Natalia Acosta fue vista por última vez el 29 de mayo de 2009 en pleno centro de la ciudad de Santa Fe. A casi dos décadas del hecho, su padre denuncia el "manoseo" de la justicia, el archivo de la causa y mantiene la esperanza de encontrarla.
LT10 - Freno a la iniciativa K
Miércoles 22 de Abril de 2015 - 11:52 hs
La Corte detuvo el intento de forzar su ampliación a 9 jueces
El máximo tribunal declaró la nulidad de diez conjueces que había designado el gobierno para integrar el Cuerpo, tras la renuncia de Raúl Zaffaroni. Es porque no cuentan con el acuerdo de los dos tercios del Senado.
Con las herramientas legales que tiene a su alcance, la Corte Suprema cerró ayer el paso al intento oficial de forzar su ampliación de cinco a nueve jueces. El tribunal, por unanimidad, resolvió declarar la nulidad de la lista de los diez conjueces designados por el Gobierno para integrarla. Lo hizo por no contar esa lista con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado, como exige la Constitución en su artículo 99, inciso 4°.
De esta forma, como anticipó Clarín en exclusiva el viernes pasado, la Corte desarticuló el intento de la Presidenta de forzar el reemplazo del renunciante Eugenio Raúl Zaffaroni, quien se jubiló en enero, y eventualmente de impulsar luego la ampliación del tribunal sin tener el respaldo necesario en el Senado.
La decisión de la Corte, firmada por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carlos Fayt, se produce una semana después de que se frenara por falta de apoyo la postulación del abogado kirchnerista Roberto Carlés como sucesor de Zaffaroni. Al mismo tiempo, sigue vigente la intención del Gobierno de llevar de cinco a nueve los miembros de la Corte, con el fin de colocar allí jueces afines que sigan en el cargo luego de que Cristina Kirchner deje la presidencia en diciembre.
La resolución de la Corte sucede, además, el día después de que por decisión del fiscal Javier De Luca, miembro de la agrupación oficialista Justicia Legìtima, quedase derrumbada la acusación de encubrimiento a iraníes por el ataque a la AMIA, que el fallecido fiscal Alberto Nisman había presentado contra la Presidenta.
La Corte, en su decisión, sostuvo que el nombramiento de los jueces de acuerdo con el procedimiento constitucionalmente establecido es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes. Y agregó que la Constitución exige la participación del Poder Ejecutivo y Legislativo en la designación de los magistrados del Poder Judicial, con el fin de lograr un imprescindible equilibrio político.
Según consignó el Centro de Información Judicial (CIJ), “la Corte destacó que la reforma constitucional de 1994 puso especial énfasis en este objetivo y por ello, introdujo dos modificaciones fundamentales. Por una parte, incorporó al procedimiento de selección y nombramiento de los jueces federales la participación del Consejo de la Magistratura con el fin de atenuar la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la propuesta y amortiguar la gravitación político-partidaria”. Y, por otra parte, “para limitar esa discrecionalidad, consolidar la independencia del Poder Judicial y reforzar el equilibrio político que debe primar en la integración de la Corte Suprema, se dispuso que los jueces designados para integrarla deberían contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado”.
Por todo esto, sostuvo la Corte, “teniendo en cuenta los principios republicanos que motivaron estas modificaciones, el Poder Ejecutivo no pudo aprobar una lista de conjueces para reemplazar en situaciones excepcionales a los ministros de la Corte que no hubiera contado con el voto de la mayoría de dos tercios exigida en el texto constitucional”.
Agregó que la conducta asumida por el Poder Ejecutivo no podía justificarse por el sólo hecho de que la intervención de estos conjueces fuera excepcional y limitada a unas pocas causas, ya que en esas situaciones actuarían como miembros del máximo tribunal y su intervención no sería distinta a la de los jueces titulares.
Según la Corte, “admitir lo contrario implicaría reconocer que todos los cuidados adoptados por los constituyentes para asegurar el principio de independencia del Poder Judicial de la Nación –cimiento en que se apoya nuestra organización constitucional– pueden ser burlados a partir de una interesada interpretación de una norma de rango inferior”.
La lista de los conjueces avalados en junio pasado por el Poder Ejecutivo está integrada por los abogados León Arslanian, Tomás Hutchinson, Ernesto Marcer, Héctor García Cuerva, Arístides Corti, Carlos Cárcova, Walter Huggias, Gustavo Ferreira, Ricardo Nissen y José Chirico, la mayoría de ellos vinculados directa o indirectamente con las posturas del gobierno nacional.
La sentencia de la Corte aclaró que su decisión no implicaba emitir juicio respecto de las condiciones profesionales o personales de los abogados de esa lista.
