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Jueves 20 de Octubre de 2011 - 13:02 hs
Vialidad Nacional inició controles de cargas en la Autovía Santa Fe - Paraná
El 7º Distrito Santa Fe de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) comenzó el período de puesta a punto de los dos puestos de control de cargas y dimensiones ubicados en la Autovía Santa Fe – Paraná de Ruta Nacional Nº 168. Por intermedio de personal perteneciente a la División Conservación, se realiza en el lugar la detención de camiones para verificar su documentación, dimensiones establecidas y pesos de la carga por eje. Los mencionados puestos fijos, ubicados en proximidades del Río Colastiné, fueron construidos para cada mano en el marco de la transformación en Autovía de la antigua RN 168, y forman parte de una política del organismo de protección de la infraestructura vial con la sanción en unidades de transporte pesado fuera de las reglamentaciones vigentes fijadas por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.
Cabe aclarar que cuando un vehículo circula con exceso de pesos en sus ejes se produce una mayor exigencia del pavimento, provocando una reducción en la vida útil de la estructura vial. Ante esta situación la norma vigente fija un canon de compensación por eje o conjunto de ejes expresado en litros de nafta especial. Este gravamen está relacionado directamente al deterioro del camino y se aplica exclusivamente en función de los excesos de peso. En el trabajo de control se verifican unidades automotoras destinadas al transporte de carga como camiones simples, con acoplado, tractor semirremolque y tractor semirremolque con acoplado. El control se efectúa sobre sus dimensiones, configuración de ejes y pesos máximos, según han sido fijados en el Art. 53° de la Ley de Tránsito y sus decretos reglamentarios. Asimismo, se incluyen los vehículos convencionales diseñados para cubiertas super anchas.
La rutina aplicada incluye la verificación de la relación de Potencia-Peso para determinar el peso total permitido para esa unidad, y su distribución por eje. Ese peso calculado es corroborado en la balanza instalada, donde ante la detección de un exceso en el peso total obligará al transportista a regular la carga en caso que sea posible su redistribución y se procederá a la aplicación del canon de compensación.
Por otro lado, en cuanto a la distribución de la carga, si el peso total de la formación no tiene excesos se procederá a verificar individualmente el peso de los ejes aislados y del conjunto de ejes, con las tolerancias establecidas en la citada norma. Por otro lado, se verifica que el camión y el acoplado, individualmente considerados, no superen su máximo permitido de 30 toneladas.
Por mayor información, los transportistas o empresas de transporte pueden consultar en el 7º Distrito Santa Fe de Vialidad Nacional, a la División Conservación, sita en 27 de Febrero 2199 de la ciudad de Santa Fe, o al teléfono 0342 – 452-0031/34 (interno 131).
Cabe aclarar que cuando un vehículo circula con exceso de pesos en sus ejes se produce una mayor exigencia del pavimento, provocando una reducción en la vida útil de la estructura vial. Ante esta situación la norma vigente fija un canon de compensación por eje o conjunto de ejes expresado en litros de nafta especial. Este gravamen está relacionado directamente al deterioro del camino y se aplica exclusivamente en función de los excesos de peso. En el trabajo de control se verifican unidades automotoras destinadas al transporte de carga como camiones simples, con acoplado, tractor semirremolque y tractor semirremolque con acoplado. El control se efectúa sobre sus dimensiones, configuración de ejes y pesos máximos, según han sido fijados en el Art. 53° de la Ley de Tránsito y sus decretos reglamentarios. Asimismo, se incluyen los vehículos convencionales diseñados para cubiertas super anchas.
La rutina aplicada incluye la verificación de la relación de Potencia-Peso para determinar el peso total permitido para esa unidad, y su distribución por eje. Ese peso calculado es corroborado en la balanza instalada, donde ante la detección de un exceso en el peso total obligará al transportista a regular la carga en caso que sea posible su redistribución y se procederá a la aplicación del canon de compensación.
Por otro lado, en cuanto a la distribución de la carga, si el peso total de la formación no tiene excesos se procederá a verificar individualmente el peso de los ejes aislados y del conjunto de ejes, con las tolerancias establecidas en la citada norma. Por otro lado, se verifica que el camión y el acoplado, individualmente considerados, no superen su máximo permitido de 30 toneladas.
Por mayor información, los transportistas o empresas de transporte pueden consultar en el 7º Distrito Santa Fe de Vialidad Nacional, a la División Conservación, sita en 27 de Febrero 2199 de la ciudad de Santa Fe, o al teléfono 0342 – 452-0031/34 (interno 131).
Fuente: dnv
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