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Martes 27 de Octubre de 2015 - 20:50 hs
La Assal prohibió los palitos salados provenzal “Pipo’s”
Desde el Ministerio de Salud provincial, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), se prohibió y dispuso el decomiso en todo el territorio de la República Argentina del producto palitos salados provenzal, marca “Pipo’s” con planta elaboradora en la localidad de Recreo Sur. Esta medida se tomó por no cumplir con la legislación alimentaria vigente.
La medida fue adoptada por orden Nº 113 y teniendo en cuenta el Protocolo de Análisis Nº 17411 de la Agencia, que concluyó que el referido producto “no cumple con la legislación alimentaria vigente con motivo que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) son inexistentes”.
Al respecto, el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, indicó que “la falta de RNE y RNPA no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, todo lo cual “configura una infracción a lo establecido en los artículos 3 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)”.
Por ello, se dictó la orden citada, dado que desde la Assal “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, al tiempo que se “deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
La medida fue adoptada por orden Nº 113 y teniendo en cuenta el Protocolo de Análisis Nº 17411 de la Agencia, que concluyó que el referido producto “no cumple con la legislación alimentaria vigente con motivo que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) son inexistentes”.
Al respecto, el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, indicó que “la falta de RNE y RNPA no garantiza la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, todo lo cual “configura una infracción a lo establecido en los artículos 3 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)”.
Por ello, se dictó la orden citada, dado que desde la Assal “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, al tiempo que se “deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
Fuente: prensa gobierno de Santa Fe
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