes del corriente año; y Monotributo por la variación del Coeficiente de Movilidad Jubilatoria que se compone en  un 70% por la inflación y 30% por el RIPTE, correspondiente a todo el año previo al de actualización de las escalas, pero con un desfase de 6 meses.

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Aumento tributario

Se espera que la Secretaría de trabajo en las próximas semanas de a conocer el nivel del RIPTE correspondiente a octubre. desde ese momento se podrá estimar estimar cuáles serán los nuevos mínimos no imponibles. Por estos momentos para el trabajador soltero y sin cargas de familias es de $29.855 por mes de bolsillo, incluido el proporcional del aguinaldo; y para el casado con esposa y 2 hijos menores a cargo es de 39.495 pesos.

Monotributo: lo que necesitás saber sobre facturación electrónica

La suba acumulada hasta septiembre último con base octubre 2017 cuando era de $25.843,46, fue de 22%, muy lejos de la tasa de inflación del 38,5% que midió el Indec en ese período.

En el último mes el aumento de los salarios promedio se ubicó en torno a 2%. Fue la media de los 11 meses previos, el factor de ajuste de Ganancias será del 24,4%, unos 22 puntos porcentuales menos que el salto que registró el Índice de Precios al Consumidor del Indec.

Si tenemos en cuenta ese parámetro los mínimos no imponibles para el trabajador soltero subirá para todo 2019 a unos $37.145; y para el caso con esposa y 2 hijos a $49.140, y quedarán fijos  todo el año, pese a que se proyecta que la inflación y los salarios se incrementen en 12 meses en un mínimo del 23 por ciento.

Un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal prenuncian que en 2019 volverá a aumentar la presión tributaria sobre los trabajadores, y se elevará la cantidad de asalariados afectados por Ganancias, que estima pasaron de 1,2 millones en 2015 a 1,9 millones en la actualidad.

En el caso del Monotributo, la estimación del factor de ajuste de las 8 escalas vigentes para el conjunto de prestadores de servicios y ventas de cosas muebles hasta un valor actual de $896.043,90 al año, y tres adicionales para esta franja exclusivamente, con un máximo de facturación en 12 meses de $1.344.065,86, el factor de ajuste ya se sabe que es de 28,5%, la única duda está en los decimales: 28,46% o 28,48%, que determinará la AFIP en las próximas semanas, sobre las categorías y parámetros vigentes hasta diciembre 2018:

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Como la fórmula de cálculo del Coeficiente de Movilidad Previsional considera la inflación y el RIPTE con un rezago de seis meses, ya se conoce el factor de ajuste de todo el corriente año, el cual se aplicará al  Régimen Simplificado de Impuestos (Monotributo) a partir de la recategorización o confirmación obligatoria de la escala actual hasta el 20 de enero de 2019.

Los 4 aumentos trimestrales en el año del CMP fueron 5,71% en marzo; 5,69% en junio; 6,68% en septiembre y el ya determinado para diciembre por las variaciones del IPC y del RIPTE entre abril y junio, de 7,78 por ciento.

Ese factor se aplicará tanto a los montos máximos de facturación de cada categoría, como a los de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, y a las cotizaciones previsionales y los importes correspondientes al segundo semestre del año anterior.

En igual porcentaje se incrementará el precio máximo unitario de venta en el caso de quienes tengan como actividad la venta de cosas muebles.

Así, se estima que el monto máximo de facturación para calificar como  monotributista ascenderá a $1.151.058 para todo el año, equivalente a unos $95.291 por mes, para las locaciones y prestadores de servicios y venta de bienes muebles hasta ese tope; y a $1.726.587 y $ 161.288, por año y mes, para los vendedores cosas muebles exclusivamente.

De ahí surge que el punto de partida para el monotributista que se inicie con la categoría A, y un tope de facturación al año de $138.127 pasará a pagar por mes $1.294, frente a $1.007,41 que rige hasta diciembre próximo; y para el de la máxima escala entre los prestadores de servicios (H) con ingresos de hasta $1.151.058 pasará a tributar $6.255, en comparación con $4.868,86 actual.

 

 

 

 

Fuente: Infobae-LT10