Ignacio Isla, Tomás Fagioli y Lucas Ayala comenzarán a trabajar con el plantel profesional desde el 15 de junio. Los tres defensores llegan para potenciar un sector donde el Tatengue apostó fuerte por los juveniles durante el Apertura.
Viernes 11 de Julio de 2014 - 16:32 hs
La Assal prohibió los Alfajores Santafesinos “Grisetti”
La medida, que incluyó el decomiso del producto, fue adoptada por no cumplir el mismo “con la Legislación Alimentaria Vigente”.
El Ministerio de Salud, a través de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), dispuso el decomiso y prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de los Alfajores Santafesinos, marca “Grisetti”, con planta elaboradora en Bernardo de Irigoyen Nº 9077 de la ciudad de Santa Fe.
La medida, adoptada por Orden Nº 090/14 de la Agencia, se fundamentó en que el producto de referencia “no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente (LAV)”. El Registro Nacional de Establecimiento (RNE) indicado en el rótulo del producto alimenticio “se encuentra inactivo en los registros del organismo desde el 9/05/11” y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) expresado en el mismo rótulo “es inexistente” En ese sentido, la falta de RNE y RNPA “no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, configurando todo ello “una infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino”.
Desde la Assal “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, con el fin de “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
La medida, adoptada por Orden Nº 090/14 de la Agencia, se fundamentó en que el producto de referencia “no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente (LAV)”. El Registro Nacional de Establecimiento (RNE) indicado en el rótulo del producto alimenticio “se encuentra inactivo en los registros del organismo desde el 9/05/11” y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) expresado en el mismo rótulo “es inexistente” En ese sentido, la falta de RNE y RNPA “no permite la trazabilidad y seguridad del alimento mencionado”, configurando todo ello “una infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino”.
Desde la Assal “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”, con el fin de “prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población”.
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