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Hoy - Promulgaron la ley
Viernes 28 de Octubre de 2011 - 19:55 hs
Declaran imprescriptibles los crímenes de la dictadura en Uruguay
El presidente de Uruguay, José Mujica, promulgó este viernes la ley que restituye la pretensión punitiva del Estado y declara de lesa humanidad los crímenes cometidos por militares y policías durante la última dictadura, lo que en los hechos anula la llamada Ley de Caducidad.
La página oficial de la Presidencia publicó la promulgación de la norma, de apenas 4 artículos, aprobada en la madrugada de ayer por el Congreso.
Le tocará ahora a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) actuar para decidir si las denuncias de víctimas y familiares de afectados por la represión son una cuestión legal, ya que podría declararla inconstitucional, como reclama la oposición.
La nueva ley tiene cuatro artículos por los que se "restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1 de la Ley 15.848, del 22 de diciembre de 1986".
"No se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1 de esta ley", señala el texto.
Además, se declara que "los delitos a que refieren los artículos anteriores son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte".
Organizaciones que agrupan a ex militares afines a la dictadura anunciaron que interpondrán recursos de inconstitucionalidad ante la Corte cada vez que alguno de ellos sea citado a declarar.
Planean, además, presentar acciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por considerar que la nueva norma “afecta los derechos humanos y los adquiridos” por los militares, según dijo al sitio del diario El Observador el presidente del Centro Militar, coronel Guillermo Cedrés.
Le tocará ahora a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) actuar para decidir si las denuncias de víctimas y familiares de afectados por la represión son una cuestión legal, ya que podría declararla inconstitucional, como reclama la oposición.
La nueva ley tiene cuatro artículos por los que se "restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1 de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1 de la Ley 15.848, del 22 de diciembre de 1986".
"No se computará plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos a que refiere el artículo 1 de esta ley", señala el texto.
Además, se declara que "los delitos a que refieren los artículos anteriores son crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte".
Organizaciones que agrupan a ex militares afines a la dictadura anunciaron que interpondrán recursos de inconstitucionalidad ante la Corte cada vez que alguno de ellos sea citado a declarar.
Planean, además, presentar acciones ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por considerar que la nueva norma “afecta los derechos humanos y los adquiridos” por los militares, según dijo al sitio del diario El Observador el presidente del Centro Militar, coronel Guillermo Cedrés.
Fuente: Telam
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