El Gobierno no incluyó en la ley de Presupuesto un artículo autorizando la suba de los pisos del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia, como hizo el año pasado aunque sin lograr la aprobación de esa iniciativa. Tampoco remitió al Parlamento ninguna normativa que contemple la reducción de Ganancias de los últimos dos años. Si no se cuenta con esa legislación, se corre el riesgo de que hacia febrero próximo, la AFIP tenga que exigir a los trabajadores que paguen la diferencia por los dos años durante los que el organismo recaudador dejó de percibir una parte de esas retenciones mensuales.
El Poder Ejecutivo tampoco incluyó en el proyecto de Presupuesto un artículo que lo autorice a volver a subir los pisos de Ganancias en 2012.
Que el Congreso no apruebe las subas del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría traerá aparejada para los empleados en relación de dependencia un pago mayor en la liquidación final del impuesto, en febrero de 2012, y, en la medida que no haya cambios, afectará a las personas cuyos ingresos actualmente superen los $ 4.000, dijo Emiliano La Mattina, de Auren.
El Impuesto a las Ganancias es un tributo anual y acumulativo que afecta la renta de las personas físicas y jurídicas. Cuenta con retenciones y anticipos a lo largo del período fiscal, para evitar que la presión impositiva impacte en los ingresos al momento de la liquidación anual.
La cuarta categoría afecta a las ganancias personales producidas por la renta del trabajo. En la actualidad, hay más de 1 millón de trabajadores en relación de dependencia que son alcanzados por este tributo. Eso se debe a distintos factores, entre otros, a los incrementos salariales que hubo en los últimos años para el personal bajo convenio, a la inflación y a la desactualización de los tramos de la escala, consideró La Mattina.
Con la implementación de las nuevas tablas, emitidas por la AFIP el 4 de abril último (RG 3073), el sueldo mínimo mensual promedio para trabajadores solteros (sin deducciones por cargas de familia ni de otro tipo) se elevó de $ 4.818 a $ 5.782, mientras aquellos trabajadores que declaran a su cargo cónyuge y dos hijos pasaron de un piso de $ 6.662 a $ 7.998; representando una suba del 20% para ambos casos. Ya en 2010 se había subido esa cifra de $ 4.015 a $ 4.818 para solteros y de $ 5.554 a $ 6.662 para casados.
Hoy los empleadores realizan las retenciones mensuales teniendo como base de cálculo el nuevo monto del mínimo no imponible. Pero, al no tener un aval del Congreso para estos incrementos, la AFIP tiene en cuenta las nuevas cifras sólo para el cobro de los descuentos en los recibos de sueldo, pero no para la liquidación final del impuesto, que es de cálculo anual y que se abona en febrero de cada año posterior al de los ingresos en el caso de los asalariados, expresó La Mattina.
Esto conlleva un impacto muy fuerte en la remuneración de los trabajadores, ya que el ajuste, por no llegar a cubrir el total del impuesto a pagar se verá reflejado en sus recibos de sueldos en febrero próximo, subrayó el especialista.
Más allá de la intención del Gobierno de disminuir la cantidad de trabajadores que se ven afectados por este impuesto, la misma podría quedar sin efecto por la no acción del Congreso en cuanto a la reforma del artículo 23 de la Ley de Ganancias, dijo La Mattina.
En muchos casos, los aumentos de las remuneraciones, productos de las paritarias, son neutralizados por un mayor Impuesto a las Ganancias, que se reitera anualmente, con el consiguiente perjuicio para los trabajadores. Es de esperar que al Congreso actué con rapidez en este tema y resuelva la incertidumbre en que ellos se encuentran, concluyó.
LT10 - La suba del mínimo no imponible no fue aún al Congreso
Miércoles 28 de Septiembre de 2011 - 07:59 hs
Por falta de ley, los asalariados corren riesgo de pagar más Ganancias en 2012
Los trabajadores están pagando menos Ganancias sobre los salarios en virtud de dos resoluciones de la AFIP. Pero sin una ley deberán pagar en 2012 la diferencia.
Fuente: cronista.com