De esta forma, como anticipó Clarín en exclusiva el viernes pasado, la Corte desarticuló el intento de la Presidenta de forzar el reemplazo del renunciante Eugenio Raúl Zaffaroni, quien se jubiló en enero, y eventualmente de impulsar luego la ampliación del tribunal sin tener el respaldo necesario en el Senado.
La decisión de la Corte, firmada por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carlos Fayt, se produce una semana después de que se frenara por falta de apoyo la postulación del abogado kirchnerista Roberto Carlés como sucesor de Zaffaroni. Al mismo tiempo, sigue vigente la intención del Gobierno de llevar de cinco a nueve los miembros de la Corte, con el fin de colocar allí jueces afines que sigan en el cargo luego de que Cristina Kirchner deje la presidencia en diciembre.
La resolución de la Corte sucede, además, el día después de que por decisión del fiscal Javier De Luca, miembro de la agrupación oficialista Justicia Legìtima, quedase derrumbada la acusación de encubrimiento a iraníes por el ataque a la AMIA, que el fallecido fiscal Alberto Nisman había presentado contra la Presidenta.
La Corte, en su decisión, sostuvo que el nombramiento de los jueces de acuerdo con el procedimiento constitucionalmente establecido es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes. Y agregó que la Constitución exige la participación del Poder Ejecutivo y Legislativo en la designación de los magistrados del Poder Judicial, con el fin de lograr un imprescindible equilibrio político.
Según consignó el Centro de Información Judicial (CIJ), “la Corte destacó que la reforma constitucional de 1994 puso especial énfasis en este objetivo y por ello, introdujo dos modificaciones fundamentales. Por una parte, incorporó al procedimiento de selección y nombramiento de los jueces federales la participación del Consejo de la Magistratura con el fin de atenuar la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la propuesta y amortiguar la gravitación político-partidaria”. Y, por otra parte, “para limitar esa discrecionalidad, consolidar la independencia del Poder Judicial y reforzar el equilibrio político que debe primar en la integración de la Corte Suprema, se dispuso que los jueces designados para integrarla deberían contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado”.
Por todo esto, sostuvo la Corte, “teniendo en cuenta los principios republicanos que motivaron estas modificaciones, el Poder Ejecutivo no pudo aprobar una lista de conjueces para reemplazar en situaciones excepcionales a los ministros de la Corte que no hubiera contado con el voto de la mayoría de dos tercios exigida en el texto constitucional”.
Agregó que la conducta asumida por el Poder Ejecutivo no podía justificarse por el sólo hecho de que la intervención de estos conjueces fuera excepcional y limitada a unas pocas causas, ya que en esas situaciones actuarían como miembros del máximo tribunal y su intervención no sería distinta a la de los jueces titulares.
Según la Corte, “admitir lo contrario implicaría reconocer que todos los cuidados adoptados por los constituyentes para asegurar el principio de independencia del Poder Judicial de la Nación –cimiento en que se apoya nuestra organización constitucional– pueden ser burlados a partir de una interesada interpretación de una norma de rango inferior”.
La lista de los conjueces avalados en junio pasado por el Poder Ejecutivo está integrada por los abogados León Arslanian, Tomás Hutchinson, Ernesto Marcer, Héctor García Cuerva, Arístides Corti, Carlos Cárcova, Walter Huggias, Gustavo Ferreira, Ricardo Nissen y José Chirico, la mayoría de ellos vinculados directa o indirectamente con las posturas del gobierno nacional.
La sentencia de la Corte aclaró que su decisión no implicaba emitir juicio respecto de las condiciones profesionales o personales de los abogados de esa lista.
Fuente: Clarín
Seguí leyendo
En febrero de 2026, se registró una caída de 343 empleadores en la provincia respecto a enero. Desde que empezó el ajuste en diciembre de 2023 a nivel nacional, Santa Fe sufrió la clausura de 2.931 empresas.
La nutricionista y docente de la UNL, Mariel Wicky, defendió la continuidad de la normativa frente a los proyectos que buscan su eliminación en el Senado.
La arquitecta y docente de FADU-UNL, Lucía Espinoza, analizó cómo el diseño urbano trasciende lo técnico para convertirse en una forma de construir sociedad, derechos y ciudadanía.
Se llaman "Barberos unidos y solidarios" y además de donar su tiempo los lunes, buscan generar un proyecto que dé una salida laboral a vecinos de los sectores más vulnerables. Conocelos e informate sobre cómo ayudarlos.
El Sabalero viajó este viernes a Buenos Aires para esperar el duelo ante la Fragata por la fecha 16 de la zona A de la Primera Nacional. Ezequiel Medrán tendría el equipo prácticamente confirmado
El zaguero se sumará al Millonario una vez finalizada la Copa del Mundo y permanecerá en el club hasta diciembre del 2027.
Uno dijo 12 millones, el otro 14. Fue en los discursos que brindaron en el Latam Economic Forum.