La mujer, de 29 años, habría reaccionado de esa manera tras una disputa por el pago de sus jornadas laborales. Fue aprehendida por la policía.
LT10 - Ante un recurso presentado por Victoria Donda
Martes 15 de Septiembre de 2015 - 14:46 hs
La Justicia ordenó al Gobierno que informe sobre la pobreza
Así lo determinó la jueza en lo Contencioso María José Sarmiento. Además, el Ministerio de Economía tiene 5 días hábiles para hacerlo público.
La jueza en lo Contencioso Administrativo federal María José Sarmiento le ordenó al Ministerio de Economía que informe “el índice de pobreza e indigencia que surgen de la metodología implementada por el INDEC desde el año 2013 al corriente año”.
También pidió que, en el plazo de cinco días hábiles, difunda “los valores absolutos de los precios al consumidor de los productos sobre cuya base se calculan las variaciones porcentuales que viene anunciando el IPCNU desde febrero”.
Lo hizo a pedido de la diputada opositora Victoria Donda, en el marco de una acción de amparo en la que la jueza rechazó no obstante- obligar al gobierno mediante una “medida cautelar”.
La jueza recordó que está constitucionalmente regulado “el acceso a la información pública del Poder Ejecutivo”.
“Toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar, acceder y recibir información, no siendo necesario acreditar derecho subjetivo, interés legítimo ni contar con patrocinio letrado”, subrayó la magistrada.
“El fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona de conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan”, añadió.
También pidió que, en el plazo de cinco días hábiles, difunda “los valores absolutos de los precios al consumidor de los productos sobre cuya base se calculan las variaciones porcentuales que viene anunciando el IPCNU desde febrero”.
Lo hizo a pedido de la diputada opositora Victoria Donda, en el marco de una acción de amparo en la que la jueza rechazó no obstante- obligar al gobierno mediante una “medida cautelar”.
La jueza recordó que está constitucionalmente regulado “el acceso a la información pública del Poder Ejecutivo”.
“Toda persona física o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar, acceder y recibir información, no siendo necesario acreditar derecho subjetivo, interés legítimo ni contar con patrocinio letrado”, subrayó la magistrada.
“El fundamento central del acceso a la información en poder del Estado consiste en el derecho que tiene toda persona de conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan”, añadió.
Fuente: Cronista.com
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